III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-16964)
Resolución de 22 de julio de 2022, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cádiz, para el desarrollo de una formación en alternancia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249

Lunes 17 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 141260

una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO).
Una vez adquirida su eficacia tras su inscripción en el REOICO, el convenio deberá
publicarse en el plazo de diez días en el «Boletín Oficial del Estado».
Decimoséptima.

Modificación y extinción del convenio.

El convenio podrá ser modificado por acuerdo de las partes mediante la tramitación
de la correspondiente adenda modificativa al convenio de acuerdo con lo regulado en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su
objeto o por incurrir en cualquiera de las causas de resolución previstas en el apartado 2
del artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes que diera lugar a la resolución del convenio, cada una de las
partes deberá realizar las prestaciones a su cargo hasta el fin del trimestre natural en
que se produzca la resolución del convenio.
Decimoctava.

Régimen de interpretación del convenio y resolución de controversias.

El presente convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose en su interpretación
y desarrollo por el ordenamiento jurídico administrativo aplicable y, en especial, por la
Ley 40/2015 de 1 de octubre.
Los problemas que se puedan plantear por el presente convenio o su ejecución serán
resueltos por la Comisión Mixta prevista en la cláusula segunda del presente convenio.
Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Igualmente, las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier
diferencia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio en el
seno de la Comisión Mixta.
La resolución de las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente
convenio se someterá a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes intervinientes firman el
presente convenio para la formación en alternancia por duplicado ejemplar en el lugar y
la fecha señalados en el encabezamiento.–Por la Universidad de Cádiz, Francisco
Piniella Corbacho, Rector Magnífico.–Por la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz,
Teófila Martínez Saiz, Presidenta.
ANEXO 0
Composición de la Comisión Mixta
En virtud de lo dispuesto en la cláusula Segunda del convenio, la Comisión Mixta de
seguimiento del mismo está formada por los siguientes miembros:

• ..........................................................................................
• ..........................................................................................
– Por la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz:
• El Director de Recursos Humanos: ....................................................
• El Jefe de Desarrollo de Recursos Humanos: ...............................................

cve: BOE-A-2022-16964
Verificable en https://www.boe.es

– Por la Universidad de Cádiz: