III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-17715)
Resolución de 17 de octubre de 2022, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica el Convenio con la Universitat de València, para el desarrollo de un programa de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Sábado 29 de octubre de 2022

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relación surgida y la de facilitar el desarrollo del objeto del presente convenio, no
pudiéndose emplear los mismos para finalidad distinta de aquella para la que fueron
proporcionados. El incumplimiento de lo estipulado en este apartado, dará lugar a la
responsabilidad correspondiente de la parte incumplidora, sin perjuicio de la sanción a la
que su actuación pudiese dar lugar.
La legitimación del tratamiento de los datos es la ejecución del presente convenio y
los datos proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con
las exigencias legales. No se cederán datos a terceros, salvo para la ejecución de este
convenio u obligación legal, y las partes tienen derecho a presentar reclamación ante la
Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es). Para el ejercicio de los
derechos de acceso, rectificación o supresión, limitación de su tratamiento, portabilidad
y/u oposición podrán dirigirse a los responsables del tratamiento descritos en el
encabezamiento del presente convenio (Delegado de Protección de Datos del CENIEH:
protecciondedatos@cenieh.es).
La UV expresamente manifiesta y garantiza que ha obtenido el correspondiente
consentimiento inequívoco de cada uno de los titulares de los datos de carácter
personal, para poder comunicar sus datos para llevar a cabo la tramitación de las
prácticas individuales y para el correcto desarrollo del contenido de la formación práctica
que se concretará en los mismos y, en su caso, para realizar la correspondiente
evaluación. De igual forma, el CENIEH manifiesta y garantiza que los datos de carácter
personal que le sean cedidos, sólo serán usados para los fines antes descritos.
Cuando la ejecución de este convenio implique el acceso por parte de la persona en
prácticas a información confidencial y datos de carácter personal de los que sea
responsable el CENIEH, aquél deberá seguir las políticas de protección de datos,
instrucciones y medidas de seguridad del centro que le será entregada cuando se
incorpore, además de guardar secreto respecto al resto de la información que puedan
conocer como consecuencia de la realización de las mismas.
Transparencia e imagen corporativa.

Una vez suscrito el convenio se publicará en la página web de la Universitat, en
cumplimiento de los artículos 9.1.c),10.1.i) y 10.3 de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la
Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la
Comunidad Valenciana.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 1/2022 de 13 de abril de la
Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana, la Entidad
Colaboradora está obligada a suministrar, previo requerimiento de la Universitat de
València toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas
en la citada norma
Tanto la Universitat de València como el CENIEH se autorizan mutuamente como
entidades colaboradoras a hacer uso de sus respectivos logotipos exclusivamente para
las acciones recogidas en el presente convenio.
Ni la entidad colaboradora ni la Universitat de València autorizan el uso de sus logos
en materiales, emails, páginas webs… en relación con otros eventos distintos al de este
convenio, salvo que sean objeto de otro contrato o acuerdo.
Si la Universitat de València o la entidad colaboradora desea utilizar el logotipo de la
otra parte, de cualquier otra forma u otro tipo de material no mencionado anteriormente,
deberá informar a la otra parte previamente y obtener su autorización.
El uso no autorizado, o para un fin distinto al pactado, de cualquier signo distintivo
protegido por los derechos de propiedad intelectual o industrial de las partes, facultará a
la otra para instar la resolución del presente convenio, sin perjuicio de la correspondiente
indemnización de daños y perjuicios a que hubiere lugar.
El uso de la denominación, marca y logotipo de las partes se ajustará al modelo que
cada una proporcione.

cve: BOE-A-2022-17715
Verificable en https://www.boe.es

Decimoquinta.