I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sector Apícola. (BOE-A-2022-17476)
Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 146010
Agrícola Común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE)
n.º 1307/2013; y el Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de
diciembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del
Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos adicionales para
determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus
planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento,
y a las normas sobre la proporción relativa a la norma 1 de las buenas condiciones
agrarias y medioambientales (BCAM).
Asimismo, es relevante señalar, en relación con la aplicación del Reglamento (UE)
2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, el
Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre
de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y
por el que se deroga el Reglamento (UE) 1306/2013.
Los citados reglamentos establecen las normas de aplicación que rigen la ayuda
concedida por la Unión a los tipos de intervenciones en apicultura a los que se refiere el
Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre
de 2021, en su artículo 55, que deroga a partir del 1 de enero de 2023 el anterior
régimen jurídico que daba soporte a los programas nacionales para la apicultura,
articulado mediante el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de
mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE)
n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007, siendo
igualmente destacables respecto de esta regulación el Reglamento Delegado (UE)
2015/1366 de la Comisión, de 11 de mayo de 2015, por el que se completa el
Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a
las ayudas al sector de la apicultura, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la
Comisión, de 6 de agosto de 2015, por el que se establecen disposiciones de aplicación
del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo
a las ayudas al sector de la apicultura.
Cabe también destacar, respecto de la presente regulación, el Reglamento de
Ejecución (UE) 2022/1475 de la Comisión, de 6 de septiembre de 2022, por el que se
establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento
Europeo y del Consejo en lo que atañe a la evaluación de los planes estratégicos de la
PAC y al suministro de información para el seguimiento y la evaluación.
Por otra parte, resulta procedente derogar, a partir del día 1 de enero de 2023, fecha
de entrada en vigor del presente real decreto, el Real Decreto 930/2017, de 22 de
febrero, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los
programas nacionales anuales, y se modifica el Real Decreto 209/2002, de 22 de
febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas,
norma que resulta substituida por el presente real decreto, y que aunque está vigente en
la actualidad tiene su fundamento en Reglamentos de la PAC ya renovados (y obsoletos
a partir del 1 de enero de 2023, como es el caso del Reglamento (UE) n.º 1305/2013).
En dicho marco europeo se van a aprobar, mediante una futura orden ministerial
coherente con el presente real decreto, las bases reguladoras de la concesión de
subvenciones destinadas a los organismos de investigación especializados aplicables a
proyectos de investigación en el sector de la apicultura y los productos apícolas,
pudiendo habilitarse, en su caso, mecanismos de partenariado con agrupaciones de
productores/as que se adoptarán en un instrumento jurídico independiente. En
consecuencia, y por iguales motivos, procede en este mismo instrumento normativo
derogar con igual fecha de entrada en vigor, la Orden AAA/2571/2015, de 19 de
noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las
subvenciones para la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector
apícola y sus productos, dentro del Programa nacional de medidas de ayuda a la
cve: BOE-A-2022-17476
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 146010
Agrícola Común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE)
n.º 1307/2013; y el Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de
diciembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del
Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos adicionales para
determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus
planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento,
y a las normas sobre la proporción relativa a la norma 1 de las buenas condiciones
agrarias y medioambientales (BCAM).
Asimismo, es relevante señalar, en relación con la aplicación del Reglamento (UE)
2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, el
Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre
de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y
por el que se deroga el Reglamento (UE) 1306/2013.
Los citados reglamentos establecen las normas de aplicación que rigen la ayuda
concedida por la Unión a los tipos de intervenciones en apicultura a los que se refiere el
Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre
de 2021, en su artículo 55, que deroga a partir del 1 de enero de 2023 el anterior
régimen jurídico que daba soporte a los programas nacionales para la apicultura,
articulado mediante el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de
mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE)
n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007, siendo
igualmente destacables respecto de esta regulación el Reglamento Delegado (UE)
2015/1366 de la Comisión, de 11 de mayo de 2015, por el que se completa el
Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a
las ayudas al sector de la apicultura, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la
Comisión, de 6 de agosto de 2015, por el que se establecen disposiciones de aplicación
del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo
a las ayudas al sector de la apicultura.
Cabe también destacar, respecto de la presente regulación, el Reglamento de
Ejecución (UE) 2022/1475 de la Comisión, de 6 de septiembre de 2022, por el que se
establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento
Europeo y del Consejo en lo que atañe a la evaluación de los planes estratégicos de la
PAC y al suministro de información para el seguimiento y la evaluación.
Por otra parte, resulta procedente derogar, a partir del día 1 de enero de 2023, fecha
de entrada en vigor del presente real decreto, el Real Decreto 930/2017, de 22 de
febrero, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los
programas nacionales anuales, y se modifica el Real Decreto 209/2002, de 22 de
febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas,
norma que resulta substituida por el presente real decreto, y que aunque está vigente en
la actualidad tiene su fundamento en Reglamentos de la PAC ya renovados (y obsoletos
a partir del 1 de enero de 2023, como es el caso del Reglamento (UE) n.º 1305/2013).
En dicho marco europeo se van a aprobar, mediante una futura orden ministerial
coherente con el presente real decreto, las bases reguladoras de la concesión de
subvenciones destinadas a los organismos de investigación especializados aplicables a
proyectos de investigación en el sector de la apicultura y los productos apícolas,
pudiendo habilitarse, en su caso, mecanismos de partenariado con agrupaciones de
productores/as que se adoptarán en un instrumento jurídico independiente. En
consecuencia, y por iguales motivos, procede en este mismo instrumento normativo
derogar con igual fecha de entrada en vigor, la Orden AAA/2571/2015, de 19 de
noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las
subvenciones para la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector
apícola y sus productos, dentro del Programa nacional de medidas de ayuda a la
cve: BOE-A-2022-17476
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Núm. 257