III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-17224)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Granada n.º 6 a inscribir una escritura de declaración de obra nueva y división horizontal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 143805

Así, los anejos inseparables atribuidos al elemento número dos del edificio destinado
a hotel, finca 9.457, fueron, en primer lugar, una participación indivisa de 85,026% de
otra participación indivisa de 0,622% del elemento número dos del edificio «zona de
aparcamiento», constitutivo de la finca 7.609, sito en el nivel -3, que se concreta en «el
uso y disfrute de una dependencia aún sin destino determinado, que mide 149,55 metros
cuadrados» de la finca 7.609. Y, en segundo lugar, una participación indivisa de 27,436%
del elemento número tres del referido edificio «Zona de aparcamiento», constitutivo de la
finca 7.610, sito en el nivel -2, que se concreta en «el uso y disfrute de: a) El local
guardaesquís, con superficie de 499,74 metros cuadrados, (…). Este local representa
el 2,152% de dicha participación indivisa. b) Las 147 plazas de garaje, situadas todas
ellas en el Sector B de dicho inmueble, siguientes: números 69, 70 (…). Todas estas
plazas de garaje tienen una superficie de 12 metros cuadrados útiles y representa, cada
una, una participación indivisa de 0,172 por ciento».
Esta última escritura de fecha 23 de octubre de 1996 fue objeto de inscripción en el
Registro de la Propiedad de Granada número 6 el día 6 de febrero de 1997. No obstante,
en la finca registral 7.642, consistente en el edificio señalado con el número ocho del
complejo y objeto de la división horizontal, se hizo constar, en el acta de inscripción, lo
siguiente: «(…) Inscribo el pleno dominio del edificio descrito, como obra nueva realizada
sobre esta finca, y su ordenación en Régimen de Propiedad Horizontal, a favor de
Promonevada S.A. Así resulta del Registro y de copia de una escritura otorgada en
Granada el veintitrés de octubre de mil novecientos noventa y seis ante su Notario Don
Eusebio Caro Aravaca; que en unión de un testimonio de diligencia aclaratoria (…), en
unión de instancia suscrita por los citados apoderados de Promonevada S.A. el día 14 de
enero de 1997, firmas legitimadas; por cuya instancia se solicita la inscripción de la
citada escritura, con excepción de los anejos inseparables que en la misma se les
asignan a los dos inmuebles horizontales independientes, constituidos por
participaciones indivisas de otras fincas propiedad de Promonevada S.A.. La citada
instancia queda archivada. Granada a seis de febrero de mil novecientos noventa y
siete».
Tales anejos no se hicieron constar tampoco en la descripción registral del elemento
creado número dos de dicho edificio, finca 9.457, que, actualmente, de conformidad con
la última inscripción de 22 de noviembre de 2021, es titularidad de «Inversiones Galdana,
S.L.».
Sin embargo, por nota marginal de fecha 18 de diciembre de 1998, practicada al
margen de la inscripción 1.ª de la finca 7.610, se hizo constar lo siguiente: «(…) Queda
inscrito en este folio registral la participación indivisa restante de la finca, después de
todas las transmisiones que han tenido acceso al Registro, de veintisiete enteros
ochocientas noventa y nueve milésimas por ciento, en favor de Promonevada S.A.
correspondiéndose esta participación indivisa restante con lo siguiente: 147 plazas de
aparcamiento normales, que representan el veinticinco enteros doscientas ochenta y
cuatro milésimas por ciento, adscritas todas ellas al Hotel (…), Nivel -2, y que son las
señaladas en el Sector B, bajo los números siguientes: De la 69 a la 75, (…). Cada una
de estas plazas de aparcamiento representa una participación indivisa de 0,172%. Un
local guardesquí en el Sector C, adscrito al Hotel (…), con superficie de cuatrocientos
noventa y nueve metros y setenta y cuatro decímetros cuadrados, que linda (…). Este
local representa una participación indivisa de 2,152%. (…)».
II
Presentada el día 15 de noviembre de 2021 la escritura de fecha 23 de octubre
de 1996, junto con una instancia solicitando la inscripción de los anejos inseparables «de
la finca número 2 que pertenecen a las fincas 7.609 y 7.610», en el Registro de la
Propiedad de Granada número 6, fue objeto, el día 22 de noviembre de 2021, de nota de
calificación negativa.

cve: BOE-A-2022-17224
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Núm. 253