I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ayudas. (BOE-A-2022-17473)
Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 145854
2. Las subvenciones para las actuaciones previstas en el artículo 19 serán
incompatibles con la percepción de otras ayudas, que cubran el mismo coste,
procedentes de otros programas e instrumentos de la Unión Europea, en aplicación del
artículo 9 del RMRR y del artículo 191 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018.
3. Se establecen las siguientes incompatibilidades en relación con el Programa Kit
Digital regulado por la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se
aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de
pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el
marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y
el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la
Unión Europea– Next Generation EU:
a) Los destinatarios últimos que tengan menos de 10 empleados y que hayan sido
beneficiarios de las ayudas del Programa Kit Digital correspondientes con la Categoría
de solución de digitalización IV. Gestión de clientes, no podrán solicitar las siguientes
Categorías de Soluciones de Modernización de entre las previstas en el artículo 19:
1.º Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios
electrónicos.
2.º Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.
b) Los destinatarios últimos que tengan menos de 10 empleados y que hayan sido
beneficiarios de las ayudas del Programa Kit Digital correspondientes con la Categoría
de solución de digitalización VI. Gestión de procesos, no podrán solicitar las siguientes
Categorías de Soluciones de Modernización de entre las previstas en el artículo 19:
1.º Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.
2.º Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas
de gestión.
3.º Categoría 4: Implantación de sistemas TMS/ERP.
4.º Categoría 5: Implantación de sistemas SAE.
5.º Categoría 6: Actualización de sistemas SAE.
Artículo 22. Procedimiento de concesión de las ayudas por las comunidades
autónomas y por las ciudades de Ceuta y Melilla a los destinatarios últimos.
1. Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla destinarán las
cuantías que reciban correspondientes en virtud de este real decreto a los destinatarios
últimos incluidos en el artículo 14, a través de las correspondientes convocatorias
públicas, donde se contemplen los requisitos correspondientes para su concesión, y de
acuerdo con lo dispuesto en este real decreto.
2. Los destinatarios últimos dirigirán las solicitudes a las comunidades autónomas y
a las ciudades de Ceuta y Melilla donde tengan la residencia fiscal, conforme al
procedimiento que establezcan en sus respectivas convocatorias.
3. En el caso de que el destinatario último tramite el procedimiento mediante
representante, la representación deberá acreditarse conforme a lo establecido en el
artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y conforme a los requisitos que establezca
la resolución de la convocatoria.
4. Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el
agotamiento de los fondos.
5. Se considerará agotado el presupuesto cuando se efectúe el registro de la última
solicitud de ayuda que totalice el importe asignado a las respectivas comunidades
autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla. En caso de agotamiento del presupuesto
asignado a cada comunidad autónoma o a las ciudades de Ceuta y Melilla, y siempre
que no hubiera expirado la vigencia de los programas, podrán seguir registrándose
solicitudes en lista de reserva provisional, que serán atendidas por riguroso orden de
cve: BOE-A-2022-17473
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 257
Miércoles 26 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 145854
2. Las subvenciones para las actuaciones previstas en el artículo 19 serán
incompatibles con la percepción de otras ayudas, que cubran el mismo coste,
procedentes de otros programas e instrumentos de la Unión Europea, en aplicación del
artículo 9 del RMRR y del artículo 191 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018.
3. Se establecen las siguientes incompatibilidades en relación con el Programa Kit
Digital regulado por la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se
aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de
pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el
marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y
el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la
Unión Europea– Next Generation EU:
a) Los destinatarios últimos que tengan menos de 10 empleados y que hayan sido
beneficiarios de las ayudas del Programa Kit Digital correspondientes con la Categoría
de solución de digitalización IV. Gestión de clientes, no podrán solicitar las siguientes
Categorías de Soluciones de Modernización de entre las previstas en el artículo 19:
1.º Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios
electrónicos.
2.º Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.
b) Los destinatarios últimos que tengan menos de 10 empleados y que hayan sido
beneficiarios de las ayudas del Programa Kit Digital correspondientes con la Categoría
de solución de digitalización VI. Gestión de procesos, no podrán solicitar las siguientes
Categorías de Soluciones de Modernización de entre las previstas en el artículo 19:
1.º Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.
2.º Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas
de gestión.
3.º Categoría 4: Implantación de sistemas TMS/ERP.
4.º Categoría 5: Implantación de sistemas SAE.
5.º Categoría 6: Actualización de sistemas SAE.
Artículo 22. Procedimiento de concesión de las ayudas por las comunidades
autónomas y por las ciudades de Ceuta y Melilla a los destinatarios últimos.
1. Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla destinarán las
cuantías que reciban correspondientes en virtud de este real decreto a los destinatarios
últimos incluidos en el artículo 14, a través de las correspondientes convocatorias
públicas, donde se contemplen los requisitos correspondientes para su concesión, y de
acuerdo con lo dispuesto en este real decreto.
2. Los destinatarios últimos dirigirán las solicitudes a las comunidades autónomas y
a las ciudades de Ceuta y Melilla donde tengan la residencia fiscal, conforme al
procedimiento que establezcan en sus respectivas convocatorias.
3. En el caso de que el destinatario último tramite el procedimiento mediante
representante, la representación deberá acreditarse conforme a lo establecido en el
artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y conforme a los requisitos que establezca
la resolución de la convocatoria.
4. Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el
agotamiento de los fondos.
5. Se considerará agotado el presupuesto cuando se efectúe el registro de la última
solicitud de ayuda que totalice el importe asignado a las respectivas comunidades
autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla. En caso de agotamiento del presupuesto
asignado a cada comunidad autónoma o a las ciudades de Ceuta y Melilla, y siempre
que no hubiera expirado la vigencia de los programas, podrán seguir registrándose
solicitudes en lista de reserva provisional, que serán atendidas por riguroso orden de
cve: BOE-A-2022-17473
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Núm. 257