I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-17523)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 146439
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas aprovecha esta
oportunidad para trasladar a Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de
la Secretaría de las Naciones Unidas el testimonio renovado de su más alta
consideración.
Nueva York, 8 de julio de 2022.»
PERÚ.
13-07-2022 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4 (2).
«7-1-S/2022/96.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas saluda atentamente a la
Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Naciones
Unidas y, de conformidad con el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, habida cuenta de lo manifestado en la nota verbal LA 41 TR/2017/IV-4/Peru/1,
de 1 de marzo de 2017, tiene el honor de comunicar lo siguiente:
– Mediante el Decreto Supremo n.º 045-2022-PCM, de 3 de mayo de 2022, el
Gobierno del Perú prorrogó el estado de emergencia nacional en Lima Metropolitana, del
departamento de Lima, y en la Provincia Constitucional del Callao. La duración del
estado de emergencia y sus motivaciones se detallan en el Decreto Supremo adjunto.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas aprovecha esta
oportunidad para trasladar a Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de
la Secretaría de las Naciones Unidas el testimonio renovado de su más alta
consideración.
Nueva York, 12 de julio de 2022.»
EL SALVADOR.
22-07-2022 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4.
La Misión Permanente de la República de El Salvador ante Naciones Unidas saluda
a la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Organización, y hace referencia a
las disposiciones del párrafo [3] del artículo 4 del Pacto internacional de derechos civiles
y políticos, en virtud del cual todo Estado Parte en el presente Pacto que haga uso del
derecho de suspensión deberá informar inmediatamente a los demás Estados Partes en
el presente Pacto, por conducto del Secretario General de Naciones Unidas, de las
disposiciones cuya aplicación haya suspendido y de los motivos que hayan suscitado la
suspensión y hará una nueva comunicación de las circunstancias por las que se haya
dado por terminada tal suspensión o de cualquier comentario general sobre su
aplicación.
La Misión Permanente de la República de El Salvador ante Naciones Unidas, a tenor
de su nota verbal DNU-072-2022, de 12 de junio de 2022, desea informar a la Oficina de
Asuntos Jurídicos de la Organización de que el 21 de junio de 2022, la Asamblea
Legislativa de la República de El Salvador aprobó el Decreto n.° 427, publicado en el
Diario Oficial (tomo n.° 435, n.° 116) el 22 de junio de 2022, por el que se prorroga el
Decreto Legislativo n.º 333, aprobado el 27 de marzo de 2022 y publicado en la misma
fecha en el Diario Oficial (tomo 434, n.º 62), por el que se estableció el régimen de
excepción para dar continuidad al restablecimiento del orden, la seguridad ciudadana y
el control territorial.
cve: BOE-A-2022-17523
Verificable en https://www.boe.es
«DNU-108-2022.
Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 146439
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas aprovecha esta
oportunidad para trasladar a Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de
la Secretaría de las Naciones Unidas el testimonio renovado de su más alta
consideración.
Nueva York, 8 de julio de 2022.»
PERÚ.
13-07-2022 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4 (2).
«7-1-S/2022/96.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas saluda atentamente a la
Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Naciones
Unidas y, de conformidad con el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, habida cuenta de lo manifestado en la nota verbal LA 41 TR/2017/IV-4/Peru/1,
de 1 de marzo de 2017, tiene el honor de comunicar lo siguiente:
– Mediante el Decreto Supremo n.º 045-2022-PCM, de 3 de mayo de 2022, el
Gobierno del Perú prorrogó el estado de emergencia nacional en Lima Metropolitana, del
departamento de Lima, y en la Provincia Constitucional del Callao. La duración del
estado de emergencia y sus motivaciones se detallan en el Decreto Supremo adjunto.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas aprovecha esta
oportunidad para trasladar a Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de
la Secretaría de las Naciones Unidas el testimonio renovado de su más alta
consideración.
Nueva York, 12 de julio de 2022.»
EL SALVADOR.
22-07-2022 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4.
La Misión Permanente de la República de El Salvador ante Naciones Unidas saluda
a la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Organización, y hace referencia a
las disposiciones del párrafo [3] del artículo 4 del Pacto internacional de derechos civiles
y políticos, en virtud del cual todo Estado Parte en el presente Pacto que haga uso del
derecho de suspensión deberá informar inmediatamente a los demás Estados Partes en
el presente Pacto, por conducto del Secretario General de Naciones Unidas, de las
disposiciones cuya aplicación haya suspendido y de los motivos que hayan suscitado la
suspensión y hará una nueva comunicación de las circunstancias por las que se haya
dado por terminada tal suspensión o de cualquier comentario general sobre su
aplicación.
La Misión Permanente de la República de El Salvador ante Naciones Unidas, a tenor
de su nota verbal DNU-072-2022, de 12 de junio de 2022, desea informar a la Oficina de
Asuntos Jurídicos de la Organización de que el 21 de junio de 2022, la Asamblea
Legislativa de la República de El Salvador aprobó el Decreto n.° 427, publicado en el
Diario Oficial (tomo n.° 435, n.° 116) el 22 de junio de 2022, por el que se prorroga el
Decreto Legislativo n.º 333, aprobado el 27 de marzo de 2022 y publicado en la misma
fecha en el Diario Oficial (tomo 434, n.º 62), por el que se estableció el régimen de
excepción para dar continuidad al restablecimiento del orden, la seguridad ciudadana y
el control territorial.
cve: BOE-A-2022-17523
Verificable en https://www.boe.es
«DNU-108-2022.