I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Vivienda. (BOE-A-2022-17474)
Real Decreto 903/2022, de 25 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, así como el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, y el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 145886
Agenda Urbana con cada comunidad autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla por
acuerdo de su Comisión Bilateral de Seguimiento con objeto de evitar que su rigidez
menoscabe el objeto último del programa e interfiera en la mejor eficiencia de los
recursos públicos destinados al incremento del parque de viviendas en alquiler.
Con el objetivo de facilitar la contribución de SAREB al incremento del parque
público de viviendas, en consonancia con las modificaciones operadas por el Real
Decreto-ley 1/2022, de 18 de enero, antes mencionado, la Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022 incorpora una subvención en la
partida 17.09.261N.759 «A Comunidades Autónomas y Ayuntamientos para adquirir
vivienda pública destinada a alquiler social. Recuperar 30 % viviendas SAREB»,
dotada con 10.000.000 de euros cuyo objeto es plenamente coincidente con el del
programa de incremento del parque público de viviendas del Plan Estatal para el
acceso a la vivienda 2022-2025 cuando se trate de enajenaciones de la Sociedad
de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB).
Este real decreto incorpora la mejor y más eficiente gestión de dicha partida
debidamente coordinada con la gestión de este programa del Plan.
La Conferencia Sectorial de Vivienda y Suelo celebrada el 9 de marzo de 2022,
previa aprobación del Consejo de Ministros, acordó la distribución definitiva de los
recursos estatales para la implementación de las subvenciones del Plan Estatal para el
acceso a la vivienda 2022-2025 entre las comunidades autónomas y las ciudades de
Ceuta y Melilla.
Con la nueva redacción del artículo 67 se facilita la ejecución presupuestaria de la
partida 17.09.261N.759 que se realizará mediante transferencia a las comunidades
autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla del importe que a cada una le
corresponda conforme a la distribución ya acordada, toda vez que el objeto de dicha
partida es plenamente coincidente con la ya regulada en el programa de incremento del
parque público de viviendas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025
cuando se trate de viviendas procedentes de la Sociedad de Gestión de Activos
Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB).
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana transferirá a las
comunidades autónomas y ciudades de Ceuta o Melilla los correspondientes importes
mediante resoluciones de transferencia de crédito cuya aceptación deberá ser
comunicada al referido Ministerio en el plazo que se determine en la propia resolución.
Adicionalmente, con objeto de facilitar la aplicación de las inversiones del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, se incorporan determinadas modificaciones
en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de
ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, que contribuirán a mejorar la gestión por
parte de las diferentes administraciones territoriales y la tramitación de los
procedimientos establecidos en los programas de ayudas.
Este real decreto ha sido elaborado y tramitado por el Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, habiéndose valorado las aportaciones realizadas por las
comunidades autónomas, la FEMP y las entidades, asociaciones y personas en general,
durante el trámite de información y audiencia pública, así como las observaciones
formuladas en los informes elaborados por el Ministerio de Política Territorial, el
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y el Ministerio de Hacienda y
Función Pública. Ha sido informado por la Abogacía del Estado y por la Intervención
Delegada en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Se cumple con el principio de necesidad en la medida en que profundiza en el
fomento del incremento del parque público de vivienda, especialmente mediante
adquisiciones a la SAREB, ya iniciado en el Plan Estatal para el acceso a la
vivienda 2022-2025.
cve: BOE-A-2022-17474
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 145886
Agenda Urbana con cada comunidad autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla por
acuerdo de su Comisión Bilateral de Seguimiento con objeto de evitar que su rigidez
menoscabe el objeto último del programa e interfiera en la mejor eficiencia de los
recursos públicos destinados al incremento del parque de viviendas en alquiler.
Con el objetivo de facilitar la contribución de SAREB al incremento del parque
público de viviendas, en consonancia con las modificaciones operadas por el Real
Decreto-ley 1/2022, de 18 de enero, antes mencionado, la Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022 incorpora una subvención en la
partida 17.09.261N.759 «A Comunidades Autónomas y Ayuntamientos para adquirir
vivienda pública destinada a alquiler social. Recuperar 30 % viviendas SAREB»,
dotada con 10.000.000 de euros cuyo objeto es plenamente coincidente con el del
programa de incremento del parque público de viviendas del Plan Estatal para el
acceso a la vivienda 2022-2025 cuando se trate de enajenaciones de la Sociedad
de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB).
Este real decreto incorpora la mejor y más eficiente gestión de dicha partida
debidamente coordinada con la gestión de este programa del Plan.
La Conferencia Sectorial de Vivienda y Suelo celebrada el 9 de marzo de 2022,
previa aprobación del Consejo de Ministros, acordó la distribución definitiva de los
recursos estatales para la implementación de las subvenciones del Plan Estatal para el
acceso a la vivienda 2022-2025 entre las comunidades autónomas y las ciudades de
Ceuta y Melilla.
Con la nueva redacción del artículo 67 se facilita la ejecución presupuestaria de la
partida 17.09.261N.759 que se realizará mediante transferencia a las comunidades
autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla del importe que a cada una le
corresponda conforme a la distribución ya acordada, toda vez que el objeto de dicha
partida es plenamente coincidente con la ya regulada en el programa de incremento del
parque público de viviendas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025
cuando se trate de viviendas procedentes de la Sociedad de Gestión de Activos
Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB).
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana transferirá a las
comunidades autónomas y ciudades de Ceuta o Melilla los correspondientes importes
mediante resoluciones de transferencia de crédito cuya aceptación deberá ser
comunicada al referido Ministerio en el plazo que se determine en la propia resolución.
Adicionalmente, con objeto de facilitar la aplicación de las inversiones del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, se incorporan determinadas modificaciones
en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de
ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, que contribuirán a mejorar la gestión por
parte de las diferentes administraciones territoriales y la tramitación de los
procedimientos establecidos en los programas de ayudas.
Este real decreto ha sido elaborado y tramitado por el Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, habiéndose valorado las aportaciones realizadas por las
comunidades autónomas, la FEMP y las entidades, asociaciones y personas en general,
durante el trámite de información y audiencia pública, así como las observaciones
formuladas en los informes elaborados por el Ministerio de Política Territorial, el
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y el Ministerio de Hacienda y
Función Pública. Ha sido informado por la Abogacía del Estado y por la Intervención
Delegada en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Se cumple con el principio de necesidad en la medida en que profundiza en el
fomento del incremento del parque público de vivienda, especialmente mediante
adquisiciones a la SAREB, ya iniciado en el Plan Estatal para el acceso a la
vivienda 2022-2025.
cve: BOE-A-2022-17474
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 257