I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2022-17477)
Real Decreto 908/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte y por el que se modifican el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, aprobado por el Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, y el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, aprobado por el Real Decreto 375/2001, de 6 de abril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 146035

Políticas de Prevención del Dopaje en el Deporte, denominación esta más amplia y
ajustada a los cometidos encomendados. Paralelamente y con idéntico propósito, se
traslada al Consejo Superior de Deportes el Departamento de Deporte y Salud de la
Agencia bajo la denominación de Subdirección General de Ciencias del Deporte.
Mantiene esta nueva Agencia la Comisión de Control que ya contemplaba el Estatuto
aprobado por el Real Decreto 461/2015 de 5 de junio, en términos similares a los
contemplados en este, si bien se introduce una nueva comisión, en consonancia con lo
previsto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, la Comisión
de Coordinación de Lucha contra el Dopaje, que se configura como el órgano de
participación, coordinación y seguimiento de la CELAD en el que estarán representados
los deportistas así como los órganos y organismos competentes de las comunidades
autónomas en materia de lucha contra el dopaje en el deporte. Se recogen en esta
nueva comisión las funciones que en el anterior estatuto se atribuyeron a la Comisión
Interterritorial de Protección de la Salud en el Deporte.
Se mantiene igualmente el Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico, que
ejercerá las competencias establecidas en el artículo 17 de la Ley Orgánica 11/2021,
de 28 de diciembre.
Finalmente, el Estatuto, incluye la regulación de la gestión por objetivos, el régimen
de gestión de medios materiales y de personal, así como los aspectos económicopresupuestarios de acuerdo con lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El presente real decreto se adecua a los principios de buena regulación (necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia) conforme a los
cuales deben actuar las administraciones públicas en el ejercicio de la iniciativa
legislativa y la potestad reglamentaria, según se establece en el artículo 129.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
En este sentido, en relación con los principios de necesidad y eficacia, esta norma se
justifica en la necesidad de dar cumplimiento al mandato del legislador, teniendo como
fines la necesidad de ajustar la organización y competencias que debe desarrollar
la CELAD a la vigente Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, siendo este el
instrumento más adecuado para garantizar su consecución. Se cumple, además, con el
principio de proporcionalidad, ya que la norma contiene la regulación imprescindible para
atender la finalidad señalada.
Igualmente, se ha tenido en cuenta el principio de eficiencia al haber incorporado
nuevos preceptos alineados con la gestión eficiente de los procesos y de los recursos
humanos, sin crear nuevas cargas administrativas y teniendo en cuenta el resto de las
disposiciones de carácter general que informan la gestión patrimonial del conjunto de la
Administración Pública.
También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y
funcionamiento de la Administración General del Estado, al adecuar dicho Estatuto a lo
dispuesto en la normativa nacional e internacional en materia de dopaje en el deporte.
Finalmente, cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica
claramente su propósito y la memoria, accesible a la ciudadanía, ofrece una explicación
completa de su contenido.
En su virtud, a propuesta conjunta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, de
la Ministra de Ciencia e Innovación y del Ministro de Cultura y Deporte, de acuerdo con
el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 25 de octubre de 2022,

cve: BOE-A-2022-17477
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Núm. 257