III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-16821)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Andarríos Solar, de 62 MWp, y de su infraestructura de evacuación en la provincia de Valladolid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 14 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 140392
hacer alegación alguna en tanto en cuanto se cumplan las medidas preventivas y
correctoras que establece el proyecto.
Agua.
El proyecto se emplaza en la Demarcación Hidrográfica del Duero y dentro de esta,
el área de estudio, en el Páramo de Torozos. La planta se asienta sobre la masa de agua
subterránea denominada «Páramo de Torozos» (n.º de masa de agua 400032), acuífero
kárstico libre y colgado de origen sedimentario.
Según el EsIA, en fase de ejecución, podría tener lugar la alteración de la calidad del
agua superficial y/o subterránea por vertidos accidentales procedentes de la maquinaria.
En fase de explotación, se estima que se producirán impactos positivos por el cambio de
uso del suelo con la consiguiente mejora de la calidad de las aguas al disminuir el aporte
de fitosanitarios y plaguicidas.
Para minimizar los efectos negativos se han previsto medidas descritas en el
apartado de suelos, que también serán aplicables a este punto, como la limitación de los
movimientos de tierra, evitar áreas con pendiente superior al 10-15%, instalación de
parques de maquinaria y acopios de obra fuera de zonas sensibles y actuaciones de
descompactación y revegetación tras las obras en aquellas zonas que lo necesiten.
La Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) presenta un amplio informe que
contiene una serie de consideraciones técnicas y normativas. Además, recoge algunos
aspectos a completar por parte del promotor como el establecimiento de las medidas
necesarias para la retención de sólidos durante los movimientos de tierras, para reducir
al mínimo el riesgo de contaminación de las aguas superficiales y las medidas de
impermeabilización de las zonas en las que se ubiquen las instalaciones auxiliares y
parques de maquinaria para para evitar la contaminación de las aguas superficiales y
subterráneas. Por otro lado, la CHD considera que se debe tener en cuenta que todos
los impactos en el suelo también van a tener una repercusión negativa sobre la
hidrología, lo que podría afectar de forma significativa a las aguas superficiales y
subterránea y que, además, debido a la gran proliferación de plantas solares
fotovoltaicas en el entorno del Nudo de «La Mudarra», se deberán tener en cuenta las
posibles sinergias y efectos acumulativos con respecto a la variable hidrológica. El EsIA
deberá realizar un análisis detallado de las afecciones a otras Zonas protegidas de la
Directiva Marco del Agua y deberá recoger la evaluación de repercusiones sobre los
objetivos ambientales de las masas de agua afectadas, así como recoger en su Plan de
Vigilancia Ambiental, las acciones necesarias para controlar los impactos sobre la
hidrología y la hidrogeología.
El Promotor muestra conformidad con las medidas señaladas por la CHD y se
compromete a establecer las medidas necesarias para la retención de sólidos previa a la
evacuación de las aguas de escorrentía superficial, así como otras posibles medidas
para reducir al mínimo el riesgo de contaminación de las aguas superficiales.
La CHD, tras analizar la respuesta del promotor, muestra su conformidad con el
proyecto, aunque señala que este informe no exime de cualquier autorización o
concesión que competa otorgar a esta Confederación Hidrográfica en aplicación de la
legislación vigente en materia de su competencia. Asimismo, cualquier obra en cauce o
zona de policía requerirá de la correspondiente autorización de esta Confederación
Hidrográfica, así como de autorización de vertido en caso de que éste se realice al
dominio público hidráulico.
En la adenda presentada por el promotor, tras el requerimiento de información
adicional por parte del O.A, se incluye el análisis de los efectos del proyecto sobre el
factor hidrología como posible impacto significativo, se evalúan los efectos sobre los
objetivos ambientales de las masas de agua afectadas, y se incluye en el estudio de
sinergias del nudo «La Mudarra» el análisis de los impactos sinérgicos producidos sobre
la hidrología y la hidrogeología de la zona. Los resultados de estos nuevos análisis
concluyen que el impacto del proyecto sobre la hidrología y la hidrogeología se considera
cve: BOE-A-2022-16821
Verificable en https://www.boe.es
b.7)
Núm. 247
Viernes 14 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 140392
hacer alegación alguna en tanto en cuanto se cumplan las medidas preventivas y
correctoras que establece el proyecto.
