II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-17336)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se convocan bolsas de trabajo de Letradas sustitutas y Letrados sustitutos de la Administración de Justicia.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Lunes 24 de octubre de 2022

Sec. II.B. Pág. 144891

Gestión Procesal y Administrativa, en cuyo caso dicha acreditación se realizará de oficio
por el Ministerio de Justicia.
5. Quienes tengan la condición legal de persona discapacitada con grado igual o
superior al 33 por 100 deberán presentar certificación de los órganos competentes que
acredite su capacidad funcional para desempeñar las tareas propias del Cuerpo de
Letradas y Letrados de la Administración de Justicia.
6. En el caso de que la solicitud no reúna los requisitos señalados en los apartados
anteriores, se requerirá a la persona interesada a través del correo electrónico que haya
consignado en su solicitud, para que, dentro del plazo de diez días hábiles, subsane la
falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera,
se le tendrá por desistida de su solicitud.
Quinta.
Quienes formaran parte de una bolsa a la convocatoria de una nueva deberán, si así
lo desean, participar en la misma, procediéndose a la valoración de los méritos alegados
de acuerdo con lo previsto en la nueva convocatoria.
Sexta.
1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá por las
Secretarias y los Secretarios de Gobierno a la verificación de los méritos alegados
por quienes reúnan los requisitos exigidos y validarán la autovaloración de la persona
interesada generada, por el asistente de inscripción.
2. Se valorarán los méritos, de acuerdo con el baremo y criterios de puntuación
establecidos en el Anexo II.
3. Cuando la puntuación resultante de los méritos alegados tras la revisión y
comprobación por la Secretaria o el Secretario de Gobierno correspondiente difiera de la
indicada en la autobaremación, le será tenida en cuenta la revisada.
Séptima.

1.º Mayor tiempo de servicios realizando tareas de sustitución de letradas y
letrados de la Administración de Justicia.
2.º Haber aprobado algún ejercicio de los que integran las pruebas de acceso por el
turno libre o promoción interna al Cuerpo de Letradas y Letrados de la Administración
de Justicia.
3.º Mayor tiempo de experiencia en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
4.º El criterio establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría
de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se
refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
del Estado.
Dichas listas se publicarán en el portal del Ministerio de Justicia, https://
www.mjusticia.gob.es, sección «Ciudadanía», «Empleo Público y Acceso a Profesiones»,
«Bolsas de interinos» «Bolsa de Letradas sustitutas y letrados sustitutos de la
Administración de Justicia».
2. Las personas interesadas tendrán diez días hábiles para efectuar reclamaciones
ante la Secretaria o Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia

cve: BOE-A-2022-17336
Verificable en https://www.boe.es

1. Una vez verificados los méritos y validadas las solicitudes por las Secretarias y
los Secretarios de Gobierno correspondientes se procederá a la elaboración de una lista
provisional de personas seleccionadas en cada provincia, ordenadas de mayor a menor
puntuación obtenida, así como del cupo de reserva. En el caso de que se produzca
igualdad de puntuación en las personas seleccionadas a la bolsa de letradas sustitutas
y letrados sustitutos de la Administración de Justicia, se resolverá en función de los
siguientes criterios: