III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-17143)
Resolución 420/38396/2022, de 14 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consejo Andaluz de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, para el desarrollo de actividades que complementen la formación e impulsen el aprovechamiento de las capacidades profesionales del personal militar fomentando su incorporación al ámbito laboral civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252

Jueves 20 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 143048

4.º Implantar los mecanismos de prevención, comunicación y resolución de las
violaciones de la seguridad de los datos personales que pudieran producirse.
5.º Establecer el mecanismo de respuesta al ejercicio por parte de los titulares de
los datos personales de los derechos que derivan de la normativa de protección de datos
personales.
d) Los titulares de los datos personales podrán ejercitar frente a, y en contra de,
cada uno de los responsables, los derechos de acceso, rectificación, supresión y
portabilidad de los datos personales, y de limitación u oposición al tratamiento. Las
partes se comprometen a trasladarse de forma inmediata las solicitudes y/o resoluciones
emitidas a este respecto
e) Cada parte será considerada responsable del tratamiento de datos de carácter
personal y responderá como tal de las infracciones en que hubiese incurrido, en el caso
de que los destine a otra finalidad distinta de la establecida en este convenio, los
comunique a terceras personas, vulnere el deber de guardar secreto sobre ellos o los
utilice indebidamente en contravención de lo dispuesto en la normativa sobre protección
de datos personales, a fin de garantizar al perjudicado la indemnización efectiva, sin
perjuicio de lo previsto en el artículo 82.5 del RGPD europeo.
f) En caso de que se produzca una violación de la seguridad de los datos
personales, el corresponsable afectado trasladará de inmediato la comunicación a la otra
parte y, en su caso, a la Agencia Española de Protección de Datos y al propio interesado
conforme a lo dispuesto en los artículos 33 y 34 RGPD y artículos equivalentes de la
LOPD.»
g) Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán
validez durante la vigencia del convenio y de sus prórrogas.
Novena.

Legislación aplicable.

Este convenio se suscribe de conformidad con lo dispuesto en el título preliminar,
capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir, sin perjuicio de las facultades de la
comisión mixta para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del
convenio, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Décima.

Modificación del convenio.

La modificación del convenio se realizará mediante adenda, por acuerdo unánime de
los firmantes.
Vigencia.

Con arreglo a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el
convenio se perfeccionará a la fecha de su firma, y resultará eficaz una vez inscrito, en el
plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la
disposición adicional séptima de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, será
publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial
del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la
comunidad autónoma
Su plazo de vigencia será de cuatro años, siendo prorrogable por un período de
cuatro años adicionales si así lo acuerdan las partes de forma expresa y por escrito,
mediante la suscripción de la correspondiente adenda de prórroga al convenio con una
antelación mínima de tres meses a la finalización del plazo de vigencia.

cve: BOE-A-2022-17143
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.