I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2022-17477)
Real Decreto 908/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte y por el que se modifican el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, aprobado por el Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, y el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, aprobado por el Real Decreto 375/2001, de 6 de abril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257

Miércoles 26 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 146045

n) Representar a la Administración General del Estado en reuniones, foros e
instituciones internacionales relacionados directamente con el objeto de la Agencia y las
funciones que tiene encomendadas, así como relacionarse y colaborar con las entidades
de otros Estados que tengan atribuidos objeto y funciones semejantes a los que tiene
encomendados la CELAD.
ñ) Emitir informe preceptivo respecto de cuantos proyectos normativos tramitados
por la Administración General del Estado afecten a la lucha contra el dopaje, así como
respecto de los proyectos de acuerdo o convenio internacional en materia de dopaje que
hayan de ser suscritos por España. Asimismo, podrá emitir informe respeto de iniciativas
normativas en el ámbito de competencias de las comunidades autónomas, a solicitud de
las mismas.
o) Cualesquiera otras que le atribuya la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre,
o el resto de las leyes o convenios internacionales suscritos por el Estado español.
2. Con arreglo a lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 11/2021, de 28
de diciembre, para la realización de sus funciones, la CELAD podrá formalizar convenios
o conciertos con cualesquiera entidades públicas o privadas, de conformidad con lo
establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en su caso, en la legislación de
contratos del sector público.
CAPÍTULO III
Organización
Sección 1.ª
Artículo 8.

Órganos de gobierno

Órganos de gobierno.

Son órganos de gobierno de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha
Antidopaje en el Deporte, la Presidencia y el Consejo Rector.
Artículo 9.

La Presidencia.

a) Ostentar la representación institucional de la Agencia Estatal Comisión Española
para la Lucha Antidopaje en el Deporte.
b) Presidir el Consejo Rector, así como velar por la ejecución de sus acuerdos,
ostentando todas las demás competencias que le correspondan como persona titular de
la Presidencia del órgano colegiado según lo dispuesto en el artículo 19 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
c) Vigilar el desarrollo de las actividades de la CELAD, velando por el cumplimiento
del presente Estatuto.
d) Informar a los Ministerios de Cultura y Deporte y de Hacienda y Función Pública,
sobre la ejecución y el cumplimiento de objetivos fijados en el contrato de gestión.
e) Celebrar, en el ámbito de su competencia, y previa avocación, los contratos y
convenios de especial relevancia institucional.
3. La persona titular de la Presidencia podrá delegar aquellas funciones propias
que estime oportunas y sean susceptibles de delegación en la Dirección. Asimismo, en el
supuesto de ausencia, vacante o enfermedad u otro impedimento legal, la persona titular
de la Dirección sustituirá a la persona titular de la Presidencia de la CELAD tanto en las
funciones propias de este cargo como en las que ostente como persona titular de la
Presidencia del Consejo Rector.

cve: BOE-A-2022-17477
Verificable en https://www.boe.es

1. Corresponderá la Presidencia de la CELAD y de su Consejo Rector, a la persona
titular de la del Consejo Superior de Deportes.
2. Corresponden a la persona titular de la Presidencia de la CELAD las siguientes
funciones: