I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-17523)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
134 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Jueves 27 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 146440

En virtud del artículo 1 de dicho Decreto se mantendrá la suspensión de los
siguientes derechos fundamentales reconocidos en la Constitución de El Salvador
durante el periodo estrictamente provisional indicado anteriormente:





artículo 7 (derecho a asociarse libremente y a reunirse pacíficamente).
artículo 12, segundo párrafo (derecho a ser oído y a la asistencia de defensor).
artículo 13, segundo párrafo (duración de la detención administrativa).
artículo 24 (inviolabilidad de la correspondencia).

Se han suspendido estas garantías constitucionales en virtud de los poderes que la
Constitución de la República confiere a la Asamblea Legislativa de El Salvador, de
conformidad con las disposiciones del párrafo 27 del artículo 131, y del artículo 29 de
esta última.
A la vista de lo anterior, y teniendo en cuenta el párrafo 3 del artículo 4 del Pacto
internacional de derechos civiles y políticos, el Estado de El Salvador reitera que, debido
a las circunstancias excepcionales que ponen en peligro la vida de la población, ha
decidido acogerse al derecho a suspender las garantías a que se refieren los
artículos 14, 17 y 22 del mencionado Pacto, durante un periodo de 30 días. En este
sentido, le solicita a la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Naciones
Unidas que tenga a bien tomar nota de la presente notificación y tomar las medidas
previstas en dicho Pacto.
La Misión Permanente de El Salvador ante Naciones Unidas desea reiterar que el
Gobierno salvadoreño ha priorizado la protección del derecho a la vida y la integridad
personal de la población del país, recientemente afectada por los actos criminales de
grupos delincuenciales fuertemente armados que se benefician de extorsionar a la
población de los sectores más vulnerables.
La Misión Permanente de El Salvador ante Naciones Unidas aprovecha la ocasión
para reiterar a la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Organización el
testimonio de su más alta consideración.
Nueva York, 21 de julio de 2022.»
EL SALVADOR.
22-07-2022 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4.

La Misión Permanente de la República de El Salvador ante Naciones Unidas saluda
a la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Organización, y hace referencia a
las disposiciones del párrafo [3] del artículo 4 del Pacto internacional de derechos civiles
y políticos, en virtud del cual todo Estado Parte en el presente Pacto que haga uso del
derecho de suspensión deberá informar inmediatamente a los demás Estados Partes en
el presente Pacto, por conducto del Secretario General de Naciones Unidas, de las
disposiciones cuya aplicación haya suspendido y de los motivos que hayan suscitado la
suspensión y hará una nueva comunicación de las circunstancias por las que se haya
dado por terminada tal suspensión o de cualquier comentario general sobre su
aplicación.
La Misión Permanente de la República de El Salvador ante Naciones Unidas, a tenor
de su nota verbal DNU-108-2022, de 21 de julio de 2022, desea informar a la Oficina de
Asuntos Jurídicos de la Organización de que el 21 de julio de 2022, la Asamblea
Legislativa de la República de El Salvador aprobó el Decreto n.° 454, publicado en el
Diario Oficial (tomo n.° 436, n.° 138) el 19 de julio de 2022, por el que se prorroga el
Decreto Legislativo n.º 333, aprobado el 27 de marzo de 2022 y publicado en la misma
fecha en el Diario Oficial (tomo 434, n.º 62), por el que se estableció el régimen de
excepción para dar continuidad al restablecimiento del orden, la seguridad ciudadana y
el control territorial.

cve: BOE-A-2022-17523
Verificable en https://www.boe.es

«DNU-109-2022.