III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2022-17298)
Resolución 420/38399/2022, de 14 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Airbus Defence and Space, SAU, y Airbus Helicopters España, SAU, para la prestación de apoyos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254
Sábado 22 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 144718
cuentas corrientes restringidas de ingresos del MINISDEF/EA que se determinen, con
destino a la Hacienda Pública, a la presentación del correspondiente cargo.
Los importes de los diferentes conceptos de compensación de costes referidos son
los que cuantifica anualmente la División de Logística del Estado Mayor del Aire y
aprueba el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio (JEMA).
Se desglosarán en los cargos los conceptos por colaboraciones realizadas al amparo
del convenio y se aportará la documentación necesaria para su aclaración. Antes de la
emisión del cargo correspondiente, se adelantará borrador de la misma a ADS y AHE
para que en el plazo de 15 días se realicen los comentarios/conformidad oportunos antes
de proceder a modificar/emitir el cargo definitivo. Este proceso de gestión de cargos y su
liquidación se llevará a cabo, con carácter general, con una periodicidad trimestral.
El coste anual estimado para ADS y AHE asciende a 3.000.000 €, constituyéndose
esta cantidad en techo del coste anual.
Séptima.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Con el fin de impulsar las actividades de colaboración objeto del presente convenio,
a la firma del mismo se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará compuesta
de la siguiente forma:
Por el MINISDEF/EA:
– Un representante de la Secretaría General del Estado Mayor del Aire
(EMA/SEGE).
– Un representante de la Sección de Recursos Financieros de la División de
Logística del Estado Mayor del Aire (EMA/DLO/SERFIN).
– Un representante del Mando de Apoyo Logístico (MALOG).
– Un representante de la Dirección de Asuntos Económicos (DAE).
Por ADS/AHE:
– Tres representantes de la División Airbus Defence and Space.
– Un representante de Airbus Helicopters España.
– Seguimiento de los temas objeto del convenio.
– Aprobar la liquidación económica anual.
– Coordinar el desarrollo del presente convenio.
– Proponer la solución a los conflictos que pudieran surgir en las dudas o
controversias que se planteen.
– Revisar los términos del convenio y proponer modificaciones al mismo, al amparo
del artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, que serán incorporados en forma de adenda tras su aprobación por ambas
partes.
La Comisión de Seguimiento se reunirá, como mínimo, una vez al año, con objeto de
analizar los resultados obtenidos y los problemas presentados, estudiando
conjuntamente las posibles soluciones, así como para aprobar la liquidación económica
del año anterior. De cada reunión se redactará un acta que refleje los acuerdos y
acciones a tomar por las partes.
cve: BOE-A-2022-17298
Verificable en https://www.boe.es
La presidencia de la Comisión de Seguimiento será ejercida por un Oficial General
del Estado Mayor del Aire, designado por el Jefe de Estado Mayor del Aire.
Asimismo, y cuando por los temas a tratar así se aconseje, por el Presidente de la
Comisión de Seguimiento podrá ser convocado a las reuniones de la comisión un
representante de la Secretaría de Estado de la Defensa, Dirección General de
Armamento y Material.
Los cometidos principales de la Comisión de Seguimiento serán los siguientes:
Núm. 254
Sábado 22 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 144718
cuentas corrientes restringidas de ingresos del MINISDEF/EA que se determinen, con
destino a la Hacienda Pública, a la presentación del correspondiente cargo.
Los importes de los diferentes conceptos de compensación de costes referidos son
los que cuantifica anualmente la División de Logística del Estado Mayor del Aire y
aprueba el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio (JEMA).
Se desglosarán en los cargos los conceptos por colaboraciones realizadas al amparo
del convenio y se aportará la documentación necesaria para su aclaración. Antes de la
emisión del cargo correspondiente, se adelantará borrador de la misma a ADS y AHE
para que en el plazo de 15 días se realicen los comentarios/conformidad oportunos antes
de proceder a modificar/emitir el cargo definitivo. Este proceso de gestión de cargos y su
liquidación se llevará a cabo, con carácter general, con una periodicidad trimestral.
El coste anual estimado para ADS y AHE asciende a 3.000.000 €, constituyéndose
esta cantidad en techo del coste anual.
Séptima.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Con el fin de impulsar las actividades de colaboración objeto del presente convenio,
a la firma del mismo se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará compuesta
de la siguiente forma:
Por el MINISDEF/EA:
– Un representante de la Secretaría General del Estado Mayor del Aire
(EMA/SEGE).
– Un representante de la Sección de Recursos Financieros de la División de
Logística del Estado Mayor del Aire (EMA/DLO/SERFIN).
– Un representante del Mando de Apoyo Logístico (MALOG).
– Un representante de la Dirección de Asuntos Económicos (DAE).
Por ADS/AHE:
– Tres representantes de la División Airbus Defence and Space.
– Un representante de Airbus Helicopters España.
– Seguimiento de los temas objeto del convenio.
– Aprobar la liquidación económica anual.
– Coordinar el desarrollo del presente convenio.
– Proponer la solución a los conflictos que pudieran surgir en las dudas o
controversias que se planteen.
– Revisar los términos del convenio y proponer modificaciones al mismo, al amparo
del artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, que serán incorporados en forma de adenda tras su aprobación por ambas
partes.
La Comisión de Seguimiento se reunirá, como mínimo, una vez al año, con objeto de
analizar los resultados obtenidos y los problemas presentados, estudiando
conjuntamente las posibles soluciones, así como para aprobar la liquidación económica
del año anterior. De cada reunión se redactará un acta que refleje los acuerdos y
acciones a tomar por las partes.
cve: BOE-A-2022-17298
Verificable en https://www.boe.es
La presidencia de la Comisión de Seguimiento será ejercida por un Oficial General
del Estado Mayor del Aire, designado por el Jefe de Estado Mayor del Aire.
Asimismo, y cuando por los temas a tratar así se aconseje, por el Presidente de la
Comisión de Seguimiento podrá ser convocado a las reuniones de la comisión un
representante de la Secretaría de Estado de la Defensa, Dirección General de
Armamento y Material.
Los cometidos principales de la Comisión de Seguimiento serán los siguientes: