I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2022-17040)
Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del "Plan + seguridad para tu energía (+SE)", así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 141774

facilite su comprensión. Por otra parte, Reglamento (UE) 2022/1369 del Consejo de 5 de
agosto de 2022 sobre medidas coordinadas para la reducción de la demanda de gas,
aboga por la reducción voluntaria de la demanda de gas natural en los diferentes
Estados Miembros, para hacer frente a una situación de graves dificultades en el
suministro de gas natural a Europa. A través de la modificación del citado real decreto se
establece la obligatoriedad para los comercializadores de informar sobre el consumo del
consumidor en comparación con los consumidores de mismo código postal y escalón de
peaje, así como incluir un enlace al comparador de ofertas de la CNMC (medida 7 del
Plan +SE). Esta medida favorecerá la reducción del consumo de gas natural
voluntariamente por parte de los consumidores y favorecerá la competencia entre
comercializadoras facilitando el acceso a la información sobre tarifas al consumidor.
Asimismo, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 la aplicación de las medidas
de flexibilización de contratos de suministro de gas natural para proteger al sector
industrial ante el incremento de precios, previstas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre (medida 49 del Plan +SE). El plazo de
aplicación de esta medida ya fue ampliado, hasta el 31 de diciembre de 2022, mediante
el apartado 14 del artículo 1 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se
adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias
económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de
vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla
de La Palma. Adicionalmente se amplía el ámbito subjetivo de esta flexibilización a los
puntos de suministro de gas natural titularidad de autónomos, con objeto de reforzar la
protección a este colectivo, independientemente de su consumo.
III
Por otro lado, por medio de este real decreto-ley se aprueba una nueva batería de
medidas pertenecientes al sector eléctrico que trata de abordar la actual crisis energética
desde una faceta omnicomprensiva, actuando sobre el mercado minorista de
electricidad, y con especial énfasis en aquellos colectivos en situación de vulnerabilidad
energética, reimpulsando el autoconsumo como fórmula de empoderamiento de los
consumidores finales, y articulando medidas temporales para aprovechar las máximas
capacidades actuales de producción renovable que logren reducir la dependencia de los
combustibles fósiles para la producción de energía eléctrica en el territorio nacional.
Así, por un lado, la extraordinaria situación de escalada de precios hace necesario
continuar la senda iniciada meses atrás centrando esfuerzos y recursos en seguir
reforzando la cobertura al colectivo de consumidores en situación de vulnerabilidad
energética, máxime con la llegada del invierno (medida 45 del Plan +SE).
Y es que en un contexto como el actual, caracterizado por el alza de precios
energéticos y el encarecimiento de bienes y servicios, se pone de manifiesto la
necesidad de incrementar los esfuerzos para aliviar la factura eléctrica de los hogares
más vulnerables, que, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 897/2017,
de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y
otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica,
para tener acceso al descuento en factura que supone el bono social eléctrico, deben
suscribir, con carácter previo, el contrato de suministro de energía eléctrica al precio
voluntario al pequeño consumidor (PVPC). El PVPC, regulado en el Real
Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por la que se establece la metodología de cálculo de
los precios voluntarios para el pequeño consumidor y su régimen jurídico de
contratación, recoge fielmente la variación horaria del precio de la energía del mercado
diario e intradiario y de los mercados de ajuste, por lo que los consumidores acogidos a
esta modalidad de contratación están experimentando directamente en sus facturas de
electricidad la escalada de los precios mayoristas de electricidad.
Además, debe recordarse que, de manera general, los consumos de los hogares más
vulnerables son superiores a los consumos medios, al ser más intensivos en el uso de la

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Núm. 251