III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-16964)
Resolución de 22 de julio de 2022, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cádiz, para el desarrollo de una formación en alternancia.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249

Lunes 17 de octubre de 2022
Duodécima.

Sec. III. Pág. 141259

Responsabilidades y seguros.

La UCA concertará una póliza de responsabilidad civil para cubrir los daños que el
alumnado pueda ocasionar por la realización del proyecto formativo en la APBC.
Ni la Universidad ni el alumnado en formación serán responsables de los eventuales
daños cuando se deriven de órdenes o instrucciones dadas por el tutor o tutora de la
APBC que no figuren en el proyecto formativo.
El alumnado menor de veintiocho años, tanto español como europeo o extranjero con
permiso de residencia, está cubierto por el seguro escolar.
Decimotercera.
estudio.

Derechos de propiedad intelectual e industrial de los trabajos fin de

El Trabajo Fin de Máster es un trabajo protegido por la Ley de Propiedad Intelectual
y, en consecuencia, la titularidad de tales derechos corresponderá, en principio, a quien
lo haya realizado.
Decimocuarta.

Protección de datos del alumnado.

Los datos del alumnado que desarrolla el programa de formación mediante itinerarios
formativos en alternancia en la APBC deberán ser utilizados por la misma a los
exclusivos fines del presente convenio.
Ambas partes se comprometen además a cumplir estrictamente las exigencias
impuestas en este ámbito por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y
demás normas concordantes.
Decimoquinta.

Seguimiento y evaluación para mantener la participación de la APBC.

El órgano de la UCA responsable de la titulación, al finalizar cada curso académico,
realizará los siguientes procedimientos de seguimiento y evaluación para mantener la
participación de la APBC en el programa de formación en alternancia:
a) Valorará el cumplimento de las obligaciones adquiridas con la firma del presente
convenio, por parte de la APBC.
b) Valorará la participación activa de los y las representantes de la APBC en
aquellas funciones asignadas a la Comisión Mixta.
c) Se tendrá especial atención al cumplimento de los plazos en la entrega de los
informes a la Universidad, así como a la formalización de los certificados solicitados por
parte del alumnado.

El presente convenio tendrá una duración de cuatro años. En cualquier momento,
antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar
unánimemente su prórroga por un periodo máximo de hasta cuatro años adicionales, en
cumplimiento de lo previsto en el artículo 49.h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Igualmente, cualquiera de las partes podrá solicitar, a través de la Comisión Mixta, la
rescisión anticipada del programa de formación en alternancia por la imposibilidad de
llevar adelante las actividades programadas. En tal caso hará efectiva dicha rescisión
mediante resolución escrita en un plazo no superior a cinco días desde la recepción de
dicha solicitud, sin que ello origine ningún tipo de indemnización.
Tras los trámites previos y preceptivos establecidos en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, el presente convenio se perfeccionará tras su firma, adquiriendo eficacia

cve: BOE-A-2022-16964
Verificable en https://www.boe.es

Decimosexta. Vigencia.