III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-16811)
Resolución de 8 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Sevilla n.º 6, por la que se suspende la cancelación de una anotación preventiva de embargo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 14 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 140034

A las 18 horas del día 22 de marzo de 2022, mi mandante adquirió libre de cargas la
finca descrita a la entidad Dagecar Automoción S.L.U mediante Escritura Pública de
Compraventa del Notario Don Eduardo Ballester Vázquez con el Número Mil Cincuenta y
Seis de su Protocolo, finca con Referencia catastral n.º 3749801TG3534N0020HG
inscrita en el Registro de la Propiedad de Sevilla N.º 6, al Tomo 1644, Libro 262 de Alcalá
del Rio, Folio 52, finca número 10580 (CRU 41024000617690), Inscripción 12.ª Al objeto
de acreditar lo dicho, se aporta Escritura de Compraventa de 22 de marzo del corriente
en la que consta literalmente “Comprobación de Titularidad y Cargas. De conformidad
con el artículo 175.2.º del Reglamento Notarial he solicitado información registral
continuada y se me ha proporcionado a mí el Notario, por el Registro de la Propiedad
directamente el día 18 de marzo de dos mil veintidós, que tengo a la vista y, después de
enteradas las partes de su contenido, dejo unida a esta matriz como documentación
unida. Dicha información resulta que la titularidad invocada por la parte transmitente es
real y se encuentra, al margen de afecciones fiscales, libre de cargas. Advierto yo, el
Notario, que el contenido de los Libros Registrales, de la que es traslado la nota referida
se presume exacto y vigente...” (…)
En la nota simple de 18 de marzo de 2022 anexa a la escritura pública de
compraventa aportada, amén de las afecciones fiscales, no consta ninguna carga. En
dicha nota simple, se manifiesta literalmente en el apartado de observaciones:
“Documentos relativos a la finca presentados y pendientes de despacho, vigente asiento
de presentación, al cierre del Libro Diario del día anterior a la fecha de expedición de la
siguiente nota: No hay documentos pendientes de despacho. Informaciones Pendientes:
Notas fax Pendientes sobre esta finca: No hay peticiones pendientes de información
vigentes sobre esta finca. Notas simples pendientes sobre esta finca: No hay peticiones
de notas simples pendientes sobre esta finca. Certificaciones pendientes sobre esta
finca. No hay certificaciones pendientes sobre esta finca. Informaciones remitidas en
los 10 días naturales anteriores: No hay notas de esta finca remitidas en este plazo” (…)
Una vez que se firma la escritura de compraventa de la reseñada finca, la notaría
envía a las 19’33 horas por correo electrónico al Registro de la Propiedad N.º 6 de
Sevilla “Comunicación Registral de Asiento de Presentación” con Entrada N.º 1477 de la
referida escritura de compraventa. Al ser enviada en horario inhábil dado que el Registro
cierra a las 17 horas, dicha comunicación registral le asigna el Registro de la Propiedad
N.º 6 de Sevilla el día 23 de marzo de 2022 el Asiento de Presentación N.º 329 y el
Diario n.º 100 emitiendo dicho Registro de la Propiedad N.º 6 de Sevilla “Comunicación
Registral Fehaciente de Asiento de Presentación” (…)
Cuando se recoge la copia autorizada de la mencionada escritura de compraventa
de 22 de marzo de 2022 se procede por mi mandante a la preceptiva confección y pago
del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (Modelo 600) en la Agencia Tributaria de
Andalucía el día 7 de abril de 2022 para presentar dicha escritura de compraventa ante
el Registro de la Propiedad N.º 6 de Sevilla (…)
El día 8 de abril de 2022 presenta mi mandante la escritura de compraventa de 22 de
marzo de 2022 de la referida nave ante el Registro de la Propiedad N.º 6 de Sevilla,
donde que manifiestan que tardarán 15 días hábiles en despachar dicha escritura de
compraventa (…)
El día 26 de abril de 2022 procede mi mandante a recoger la escritura de
compraventa de 22 de marzo de la referida nave en el Registro de la Propiedad N.º 6 de
Sevilla, con la sorpresa de que le manifiestan que dicha finca tiene un embargo, finca
que mi mandante adquirió libre de cargas (…)
Es evidente que dicho embargo no estaba inscrito el 22 de marzo de 2022 cuando mi
mandante adquiere dicha finca, tal como consta dicha finca libre de cargas en nota
simple de 18 de marzo de 2022 en la cual que pone que no hay documentos pendientes
de despacho en el apartado de “Documentos relativos a la finca presentados y
pendientes de despacho, vigente asiento de presentación, al cierre del Libro Diario del
día anterior a la fecha de expedición de la siguiente nota. Dicho embargo es nulo.

cve: BOE-A-2022-16811
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Núm. 247