III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-17398)
Resolución de 4 de octubre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación de la subestación de Cabra en el parque de 400 kV, con una nueva posición, situada en Cabra, Córdoba.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 145521
como lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 24/2013, que establece que la planificación
de las instalaciones de transporte y distribución de energía eléctrica, que se ubiquen o
discurran en cualquier clase de categoría de suelo, deberá tenerse en cuenta en el
correspondiente instrumento de ordenación del territorio y urbanístico, el cual deberá
precisar las posibles instalaciones y calificar adecuadamente los terrenos, estableciendo,
en ambos casos, las reservas de suelo necesarias para la ubicación de las nuevas
instalaciones y la protección de las existentes.
La Dependencia del Área de Industria y Energía dio traslado a la Dirección General
de Ordenación del Territorio de los reparos formulados por Red Eléctrica. La Dirección
General de Ordenación del Territorio manifestó, con fecha 14 de julio de 2022, su
acuerdo respecto al contenido, insistiendo y aclarando que las competencias en materia
de urbanismo corresponden a los ayuntamientos, en el sentido de la emisión del informe
establecido en el apartado 1 de la disposición adicional tercera de la Ley 13/2003.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba, de
fecha 25 de abril de 2022, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» número 100,
de 27 de abril de 2022, así como publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Córdoba» número 84, de fecha 4 de mayo de 2022. Asimismo, el anuncio fue publicado
en la web de la Delegación del Gobierno en Andalucía desde el 22 de abril de 2022
hasta el 21 de julio de 2022. No se recibieron alegaciones de ningún tipo en el trámite de
información pública.
Con fecha 15 de julio de 2022, la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Córdoba emitió informe en relación con la solicitud de
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del
proyecto presentado.
La ampliación de la subestación Cabra 400 kV para integración de renovables se
encuentra incluida en la planificación vigente, «Plan de Desarrollo de la Red de
Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», aprobado por Acuerdo de Consejo de
Ministros, de 22 de marzo de 2022 («Boletín Oficial del Estado» núm. 93, de 19 de abril
de 2022). La citada actuación se articula de conformidad con lo dispuesto en la
disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas
urgentes para la transición energética y la protección de consumidores, estando incluida
en la planificación vigente.
Con fecha 27 de julio de 2022 se otorga a Red Eléctrica el trámite de audiencia
previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la propuesta
de Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas respecto de la
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la
ampliación de la subestación de Cabra en el parque de 400 kV, con una nueva posición,
situada en el término municipal de Cabra, en la provincia de Córdoba.
En esa misma fecha se remite la propuesta de resolución a la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia para informe.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, en su sesión del día 29 de septiembre de 2022, informa favorablemente la
Propuesta de Resolución remitida por esta Dirección General, con expediente
INF/DE/152/22.
De acuerdo con los artículos 128 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de las actuaciones objeto de esta resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción.
cve: BOE-A-2022-17398
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 255
Lunes 24 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 145521
como lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 24/2013, que establece que la planificación
de las instalaciones de transporte y distribución de energía eléctrica, que se ubiquen o
discurran en cualquier clase de categoría de suelo, deberá tenerse en cuenta en el
correspondiente instrumento de ordenación del territorio y urbanístico, el cual deberá
precisar las posibles instalaciones y calificar adecuadamente los terrenos, estableciendo,
en ambos casos, las reservas de suelo necesarias para la ubicación de las nuevas
instalaciones y la protección de las existentes.
La Dependencia del Área de Industria y Energía dio traslado a la Dirección General
de Ordenación del Territorio de los reparos formulados por Red Eléctrica. La Dirección
General de Ordenación del Territorio manifestó, con fecha 14 de julio de 2022, su
acuerdo respecto al contenido, insistiendo y aclarando que las competencias en materia
de urbanismo corresponden a los ayuntamientos, en el sentido de la emisión del informe
establecido en el apartado 1 de la disposición adicional tercera de la Ley 13/2003.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba, de
fecha 25 de abril de 2022, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» número 100,
de 27 de abril de 2022, así como publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Córdoba» número 84, de fecha 4 de mayo de 2022. Asimismo, el anuncio fue publicado
en la web de la Delegación del Gobierno en Andalucía desde el 22 de abril de 2022
hasta el 21 de julio de 2022. No se recibieron alegaciones de ningún tipo en el trámite de
información pública.
Con fecha 15 de julio de 2022, la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Córdoba emitió informe en relación con la solicitud de
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del
proyecto presentado.
La ampliación de la subestación Cabra 400 kV para integración de renovables se
encuentra incluida en la planificación vigente, «Plan de Desarrollo de la Red de
Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», aprobado por Acuerdo de Consejo de
Ministros, de 22 de marzo de 2022 («Boletín Oficial del Estado» núm. 93, de 19 de abril
de 2022). La citada actuación se articula de conformidad con lo dispuesto en la
disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas
urgentes para la transición energética y la protección de consumidores, estando incluida
en la planificación vigente.
Con fecha 27 de julio de 2022 se otorga a Red Eléctrica el trámite de audiencia
previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la propuesta
de Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas respecto de la
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la
ampliación de la subestación de Cabra en el parque de 400 kV, con una nueva posición,
situada en el término municipal de Cabra, en la provincia de Córdoba.
En esa misma fecha se remite la propuesta de resolución a la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia para informe.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, en su sesión del día 29 de septiembre de 2022, informa favorablemente la
Propuesta de Resolución remitida por esta Dirección General, con expediente
INF/DE/152/22.
De acuerdo con los artículos 128 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de las actuaciones objeto de esta resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción.
cve: BOE-A-2022-17398
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 255