I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ayudas. (BOE-A-2022-17473)
Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 145831
Estas actuaciones tendrán una repercusión clara en la modernización de autónomos,
pequeñas y medianas empresas (en adelante pymes) privadas de transporte de viajeros
por carretera y de autónomos y pymes privadas que intervienen en el transporte de
mercancías por carretera, facilitando el cumplimiento de los objetivos de transición digital
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Asimismo, ninguna de las medidas y actuaciones financiadas con cargo a este
programa causa un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales en el sentido
del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las
inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (principio
de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» o DNSH por sus siglas en
inglés, «Do No Significant Harm»).
Según lo establecido en el anexo 6 del Documento de trabajo de los servicios de la
Comisión SWD (2021) 147 final, la medida «Proyectos para la digitalización de los
servicios de transporte de pasajeros y mercancías a nivel regional y local» de la
Inversión 4 del Componente 6 asignada el ámbito de intervención 010 «Digitalización de
pymes», contribuye a la transición digital con un coeficiente del 100 % de acuerdo con el
anexo VII «Metodología para el etiquetado digital en el marco del Mecanismo» del
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, y no dispone de etiquetado climático/medioambiental.
Todas las actuaciones reguladas por el presente real decreto, contribuirán a la
consecución de los siguientes hitos y objetivos establecidos en la Decisión de Ejecución
del Consejo (CID por sus siglas en inglés):
– Hito n.º 99 del CID: Cuarto trimestre de 2022: Publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de la concesión de 800.000.000 de euros en el marco del programa de
transporte sostenible y digital, proyectos para la digitalización de los servicios de
transporte de pasajeros y mercancías en el ámbito autonómico y local. En concreto, se
prevé una transferencia a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla
por importe de 220.000.000 de euros para proyectos para la digitalización de los
servicios de transporte de pasajeros y mercancías en el ámbito autonómico y local, de
los cuales 110.000.000 de euros corresponden a este programa.
– Hito n.º 100 del CID: Cuarto trimestre de 2024: Inicio de las actuaciones de todos
los proyectos adjudicados en el cuarto trimestre de 2022 (hito 99) para promover el
transporte sostenible y digital.
– Hito n.º 101 del CID: Segundo trimestre de 2026: Finalización de todos los
proyectos adjudicados en el cuarto trimestre de 2022 (hito 99) para promover el
transporte sostenible y digital.
El cumplimiento de los citados hitos se comprobará de conformidad con los
mecanismos de verificación y especificaciones adicionales establecidos en las
disposiciones operativas entre la Comisión y España:
– Hito n.º 99 del CID: Documento resumen que justifique debidamente cómo se ha
cumplido el hito (incluyendo los elementos relevantes del hito, tal y como se enumeran
en la descripción del hito y de la medida correspondiente en el anexo del CID). Dicho
documento incluirá como anexo las siguientes pruebas documentales: una lista de la
publicación de las adjudicaciones en el diario oficial o en la plataforma de contratación
pública en la que se indique para cada una de las adjudicaciones:
a) La referencia y el enlace del diario oficial o de la plataforma de contratación
pública en la que se haya publicado la adjudicación;
b) el importe que se concede (IVA excluido);
c) extracto de los documentos oficiales pertinentes que contengan pruebas de que
la selección final de los proyectos está en consonancia con las 15 áreas del proyecto;
cve: BOE-A-2022-17473
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 145831
Estas actuaciones tendrán una repercusión clara en la modernización de autónomos,
pequeñas y medianas empresas (en adelante pymes) privadas de transporte de viajeros
por carretera y de autónomos y pymes privadas que intervienen en el transporte de
mercancías por carretera, facilitando el cumplimiento de los objetivos de transición digital
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Asimismo, ninguna de las medidas y actuaciones financiadas con cargo a este
programa causa un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales en el sentido
del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las
inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (principio
de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» o DNSH por sus siglas en
inglés, «Do No Significant Harm»).
Según lo establecido en el anexo 6 del Documento de trabajo de los servicios de la
Comisión SWD (2021) 147 final, la medida «Proyectos para la digitalización de los
servicios de transporte de pasajeros y mercancías a nivel regional y local» de la
Inversión 4 del Componente 6 asignada el ámbito de intervención 010 «Digitalización de
pymes», contribuye a la transición digital con un coeficiente del 100 % de acuerdo con el
anexo VII «Metodología para el etiquetado digital en el marco del Mecanismo» del
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, y no dispone de etiquetado climático/medioambiental.
Todas las actuaciones reguladas por el presente real decreto, contribuirán a la
consecución de los siguientes hitos y objetivos establecidos en la Decisión de Ejecución
del Consejo (CID por sus siglas en inglés):
– Hito n.º 99 del CID: Cuarto trimestre de 2022: Publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de la concesión de 800.000.000 de euros en el marco del programa de
transporte sostenible y digital, proyectos para la digitalización de los servicios de
transporte de pasajeros y mercancías en el ámbito autonómico y local. En concreto, se
prevé una transferencia a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla
por importe de 220.000.000 de euros para proyectos para la digitalización de los
servicios de transporte de pasajeros y mercancías en el ámbito autonómico y local, de
los cuales 110.000.000 de euros corresponden a este programa.
– Hito n.º 100 del CID: Cuarto trimestre de 2024: Inicio de las actuaciones de todos
los proyectos adjudicados en el cuarto trimestre de 2022 (hito 99) para promover el
transporte sostenible y digital.
– Hito n.º 101 del CID: Segundo trimestre de 2026: Finalización de todos los
proyectos adjudicados en el cuarto trimestre de 2022 (hito 99) para promover el
transporte sostenible y digital.
El cumplimiento de los citados hitos se comprobará de conformidad con los
mecanismos de verificación y especificaciones adicionales establecidos en las
disposiciones operativas entre la Comisión y España:
– Hito n.º 99 del CID: Documento resumen que justifique debidamente cómo se ha
cumplido el hito (incluyendo los elementos relevantes del hito, tal y como se enumeran
en la descripción del hito y de la medida correspondiente en el anexo del CID). Dicho
documento incluirá como anexo las siguientes pruebas documentales: una lista de la
publicación de las adjudicaciones en el diario oficial o en la plataforma de contratación
pública en la que se indique para cada una de las adjudicaciones:
a) La referencia y el enlace del diario oficial o de la plataforma de contratación
pública en la que se haya publicado la adjudicación;
b) el importe que se concede (IVA excluido);
c) extracto de los documentos oficiales pertinentes que contengan pruebas de que
la selección final de los proyectos está en consonancia con las 15 áreas del proyecto;
cve: BOE-A-2022-17473
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 257