III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-17709)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica OPDE Herrera de 82,3 MW de potencia instalada, subestación 30/132 kV y línea de evacuación a 132 kV, en los términos municipales de Sotresgudo (Burgos) y Herrera de Pisuerga (Palencia)".
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
Paisaje.
El EsIA incluye un estudio de incidencia paisajística (anexo 4) donde se realiza un
análisis y clasificación paisajística del ámbito del proyecto, así como una valoración de
su integración visual. En dicho estudio se señala que, debido a la disgregación de la PFV
y a la presencia de masas arboladas no existen puntos con una amplia y completa visión
de las instalaciones, sino que se tendrá una visión parcial, alcanzándose a ver solo
pequeños fragmentos de la misma. Por lo tanto, no será visible su totalidad desde ningún
punto, siendo muy pequeño el territorio desde el que se visualizaría más de un 35 % de
la superficie de la PFV, caracterizándose la accesibilidad visual como baja a corta, media
y larga distancia.
Las áreas de la PFV más expuestas visualmente se corresponden con los módulos
situados en la parte suroriental de la zona 3, al norte de la carretera BU-627, que serán
visibles tanto desde dicha carretera como desde la carretera BU-610 y la ermita de Santa
Lucía; así como los módulos situados en la parte central y occidental de la zona 1 que
serán visibles desde el tramo de la carretera BU-627 situado al sur de esta. Respecto a
la visibilidad del proyecto desde el casco urbano de Sotovellanos se limitará al tercio más
oriental de la zona 1, siendo visibles de forma parcial algunas zonas de la instalación y
solo desde los límites de la localidad, ya que desde la zona central del área urbana no
será visible.
El promotor indica que el proyecto cumple con el artículo 102. Protección de vistas
de los núcleos, de las Normas Urbanísticas Municipales de Sotresgudo. No considera
necesario adoptar medidas que minimicen el impacto paisajístico de la infraestructura,
dada la escasa dimensión del área visible de la PFV, la escasez de posibles
observadores desde los puntos de accesibilidad visual y que, desde las carreteras la
visual se producirá de forma oblicua a la dirección de avance de la misma.
La línea eléctrica de evacuación será visible desde un 51,6 % de la superficie total de
la cuenca visual, siendo visible en su totalidad desde la parte alta de los páramos y
lomas que rodean la zona de implantación de proyecto y con mayor alcance visual hacia
el sur que hacia el norte, debido a la presencia de masas forestales, quedando hacia el
este y oeste la visibilidad limitada debido a la orografía del terreno.
El Ayuntamiento de Sotresgudo señala que el impacto visual de la instalación es
amplio, ya que la superficie del término municipal de Sotovellanos es de 616 ha,
ocupando la planta 1/3 de la misma.
La DGPNyPF de la Junta de Castilla y León señala que la introducción en el medio
natural de esta actuación, dada sus dimensiones, supone una degradación de carácter
significativo del paisaje circundante. Respecto a la línea de 132 kV, al plantear su
recorrido en aéreo, se incrementará el impacto paisajístico, agravado además por la
presencia de otras líneas eléctricas a lo largo de su trazado. Señala igualmente que,
aunque la línea entronca con otra línea para realizar un trazado conjunto, reduciéndose
así la presencia de tendidos eléctricos en el territorio, estas instalaciones permanecerán,
al menos, varias décadas sobre el territorio. Por ello, considera que el soterramiento de
esta línea de 132 kV es lo más adecuado para eliminar gran parte de las afecciones
paisajísticas de este proyecto. El promotor, como se ha indicado anteriormente en el
apartado de vegetación, no considera necesario el soterramiento debido a la baja
incidencia paisajística.
Por otro lado, ese organismo establece otras medidas de integración paisajística, las
cuales son integradas en el condicionado de esta resolución, con el objeto de mitigar los
efectos ambientales sobre el paisaje.
b.8
Patrimonio cultural, bienes materiales y vías pecuarias.
El término municipal de Sotresgudo cuenta con diversas localizaciones arqueológicas
registradas, siendo «La Asunción», situada a casi 200 m al sur de la línea de
evacuación. En la prospección arqueológica realizada se ha registrado un nuevo
yacimiento arqueológico, que se ha denominado «Valdelacén», el cual ocupa unas 3 ha.
cve: BOE-A-2022-17709
Verificable en https://www.boe.es
b.7
Sec. III. Pág. 148009
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
Paisaje.
