III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-17252)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Organismo Autónomo Parques Nacionales, para el desarrollo del programa de recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados en Umbralejo (Guadalajara) y Granadilla (Cáceres).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253
Viernes 21 de octubre de 2022
Segunda.
Sec. III. Pág. 144322
Actuaciones de las partes.
Las partes contribuirán al cumplimiento de los objetivos del presente convenio
aportando el oportuno apoyo técnico y la dotación de medios y personal necesarios para
desarrollar las actividades previstas en el Programa.
1.
Corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional:
a) Determinar el proyecto pedagógico y establecer las estrategias básicas más
adecuadas para el desarrollo del PRUEPA, de acuerdo con la política educativa y en
colaboración con las instituciones implicadas.
b) Centralizar y mantener la necesaria colaboración con las administraciones
educativas donde se desarrolla el programa, para disponer de los recursos humanos y
materiales que se precisen, con objeto de desarrollar las actividades y talleres
educativos necesarios en el marco del proyecto educativo.
c) Elaborar y desarrollar las correspondientes convocatorias de ayudas en régimen
de concurrencia competitiva, que sirvan para la selección de los centros y alumnos
participantes, gestionando los procedimientos administrativos necesarios para su
adjudicación.
d) Fijar anualmente las instrucciones de coordinación y el calendario anual de
ejecución del PRUEPA, en colaboración con las demás instituciones participantes, para
la correcta organización y funcionamiento.
e) Planificar y gestionar el desarrollo de las actividades de los alumnos
participantes en el PRUEPA, incluyendo los necesarios elementos de su logística, tales
como estancia, manutención, mantenimiento y conservación básicos de las
dependencias e instalaciones, así como de los servicios que resulten necesarios para el
adecuado desarrollo del PRUEPA.
f) Facilitar el material pedagógico de carácter general, que sea necesario para el
desarrollo de las actividades educativas.
g) Mantener a disposición del programa un vehículo de servicio en cada pueblo de
acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
h) Suscribir una póliza de seguro de accidentes y responsabilidad civil que dé
cobertura tanto a los alumnos participantes como a sus profesores acompañantes, así
como al personal adscrito al PRUEPA.
i) Elaborar en colaboración con las administraciones competentes, las memorias
anuales de seguimiento y evaluación del PRUEPA de cada uno de los pueblos, que
pondrá a disposición y conocimiento de todas las partes.
Corresponde al OAPN:
a) Mantener y optimizar los recursos materiales dependientes del OAPN y que
actualmente se aportan en los pueblos de Granadilla y Umbralejo para el correcto
funcionamiento del PRUEPA, desarrollando los planes de actuación e intervención que
resulten precisos.
b) Informar a las partes actuantes del Convenio sobre el desarrollo de los planes de
actuación e intervención en las instalaciones facilitando su correcta coordinación con las
acciones educativas del PRUEPA.
c) Mantener a disposición del programa, el personal especializado necesario en los
pueblos de Granadilla y Umbralejo para la coordinación del PRUEPA.
d) Facilitar el uso de los espacios e instalaciones de los pueblos para la estancia y
el trabajo del personal perteneciente al Ministerio de Educación y Formación Profesional,
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, cuya actividad sea necesaria
para el óptimo desarrollo del programa.
e) Diseñar e impartir un programa de actividades y talleres en el ámbito de la
educación ambiental y el desarrollo sostenible.
cve: BOE-A-2022-17252
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 253
Viernes 21 de octubre de 2022
Segunda.
Sec. III. Pág. 144322
Actuaciones de las partes.
Las partes contribuirán al cumplimiento de los objetivos del presente convenio
aportando el oportuno apoyo técnico y la dotación de medios y personal necesarios para
desarrollar las actividades previstas en el Programa.
1.
Corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional:
a) Determinar el proyecto pedagógico y establecer las estrategias básicas más
adecuadas para el desarrollo del PRUEPA, de acuerdo con la política educativa y en
colaboración con las instituciones implicadas.
b) Centralizar y mantener la necesaria colaboración con las administraciones
educativas donde se desarrolla el programa, para disponer de los recursos humanos y
materiales que se precisen, con objeto de desarrollar las actividades y talleres
educativos necesarios en el marco del proyecto educativo.
c) Elaborar y desarrollar las correspondientes convocatorias de ayudas en régimen
de concurrencia competitiva, que sirvan para la selección de los centros y alumnos
participantes, gestionando los procedimientos administrativos necesarios para su
adjudicación.
d) Fijar anualmente las instrucciones de coordinación y el calendario anual de
ejecución del PRUEPA, en colaboración con las demás instituciones participantes, para
la correcta organización y funcionamiento.
e) Planificar y gestionar el desarrollo de las actividades de los alumnos
participantes en el PRUEPA, incluyendo los necesarios elementos de su logística, tales
como estancia, manutención, mantenimiento y conservación básicos de las
dependencias e instalaciones, así como de los servicios que resulten necesarios para el
adecuado desarrollo del PRUEPA.
f) Facilitar el material pedagógico de carácter general, que sea necesario para el
desarrollo de las actividades educativas.
g) Mantener a disposición del programa un vehículo de servicio en cada pueblo de
acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
h) Suscribir una póliza de seguro de accidentes y responsabilidad civil que dé
cobertura tanto a los alumnos participantes como a sus profesores acompañantes, así
como al personal adscrito al PRUEPA.
i) Elaborar en colaboración con las administraciones competentes, las memorias
anuales de seguimiento y evaluación del PRUEPA de cada uno de los pueblos, que
pondrá a disposición y conocimiento de todas las partes.
Corresponde al OAPN:
a) Mantener y optimizar los recursos materiales dependientes del OAPN y que
actualmente se aportan en los pueblos de Granadilla y Umbralejo para el correcto
funcionamiento del PRUEPA, desarrollando los planes de actuación e intervención que
resulten precisos.
b) Informar a las partes actuantes del Convenio sobre el desarrollo de los planes de
actuación e intervención en las instalaciones facilitando su correcta coordinación con las
acciones educativas del PRUEPA.
c) Mantener a disposición del programa, el personal especializado necesario en los
pueblos de Granadilla y Umbralejo para la coordinación del PRUEPA.
d) Facilitar el uso de los espacios e instalaciones de los pueblos para la estancia y
el trabajo del personal perteneciente al Ministerio de Educación y Formación Profesional,
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, cuya actividad sea necesaria
para el óptimo desarrollo del programa.
e) Diseñar e impartir un programa de actividades y talleres en el ámbito de la
educación ambiental y el desarrollo sostenible.
cve: BOE-A-2022-17252
Verificable en https://www.boe.es
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