III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-17143)
Resolución 420/38396/2022, de 14 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consejo Andaluz de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, para el desarrollo de actividades que complementen la formación e impulsen el aprovechamiento de las capacidades profesionales del personal militar fomentando su incorporación al ámbito laboral civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252

Jueves 20 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 143047

persona en quien delegue, y otro perteneciente a la Delegación de Defensa en
Andalucía.
b) Por parte del Consejo Andaluz de Cámaras, dos representantes que serán
designados por la Dirección Gerencia entre el personal de la Corporación.
La comisión mixta será el órgano encargado de la potenciación, seguimiento y
evaluación de las acciones derivadas de este convenio, así como del arbitraje en caso
de conflicto.
A dicha comisión podrán incorporarse los técnicos que las partes consideren
oportuno, según los temas a tratar.
Esta comisión mixta deberá reunirse una vez al año, y cuando alguna de las partes lo
solicite.
Los acuerdos de la comisión mixta se adoptarán por mayoría. En caso de empate, el
miembro de la comisión que ostente el cargo de presidente tendrá voto de calidad.
Octava.

Protección de datos de carácter personal.

Las partes tendrán la consideración de responsables del tratamiento de los datos que
recaben, en relación con las competencias que ejercen; pudiéndose producir una
comunicación de datos entre las mismas, en orden al cumplimiento del objeto del
convenio y de las funciones de interés público que tienen encomendadas, de
conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en
lo que respecta al tratamiento de datos personales y a su libre circulación y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante, RGPD), y disposiciones equivalentes de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales (LOPDGDD) y se comprometen a tratarlos con la finalidad
exclusiva de cumplimiento de lo dispuesto en ellos.
Ambas partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación,
con las obligaciones y deberes relativos al tratamiento de datos personales en virtud de
lo dispuesto en ambas normas, especialmente:

1.º Informar a los titulares de los datos personales de las características del
tratamiento que, en el marco del convenio, se llevará a cabo.
2.º Incorporar las actividades de tratamiento de datos de personales que se
realicen con objeto del convenio a los Registros de Actividades de Tratamiento (RAT) de
cada una de las partes intervinientes.
3.º Implantar las medidas técnicas y organizativas que garanticen la seguridad,
integridad y confidencialidad de los datos de carácter personal y eviten su alteración,
pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Además, informarán a los trabajadores que
estén legitimados para prestar los servicios de acuerdo con lo dispuesto en el convenio,
de las obligaciones contenidas en esta cláusula y les exigirán su cumplimiento. En
particular, deberán advertirles del carácter confidencial de los datos y de su
responsabilidad, en caso de divulgarla ilícitamente.

cve: BOE-A-2022-17143
Verificable en https://www.boe.es

a) El tratamiento de los datos personales que realicen las partes en el marco del
convenio se limitará a las actuaciones necesarias para desempeñar correctamente los
servicios en él determinados. Las partes se comprometen a guardar secreto respecto de
los datos personales que traten en aplicación del convenio, a efectuar dicho tratamiento
de acuerdo con lo dispuesto en él y, en todo caso, con las normas legales y
reglamentarias aplicables.
b) Los datos personales no se cederán ni se comunicarán a terceros, salvo cuando
se cedan a encargado de tratamiento legitimado o cuando la cesión tenga lugar
conforme a la legalidad.
c) Las partes intervinientes en el convenio asumen los compromisos de: