I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. (BOE-A-2022-17721)
Orden TED/1026/2022, de 28 de octubre, por la que se aprueba el procedimiento de gestión del sistema de garantías de origen del gas procedente de fuentes renovables.
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 148209
suministrador, se procederá a dar de baja el punto de suministro del sistema de
garantías de origen.
Cuando el sujeto expulsado estuviese dado de alta como consumidor de gases
renovables se procederá al cierre de su cuenta de anotaciones y se darán de baja los
puntos de consumo asociados.
9.
Procedimiento de comunicación
Este capítulo define los procedimientos de comunicación aplicables al sistema de
garantías de origen, incluyendo los estándares de aplicación a las comunicaciones IT, y
las normas aplicables a cualquier comunicación que se establezca entre la Entidad
Responsable y los distintos sujetos del sistema de garantías de origen.
Un estándar de comunicación IT contendrá el conjunto de reglas aplicables a la
transmisión de información a través de un sistema de comunicaciones. Estas incluyen la
sintaxis, semántica y reglas de sincronización de la comunicación, así como posibles
métodos para la recuperación de errores.
Los protocolos de comunicación deberán ser acordados con las contrapartes.
Cuando se acuerde un protocolo de comunicación, la Entidad Responsable lo incluirá en
la documentación adicional de carácter público.
9.1 Estándar de comunicación con otras entidades de gestión de garantías de
origen de electricidad. Será necesario establecer el estándar de comunicación con la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que es la entidad responsable de
garantías de origen de electricidad en España. Este estándar contemplará, al menos, los
siguientes aspectos relativos a los dos sentidos de posible interacción entre los
consumos y producciones eléctricas y gasistas:
– Producción de electricidad con gases renovables:
• Con objeto de posibilitar la monitorización de aquellos gases renovables que no
hayan sido incluidos en el sistema de garantías de origen de gases renovable, la Entidad
Responsable necesitará disponer del detalle de las garantías de origen eléctricas
expedidas cuyo proceso de producción haya llevado asociado en alguna fase inicial o
intermedia gases de origen renovable.
• Con el objeto de controlar potenciales dobles cómputos, la Entidad Responsable
deberá disponer de un listado actualizado de instalaciones que estén dadas de alta en el
sistema de garantías de origen eléctricas cuyo proceso de generación haya llevado
asociado algún gas de origen renovable.
• Además, la Entidad Responsable deberá poner a disposición de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia la información relativa a redención de
garantías de origen asociada a consumos de gas por parte de instalaciones de
producción de electricidad.
9.2 Estándar de comunicación con entidades de gestión de garantías de origen de
otros países. Será necesario establecer el estándar de comunicación para con cada una
de las entidades de otros países con las que la Plataforma de garantías de origen
requiera conectarse.
En los casos en que la contraparte disponga de sistemas de comunicación ya
operativos para funcionalidades equivalentes, la Plataforma de garantías de origen se
adaptará a los estándares de comunicación preexistentes. Cuando tanto para la
Plataforma de garantías de origen como para la contraparte sea necesario establecer el
estándar de comunicación a emplear, se propondrá el uso de APIs para el intercambio
de información.
cve: BOE-A-2022-17721
Verificable en https://www.boe.es
– Producción de gases renovables por conversión (total o parcial) de electricidad de
red cuyo carácter renovable haya sido garantizado mediante redención de garantías de
origen eléctricas.
Núm. 261
Lunes 31 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 148209
suministrador, se procederá a dar de baja el punto de suministro del sistema de
garantías de origen.
Cuando el sujeto expulsado estuviese dado de alta como consumidor de gases
renovables se procederá al cierre de su cuenta de anotaciones y se darán de baja los
puntos de consumo asociados.
9.
Procedimiento de comunicación
Este capítulo define los procedimientos de comunicación aplicables al sistema de
garantías de origen, incluyendo los estándares de aplicación a las comunicaciones IT, y
las normas aplicables a cualquier comunicación que se establezca entre la Entidad
Responsable y los distintos sujetos del sistema de garantías de origen.
Un estándar de comunicación IT contendrá el conjunto de reglas aplicables a la
transmisión de información a través de un sistema de comunicaciones. Estas incluyen la
sintaxis, semántica y reglas de sincronización de la comunicación, así como posibles
métodos para la recuperación de errores.
Los protocolos de comunicación deberán ser acordados con las contrapartes.
Cuando se acuerde un protocolo de comunicación, la Entidad Responsable lo incluirá en
la documentación adicional de carácter público.
9.1 Estándar de comunicación con otras entidades de gestión de garantías de
origen de electricidad. Será necesario establecer el estándar de comunicación con la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que es la entidad responsable de
garantías de origen de electricidad en España. Este estándar contemplará, al menos, los
siguientes aspectos relativos a los dos sentidos de posible interacción entre los
consumos y producciones eléctricas y gasistas:
– Producción de electricidad con gases renovables:
• Con objeto de posibilitar la monitorización de aquellos gases renovables que no
hayan sido incluidos en el sistema de garantías de origen de gases renovable, la Entidad
Responsable necesitará disponer del detalle de las garantías de origen eléctricas
expedidas cuyo proceso de producción haya llevado asociado en alguna fase inicial o
intermedia gases de origen renovable.
• Con el objeto de controlar potenciales dobles cómputos, la Entidad Responsable
deberá disponer de un listado actualizado de instalaciones que estén dadas de alta en el
sistema de garantías de origen eléctricas cuyo proceso de generación haya llevado
asociado algún gas de origen renovable.
• Además, la Entidad Responsable deberá poner a disposición de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia la información relativa a redención de
garantías de origen asociada a consumos de gas por parte de instalaciones de
producción de electricidad.
9.2 Estándar de comunicación con entidades de gestión de garantías de origen de
otros países. Será necesario establecer el estándar de comunicación para con cada una
de las entidades de otros países con las que la Plataforma de garantías de origen
requiera conectarse.
En los casos en que la contraparte disponga de sistemas de comunicación ya
operativos para funcionalidades equivalentes, la Plataforma de garantías de origen se
adaptará a los estándares de comunicación preexistentes. Cuando tanto para la
Plataforma de garantías de origen como para la contraparte sea necesario establecer el
estándar de comunicación a emplear, se propondrá el uso de APIs para el intercambio
de información.
cve: BOE-A-2022-17721
Verificable en https://www.boe.es
– Producción de gases renovables por conversión (total o parcial) de electricidad de
red cuyo carácter renovable haya sido garantizado mediante redención de garantías de
origen eléctricas.