III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-17252)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Organismo Autónomo Parques Nacionales, para el desarrollo del programa de recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados en Umbralejo (Guadalajara) y Granadilla (Cáceres).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Viernes 21 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 144323

f) Aportar al Ministerio de Educación y Formación Profesional la información sobre
las actuaciones realizadas en el año para el seguimiento y evaluación del PRUEPA, para
su incorporación en la memoria prevista en el apartado 1.i) anterior.
g) Difundir, en colaboración con los ministerios firmantes, la información relativa al
PRUEPA y promover anualmente al menos una actividad formativa, de reciclaje
profesional e intercambio de experiencias para todo el personal que compone los
equipos de los pueblos abandonados.
3.

Corresponde al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:

a) Colaborar técnica y financieramente en la rehabilitación de construcciones
mediante convocatorias de concurso de proyectos y posterior ejecución de las obras que
sirvan para llevar a cabo las rehabilitaciones.
b) Difundir las actuaciones realizadas en el marco del PRUEPA.
4. Corresponde al MEFP y al OAPN:
a) Diseñar y financiar un sistema de inspección, vigilancia y mantenimiento de los
edificios que sirva a su correcta conservación.
b) Definir, coordinar y ejecutar actividades de mantenimiento y conservación de las
dependencias, instalaciones, bienes y equipamientos.
c) Fijar los criterios para compartir gastos corrientes generados en ambos pueblos
en el seno de la Comisión Interinstitucional establecida en la cláusula séptima.
Tercera.

Utilización de los pueblos de Granadilla y Umbralejo.

El OAPN podrá realizar las actuaciones en infraestructuras y equipamientos que
considere necesarios en los pueblos de Granadilla y Umbralejo, así como desarrollar
otros usos ajenos al PRUEPA siempre que no afecten al desarrollo de este. Comunicará
a las partes las actuaciones que vaya a realizar y la estimación de su calendario,
asumiendo el compromiso de que estos otros usos no perjudiquen el buen desarrollo del
PRUEPA.
Los bienes muebles y equipamientos aportados por el Ministerio de Educación y
Formación Profesional para otros usos diferenciados del PRUEPA podrán utilizarse
siempre que se cuente con la necesaria autorización, estén relacionados con actividades
organizadas por el OAPN o por otras instituciones o administraciones educativas en el
marco de sus competencias y funciones, tales como programas con escolares o con
población del ámbito de los pueblos.
Cuarta. Desarrollo temporal del Programa de Recuperación y utilización educativa de
pueblos abandonados.

Quinta.

Difusión.

La difusión mediante publicaciones de los resultados obtenidos, en su caso, o
cualquier otra información pública derivada del PRUEPA, deberá indicar expresamente la
participación de todas las partes como patrocinadoras conjuntas del proyecto, incluyendo
sus correspondientes identificadores institucionales.

cve: BOE-A-2022-17252
Verificable en https://www.boe.es

La participación en el PRUEPA, tendrá lugar anualmente durante un máximo de 21
semanas durante el periodo lectivo (primavera y otoño) y 5 semanas durante los meses
de verano. Para las tareas de preparación de la actividad y la posterior evaluación del
programa por parte de los equipos de los pueblos se establecerá anualmente un
calendario de trabajo aprobado por la Comisión Interinstitucional de seguimiento que se
incluirá en las instrucciones de coordinación.