I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-17523)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 146438
2. Decreto n.° 6278 de 15 de noviembre de 2021, por el que se prorrogan las
disposiciones del Decreto n.° 6085/2021 hasta el 30 de noviembre de 2021;
3. Decreto n.° 6380 de 29 de noviembre de 2021 por el que se prorrogan las
disposiciones del Decreto n.° 6085/2021 hasta el 10 de diciembre de 2021;
4. Decreto n.° 6433 de 7 de diciembre de 2021, con efectos del 9 de diciembre
de 2021 al 21 de diciembre de 2021;
5. Decreto n.° 6499 de 20 de diciembre de 2021 por el que se prorrogan las
disposiciones del Decreto n.° 6433/2021 hasta el 4 de enero de 2022;
6. Decreto n.° 6563 de 4 de enero de 2022, con efectos del 5 de enero de 2022
al 18 de enero de 2022;
7. Decreto n.° 6579 de 18 de enero de 2022 por el que se prorrogan las
disposiciones del Decreto n.° 6563/2022 hasta el 1 de febrero de 2022;
8. Decreto n.° 6599 de 1 de febrero de 2022 por el que se prorrogan las
disposiciones del Decreto n.° 6563/2022 hasta el 15 de febrero de 2022;
9. Decreto n.° 6673 de 15 de febrero de 2022, por el que se prorrogan las
disposiciones del Decreto n.° 6563/2022 hasta el 23 de febrero de 2022;
10. Decreto n.° 6939 de 18 de abril de 2022 por el que se deroga el Decreto n.°
3456/2020 y el Decreto n.° 3442/2020.
Conviene recordar que las medidas específicas instauradas por los distintos
decretos, cuyos textos figuran en anexo, se han tomado por el interés general para
luchar contra la propagación de la enfermedad causada por la COVID-19, en el ejercicio
de los poderes extraordinarios conferidos al Estado con vistas a proteger la vida y la
salud de toda la población, de conformidad con los artículos 4 y 68 de la Constitución
nacional, y que restringen parcialmente, con carácter temporal, de manera razonable y
proporcionada, el ejercicio de los derechos de las personas que garantiza el artículo 21
del Pacto internacional de derechos civiles y políticos.
El alcance y el periodo de vigencia de las medidas se han fijado y prorrogado
sucesivamente, con arreglo a los decretos adjuntos, sobre la base del seguimiento
periódico de los indicadores epidemiológicos y de los servicios del sistema sanitario del
país. Se han levantado finalmente las medidas mediante el Decreto n.° 6939 de 18 de
abril de 2022, que se adjunta también, por el que se deroga el Decreto n.° 3456/20.
La Misión Permanente de la República del Paraguay ante Naciones Unidas
aprovecha la ocasión para reiterar a la Secretaría de la Organización la expresión de su
más alta consideración.
Nueva York, 11 de julio de 2022.
NB. Se pueden consultar todos los decretos en la página oficial del Ministerio de
Salud Pública y Bienestar Social, en la dirección https://www.mspbs.gov.py/decretoscovid19.html.»
PERÚ.
13-07-2022 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas saluda atentamente a la
Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Naciones
Unidas y, de conformidad con el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, habida cuenta de lo manifestado en la nota verbal LA 41 TR/2017/IV-4/Peru/1,
de 1 de marzo de2017, tiene el honor de comunicar lo siguiente:
– Mediante el Decreto Supremo n.º 070-2022-PCM, de 17 de junio de 2022, el
Gobierno del Perú prorrogó el estado de emergencia nacional en Lima Metropolitana, del
departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. La duración del estado
de emergencia y sus motivaciones se detallan en el Decreto Supremo adjunto.
cve: BOE-A-2022-17523
Verificable en https://www.boe.es
«7-1-S/2022/92.
Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 146438
2. Decreto n.° 6278 de 15 de noviembre de 2021, por el que se prorrogan las
disposiciones del Decreto n.° 6085/2021 hasta el 30 de noviembre de 2021;
3. Decreto n.° 6380 de 29 de noviembre de 2021 por el que se prorrogan las
disposiciones del Decreto n.° 6085/2021 hasta el 10 de diciembre de 2021;
4. Decreto n.° 6433 de 7 de diciembre de 2021, con efectos del 9 de diciembre
de 2021 al 21 de diciembre de 2021;
5. Decreto n.° 6499 de 20 de diciembre de 2021 por el que se prorrogan las
disposiciones del Decreto n.° 6433/2021 hasta el 4 de enero de 2022;
6. Decreto n.° 6563 de 4 de enero de 2022, con efectos del 5 de enero de 2022
al 18 de enero de 2022;
7. Decreto n.° 6579 de 18 de enero de 2022 por el que se prorrogan las
disposiciones del Decreto n.° 6563/2022 hasta el 1 de febrero de 2022;
8. Decreto n.° 6599 de 1 de febrero de 2022 por el que se prorrogan las
disposiciones del Decreto n.° 6563/2022 hasta el 15 de febrero de 2022;
9. Decreto n.° 6673 de 15 de febrero de 2022, por el que se prorrogan las
disposiciones del Decreto n.° 6563/2022 hasta el 23 de febrero de 2022;
10. Decreto n.° 6939 de 18 de abril de 2022 por el que se deroga el Decreto n.°
3456/2020 y el Decreto n.° 3442/2020.
Conviene recordar que las medidas específicas instauradas por los distintos
decretos, cuyos textos figuran en anexo, se han tomado por el interés general para
luchar contra la propagación de la enfermedad causada por la COVID-19, en el ejercicio
de los poderes extraordinarios conferidos al Estado con vistas a proteger la vida y la
salud de toda la población, de conformidad con los artículos 4 y 68 de la Constitución
nacional, y que restringen parcialmente, con carácter temporal, de manera razonable y
proporcionada, el ejercicio de los derechos de las personas que garantiza el artículo 21
del Pacto internacional de derechos civiles y políticos.
El alcance y el periodo de vigencia de las medidas se han fijado y prorrogado
sucesivamente, con arreglo a los decretos adjuntos, sobre la base del seguimiento
periódico de los indicadores epidemiológicos y de los servicios del sistema sanitario del
país. Se han levantado finalmente las medidas mediante el Decreto n.° 6939 de 18 de
abril de 2022, que se adjunta también, por el que se deroga el Decreto n.° 3456/20.
La Misión Permanente de la República del Paraguay ante Naciones Unidas
aprovecha la ocasión para reiterar a la Secretaría de la Organización la expresión de su
más alta consideración.
Nueva York, 11 de julio de 2022.
NB. Se pueden consultar todos los decretos en la página oficial del Ministerio de
Salud Pública y Bienestar Social, en la dirección https://www.mspbs.gov.py/decretoscovid19.html.»
PERÚ.
13-07-2022 NOTIFICACIÓN SOBRE EL PÁRRAFO 3 DEL ARTÍCULO 4.
La Misión Permanente del Perú ante las Naciones Unidas saluda atentamente a la
Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Naciones
Unidas y, de conformidad con el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, habida cuenta de lo manifestado en la nota verbal LA 41 TR/2017/IV-4/Peru/1,
de 1 de marzo de2017, tiene el honor de comunicar lo siguiente:
– Mediante el Decreto Supremo n.º 070-2022-PCM, de 17 de junio de 2022, el
Gobierno del Perú prorrogó el estado de emergencia nacional en Lima Metropolitana, del
departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. La duración del estado
de emergencia y sus motivaciones se detallan en el Decreto Supremo adjunto.
cve: BOE-A-2022-17523
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