I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Vivienda. (BOE-A-2022-17474)
Real Decreto 903/2022, de 25 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, así como el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, y el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257

Miércoles 26 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 145887

Se da cumplimiento a los principios de seguridad jurídica, proporcionalidad y eficacia
al incorporar medidas congruentes con el ordenamiento jurídico, de aplicación inmediata
y en su caso gradual, y en cuantías proporcionales a los desajustes y a la vulnerabilidad
que se pretenden solventar.
En cuanto al principio de transparencia, se constata a través de los objetivos de la
norma que se recogen en este preámbulo y en la preceptiva memoria de análisis de
impacto normativo, así como en la realización del preceptivo y previo trámite de
información y audiencia pública.
Finalmente, respecto del principio de eficiencia, debe señalarse que los contenidos
de la norma no implican nuevas cargas administrativas.
Este real decreto se aprueba al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la
Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y
coordinación de la planificación general de la actividad económica.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de octubre de 2022,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se
regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la
vivienda 2022-2025.
El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven
y el Plan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025, queda modificado como sigue:
La letra e) del apartado 2 del artículo 22 queda redactada de la siguiente

«e) En cada convenio se establecerá una distribución inicial por programas y
años. Mediante acuerdo suscrito en el seno de la Comisión de Seguimiento, entre
el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y las comunidades
autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, se podrá modificar la distribución
inicial entre los distintos programas adaptándola a la demanda de cada tipo de
ayuda, al objeto de optimizar la aplicación de los recursos disponibles. El importe
total del compromiso financiero que adquiera el Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana para cada anualidad en el convenio no podrá ser
incrementado en ningún caso.
La financiación de los programas de ayuda a las víctimas de violencia de
género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar
y otras personas especialmente vulnerables y de ayuda a los arrendatarios en
situación de vulnerabilidad sobrevenida será prioritaria. A tal efecto las
comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla habrán de garantizar
que las ayudas de estos programas se reconozcan con prevalencia sobre las
ayudas de cualquier otro programa.
Esta prevalencia podrá entenderse cumplida cuando las comunidades
autónomas o ciudades de Ceuta y Melilla acrediten que la atención a ciudadanos
en estas situaciones se está realizando con otros medios asimilables, o cuando en
el caso del programa de ayuda a los arrendatarios en situación de vulnerabilidad
sobrevenida, atendiendo a la situación socioeconómica y las rentas medias de
alquiler del territorio, se pueda considerar no prioritario, lo que habrá de ser
validado en la Comisión de Seguimiento del correspondiente convenio que para la
ejecución del Plan suscriban el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana y la comunidad autónoma o ciudad de que se trate.
Así mismo y también condicionado a la validación de dicha Comisión de
Seguimiento, la financiación del programa de ayuda a las víctimas de violencia de

cve: BOE-A-2022-17474
Verificable en https://www.boe.es

Uno.
manera: