I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ayudas. (BOE-A-2022-17473)
Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 145870
– Gestión del alta en el NAP de Transporte Multimodal del correspondiente fichero o
ficheros de datos generados con dicho fin, realizando la comunicación, mediante el portal
«https://nap.mitma.es/» o la dirección de correo «nap@mitma.es», de la dirección URL
donde se encuentre el fichero automáticamente actualizado y el sistema NAP de
Transporte Multimodal pueda acceder a él.
7.
Ayuda a los servicios de transporte de viajeros
Objetivo. Mejora de la información al público para servicios de transporte de
viajeros. Los proyectos pueden ir desde instalar y promover sistemas de gestión de flotas
que permitan la eliminación de contratiempos con relación al mantenimiento de los
autobuses de las empresas, hasta la mejora de páginas web o la creación de
aplicaciones de movilidad para una más efectiva difusión del transporte colectivo.
Se incluye también, de manera opcional, la implantación de sistemas de conteo de
pasajeros en los sistemas de transporte colectivo de viajeros/as. Estos sistemas tienen el
fin de conocer la demanda de pasajeros/as, para gestionar la operación en base a datos
fiables y, como aspecto clave en la salud y en el confort del viaje, poder informar al
viajero/a del grado de afluencia de personas en los vehículos.
Asimismo, se podrá incluir la mejora del sistema SIRDE tanto en hardware (tablet o
teléfono u otros dispositivos de lectura del código QR como lectores laser) como en
software (desarrollos para facilitar los datos al Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana utilizando API) en el SAE.
Contenidos mínimos de la actuación subvencionable:
8. Ayuda para la implantación de las aplicaciones que permitan a los usuarios de los
servicios públicos de transporte regular de uso general la realización de reclamaciones
por medios electrónicos
Objetivo. Acelerar, en el marco de lo establecido por el artículo 2.67 del Real
Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de
formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de
documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte
sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del
cve: BOE-A-2022-17473
Verificable en https://www.boe.es
– Licencias de software o suscripción web durante dos años, incluyendo aquellas
que sean necesarias para el uso de los dispositivos de conteo.
– Instalación de sensores en los vehículos.
– Instalación del hardware para el conteo (p. ej. espiras) o la estimación (p. ej.,
cámaras de vídeo análisis) de pasajeros/as.
– Integración/comunicación con otros sistemas internos como el SAE, el Centro de
Control, etc.
– Mejora de la difusión de la información de servicios, rutas y paradas a través de
herramientas digitales, y elaboración de herramientas digitales propias a tal fin, que
incluya la generación y mantenimiento del fichero o ficheros de datos para su publicación
en el NAP de Transporte Multimodal, de acuerdo con el Reglamento Delegado (UE)
1926/2017, a través de servicios de consultoría.
– Formación para el uso de las herramientas de hardware y software implantadas,
así como en la actualización de los datos generados para su envío al NAP de Transporte
Multimodal. Asimismo, se deberá formar en el uso de las herramientas para la reducción
de costes y optimización de las operaciones.
– Gestión del alta en el NAP de Transporte Multimodal del correspondiente fichero o
ficheros de datos generados con dicho fin, realizando la comunicación, mediante el portal
«https://nap.mitma.es/» o la dirección de correo «nap@mitma.es», de la dirección URL
donde se encuentre el fichero debidamente actualizado y el sistema NAP de Transporte
Multimodal pueda acceder a él.
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 145870
– Gestión del alta en el NAP de Transporte Multimodal del correspondiente fichero o
ficheros de datos generados con dicho fin, realizando la comunicación, mediante el portal
«https://nap.mitma.es/» o la dirección de correo «nap@mitma.es», de la dirección URL
donde se encuentre el fichero automáticamente actualizado y el sistema NAP de
Transporte Multimodal pueda acceder a él.
7.
Ayuda a los servicios de transporte de viajeros
Objetivo. Mejora de la información al público para servicios de transporte de
viajeros. Los proyectos pueden ir desde instalar y promover sistemas de gestión de flotas
que permitan la eliminación de contratiempos con relación al mantenimiento de los
autobuses de las empresas, hasta la mejora de páginas web o la creación de
aplicaciones de movilidad para una más efectiva difusión del transporte colectivo.
Se incluye también, de manera opcional, la implantación de sistemas de conteo de
pasajeros en los sistemas de transporte colectivo de viajeros/as. Estos sistemas tienen el
fin de conocer la demanda de pasajeros/as, para gestionar la operación en base a datos
fiables y, como aspecto clave en la salud y en el confort del viaje, poder informar al
viajero/a del grado de afluencia de personas en los vehículos.
Asimismo, se podrá incluir la mejora del sistema SIRDE tanto en hardware (tablet o
teléfono u otros dispositivos de lectura del código QR como lectores laser) como en
software (desarrollos para facilitar los datos al Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana utilizando API) en el SAE.
Contenidos mínimos de la actuación subvencionable:
8. Ayuda para la implantación de las aplicaciones que permitan a los usuarios de los
servicios públicos de transporte regular de uso general la realización de reclamaciones
por medios electrónicos
Objetivo. Acelerar, en el marco de lo establecido por el artículo 2.67 del Real
Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de
formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de
documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte
sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del
cve: BOE-A-2022-17473
Verificable en https://www.boe.es
– Licencias de software o suscripción web durante dos años, incluyendo aquellas
que sean necesarias para el uso de los dispositivos de conteo.
– Instalación de sensores en los vehículos.
– Instalación del hardware para el conteo (p. ej. espiras) o la estimación (p. ej.,
cámaras de vídeo análisis) de pasajeros/as.
– Integración/comunicación con otros sistemas internos como el SAE, el Centro de
Control, etc.
– Mejora de la difusión de la información de servicios, rutas y paradas a través de
herramientas digitales, y elaboración de herramientas digitales propias a tal fin, que
incluya la generación y mantenimiento del fichero o ficheros de datos para su publicación
en el NAP de Transporte Multimodal, de acuerdo con el Reglamento Delegado (UE)
1926/2017, a través de servicios de consultoría.
– Formación para el uso de las herramientas de hardware y software implantadas,
así como en la actualización de los datos generados para su envío al NAP de Transporte
Multimodal. Asimismo, se deberá formar en el uso de las herramientas para la reducción
de costes y optimización de las operaciones.
– Gestión del alta en el NAP de Transporte Multimodal del correspondiente fichero o
ficheros de datos generados con dicho fin, realizando la comunicación, mediante el portal
«https://nap.mitma.es/» o la dirección de correo «nap@mitma.es», de la dirección URL
donde se encuentre el fichero debidamente actualizado y el sistema NAP de Transporte
Multimodal pueda acceder a él.