El EsIA incluye un estudio de incidencia paisajística (anexo 4) donde se realiza un
análisis y clasificación paisajística del ámbito del proyecto, así como una valoración de
su integración visual. En dicho estudio se señala que, debido a la disgregación de la PFV
y a la presencia de masas arboladas no existen puntos con una amplia y completa visión
de las instalaciones, sino que se tendrá una visión parcial, alcanzándose a ver solo
pequeños fragmentos de la misma. Por lo tanto, no será visible su totalidad desde ningún
punto, siendo muy pequeño el territorio desde el que se visualizaría más de un 35 % de
la superficie de la PFV, caracterizándose la accesibilidad visual como baja a corta, media
y larga distancia.
Las áreas de la PFV más expuestas visualmente se corresponden con los módulos
situados en la parte suroriental de la zona 3, al norte de la carretera BU-627, que serán
visibles tanto desde dicha carretera como desde la carretera BU-610 y la ermita de Santa
Lucía; así como los módulos situados en la parte central y occidental de la zona 1 que
serán visibles desde el tramo de la carretera BU-627 situado al sur de esta. Respecto a
la visibilidad del proyecto desde el casco urbano de Sotovellanos se limitará al tercio más
oriental de la zona 1, siendo visibles de forma parcial algunas zonas de la instalación y
solo desde los límites de la localidad, ya que desde la zona central del área urbana no
será visible.
El promotor indica que el proyecto cumple con el artículo 102. Protección de vistas
de los núcleos, de las Normas Urbanísticas Municipales de Sotresgudo. No considera
necesario adoptar medidas que minimicen el impacto paisajístico de la infraestructura,
dada la escasa dimensión del área visible de la PFV, la escasez de posibles
observadores desde los puntos de accesibilidad visual y que, desde las carreteras la
visual se producirá de forma oblicua a la dirección de avance de la misma.
La línea eléctrica de evacuación será visible desde un 51,6 % de la superficie total de
la cuenca visual, siendo visible en su totalidad desde la parte alta de los páramos y
lomas que rodean la zona de implantación de proyecto y con mayor alcance visual hacia
el sur que hacia el norte, debido a la presencia de masas forestales, quedando hacia el
este y oeste la visibilidad limitada debido a la orografía del terreno.
El Ayuntamiento de Sotresgudo señala que el impacto visual de la instalación es
amplio, ya que la superficie del término municipal de Sotovellanos es de 616 ha,
ocupando la planta 1/3 de la misma.
La DGPNyPF de la Junta de Castilla y León señala que la introducción en el medio
natural de esta actuación, dada sus dimensiones, supone una degradación de carácter
significativo del paisaje circundante. Respecto a la línea de 132 kV, al plantear su
recorrido en aéreo, se incrementará el impacto paisajístico, agravado además por la
presencia de otras líneas eléctricas a lo largo de su trazado. Señala igualmente que,
aunque la línea entronca con otra línea para realizar un trazado conjunto, reduciéndose
así la presencia de tendidos eléctricos en el territorio, estas instalaciones permanecerán,
al menos, varias décadas sobre el territorio. Por ello, considera que el soterramiento de
esta línea de 132 kV es lo más adecuado para eliminar gran parte de las afecciones
paisajísticas de este proyecto. El promotor, como se ha indicado anteriormente en el
apartado de vegetación, no considera necesario el soterramiento debido a la baja
incidencia paisajística.
Por otro lado, ese organismo establece otras medidas de integración paisajística, las
cuales son integradas en el condicionado de esta resolución, con el objeto de mitigar los
efectos ambientales sobre el paisaje.
b.8
Patrimonio cultural, bienes materiales y vías pecuarias.
El término municipal de Sotresgudo cuenta con diversas localizaciones arqueológicas
registradas, siendo «La Asunción», situada a casi 200 m al sur de la línea de
evacuación. En la prospección arqueológica realizada se ha registrado un nuevo
yacimiento arqueológico, que se ha denominado «Valdelacén», el cual ocupa unas 3 ha.
cve: BOE-A-2022-17709
Verificable en https://www.boe.es
b.7
Sec. III. Pág. 148009