III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-17567)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Marbella n.º 4 a inscribir una escritura de compraventa por no contenerse la manifestación relativa a la realización de actividades potencialmente contaminantes del suelo.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Jueves 27 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 146766

suficiente, de cualquiera de las circunstancias que, según la Ley y este Reglamento,
debe contener la inscripción, bajo pena de nulidad”.
Este principio legal de calificación por el Registrador se reconoce expresamente en
cuanto a los “documentos públicos autorizados o intervenidos por notario” por el
artículo 143 del Reglamento Notarial, redactado por Real Decreto 45/2007, de 19 de
enero, al establecer que los efectos que el ordenamiento jurídico les atribuye “podrán ser
negados o desvirtuados por los Jueces y Tribunales y por las administraciones y
funcionarios públicos en el ejercicio de sus competencias”. Impugnada esta redacción
según el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, ha sido confirmada expresamente por el
Tribunal Supremo en sentencia de 14 de octubre de 2008.
Segundo.
Según el artículo 98.3 de la Ley 7/2002, de 8 de abril de residuos y suelos
contaminados para una economía circular: “Las personas físicas o jurídicas propietarias
de fincas están obligadas, con motivo de la transmisión de cualquier derecho real sobre
los mismos, a declarar en el título en el que se formalice la transmisión si se ha realizado
o no en la finca transmitida alguna actividad potencialmente contaminante del suelo.
Dicha declaración será objeto de nota marginal en el Registro de la Propiedad. Esta
manifestación sobre actividades potencialmente contaminantes habrá de realizarse
también por el propietario en las declaraciones de obra nueva por cualquier título. Este
apartado será también de aplicación a las operaciones de aportación de fincas y
asignación de parcelas resultantes en las actuaciones de ejecución urbanística”.
Calificación: Calificado el título a la vista de los Libros del Registro y de los
Fundamentos de Derecho expuestos, suspendo la inscripción por el siguiente defecto
subsanable:
– No se ha hecho constar por la vendedora en la que califico si se ha realizado o no
en la finca transmitida alguna actividad potencialmente contaminante del suelo.
Contra dicha calificación (…)
Marbella, a 30 de mayo de 2022.–La Registrador. Fdo. Nieves Ozámiz Fortis Este
documento ha sido firmado con firma electrónica cualificada por Nieves Ozámiz Fortis
registrador/a de Registro de la Propiedad de Marbella 4 a día treinta de mayo del dos mil
veintidós.»
III

«I. En dicha escritura, unos particulares venden a una sociedad una vivienda que
se describe como vivienda dúplex (…) en la [sic] plantas cuarta –nivel inferior– y bajo
cubierta –nivel superior– del edificio (…) del conjunto imobiliario [sic] en la parcela (…)
término municipal de Marbella (Málaga), inscrita en el Registro número 4 de Marbella,
finca número 9.686, C.R.U. 29042000186013.
Según la calificación de la registradora, doña Nievez [sic] Ozámiz Fortis, la escritura
no es inscribible pues No se ha hecho constar por la vendedora en la que califico si se
ha realizado o no en la finca transmitida alguna actividad potencialmente contaminante
del suelo.
II. En efecto, al Artículo 98 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular señala “(...) 3. Las personas físicas o jurídicas
propietarias de fincas están obligadas, con motivo de la transmisión de cualquier derecho
real sobre los mismos, a declarar en el título en el que se formalice la transmisión si se

cve: BOE-A-2022-17567
Verificable en https://www.boe.es

Contra la anterior nota de calificación, don Gerardo Von Wichmannn Rovira, notario
de Alcobendas, interpuso recurso el día 28 de junio de 2022 atendiendo a los siguientes
argumentos: