I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ayudas. (BOE-A-2022-17473)
Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 145865

establecen las características que deben reunir los documentos de control administrativo
en soporte electrónico exigidos en los transportes por carretera).
– En el caso del transporte de viajeros: la generación de la hoja de ruta en formato
electrónico (documento de control correspondiente al transporte de viajeros, regulado por
la Orden FOM/1230/2013, de 31 de mayo, por la que se establecen normas de control en
relación con los transportes públicos de viajeros por carretera, el mencionado
artículo 222.2 del ROTT y Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Dirección General
de Transporte Terrestre).
Asimismo, se establece como objetivo difundir y formar sobre la aplicación
desarrollada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (https://
sede.mitma.gob.es/DOCUMENTO–CONTROL/) que permite la remisión de los
documentos de control (eCMR, documento administrativo de control y hoja de ruta) en
formato electrónico (PDF no superior a 4 MB) requeridos por el agente de control en el
marco de una inspección realizada en carretera.
Se impartirá formación y difusión sobre el Reglamento (UE) 2020/1056 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2020, sobre información electrónica
relativa al transporte de mercancías (Reglamento eFTI), mediante el cual se define el
marco jurídico para la comunicación por vía electrónica de información reglamentaria
relativa al transporte de mercancías en el territorio de la Unión entre los operadores
económicos interesados (OEI) y las autoridades competentes (AC) en los distintos
modos (ferrocarril, aéreo, navegación interior y carretera, incluyendo cabotaje, transporte
combinado, transporte de MMPP y traslado de residuos) a excepción del marítimo. Este
Reglamento será de aplicación a partir del 21 de agosto de 2024, y las autoridades
competentes (Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) deberán ser
capaces de aceptar documentos en formato electrónico a más tardar el 21 de agosto
de 2025.
Finalmente, se pretende fomentar el uso de aplicaciones y servicios de
modernización del transporte, mediante la puesta a disposición de los destinatarios
últimos de servicios de consultoría.
Contenidos mínimos de la actuación subvencionable:
– Curso de formación en la utilización del eCMR y el documento administrativo de
control en formato electrónico, así como en la aplicación desarrollada por el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y en el Reglamento (UE) 2020/1056, para las
empresas relacionadas con el transporte de mercancías.
– Curso de formación en la utilización de hoja de ruta en formato electrónico, así
como en la mencionada aplicación desarrollada por el Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, para las empresas relacionadas con el transporte de
viajeros.
En ambos casos, la duración de la formación será de un mínimo de diez horas e
incluirá ejemplos reales del uso de las distintas aplicaciones.
– Servicio de consultoría que incluya la puesta a disposición de un técnico que
proporcione asistencia en el acceso y uso de las aplicaciones SaaS o que, en su caso,
instale el software que pudieran requerir, necesarias para la generación y utilización del
eCMR y en el documento administrativo de control en formato electrónico (para las
empresas del ámbito del transporte de mercancías) y para la generación y la utilización
de la hoja de ruta en formato electrónico (para las empresas de transporte de viajeros).
Asimismo, mediante este servicio de consultoría, se facilitará ayuda a las empresas para
la obtención de la firma digital y de todos los trámites y herramientas digitales accesorias
que fueran necesarias para la implantación y utilización de estos servicios. El servicio de
consultoría y el técnico deberá estar a disposición de la empresa para consultas y
resolución de problemas durante un mínimo de tres meses.
– Generación de un mínimo de cinco documentos de transporte electrónicos (eCMR,
documento administrativo de control en formato electrónico, hoja de ruta en formato

cve: BOE-A-2022-17473
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 257