Agua.
El proyecto se emplaza en la Demarcación Hidrográfica del Duero y dentro de esta,
el área de estudio, en el Páramo de Torozos. La planta se asienta sobre la masa de agua
subterránea denominada «Páramo de Torozos» (n.º de masa de agua 400032), acuífero
kárstico libre y colgado de origen sedimentario.
Según el EsIA, en fase de ejecución, podría tener lugar la alteración de la calidad del
agua superficial y/o subterránea por vertidos accidentales procedentes de la maquinaria.
En fase de explotación, se estima que se producirán impactos positivos por el cambio de
uso del suelo con la consiguiente mejora de la calidad de las aguas al disminuir el aporte
de fitosanitarios y plaguicidas.
Para minimizar los efectos negativos se han previsto medidas descritas en el
apartado de suelos, que también serán aplicables a este punto, como la limitación de los
movimientos de tierra, evitar áreas con pendiente superior al 10-15%, instalación de
parques de maquinaria y acopios de obra fuera de zonas sensibles y actuaciones de
descompactación y revegetación tras las obras en aquellas zonas que lo necesiten.
La Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) presenta un amplio informe que
contiene una serie de consideraciones técnicas y normativas. Además, recoge algunos
aspectos a completar por parte del promotor como el establecimiento de las medidas
necesarias para la retención de sólidos durante los movimientos de tierras, para reducir
al mínimo el riesgo de contaminación de las aguas superficiales y las medidas de
impermeabilización de las zonas en las que se ubiquen las instalaciones auxiliares y
parques de maquinaria para para evitar la contaminación de las aguas superficiales y
subterráneas. Por otro lado, la CHD considera que se debe tener en cuenta que todos
los impactos en el suelo también van a tener una repercusión negativa sobre la
hidrología, lo que podría afectar de forma significativa a las aguas superficiales y
subterránea y que, además, debido a la gran proliferación de plantas solares
fotovoltaicas en el entorno del Nudo de «La Mudarra», se deberán tener en cuenta las
posibles sinergias y efectos acumulativos con respecto a la variable hidrológica. El EsIA
deberá realizar un análisis detallado de las afecciones a otras Zonas protegidas de la
Directiva Marco del Agua y deberá recoger la evaluación de repercusiones sobre los
objetivos ambientales de las masas de agua afectadas, así como recoger en su Plan de
Vigilancia Ambiental, las acciones necesarias para controlar los impactos sobre la
hidrología y la hidrogeología.
El Promotor muestra conformidad con las medidas señaladas por la CHD y se
compromete a establecer las medidas necesarias para la retención de sólidos previa a la
evacuación de las aguas de escorrentía superficial, así como otras posibles medidas
para reducir al mínimo el riesgo de contaminación de las aguas superficiales.
La CHD, tras analizar la respuesta del promotor, muestra su conformidad con el
proyecto, aunque señala que este informe no exime de cualquier autorización o
concesión que competa otorgar a esta Confederación Hidrográfica en aplicación de la
legislación vigente en materia de su competencia. Asimismo, cualquier obra en cauce o
zona de policía requerirá de la correspondiente autorización de esta Confederación
Hidrográfica, así como de autorización de vertido en caso de que éste se realice al
dominio público hidráulico.
En la adenda presentada por el promotor, tras el requerimiento de información
adicional por parte del O.A, se incluye el análisis de los efectos del proyecto sobre el
factor hidrología como posible impacto significativo, se evalúan los efectos sobre los
objetivos ambientales de las masas de agua afectadas, y se incluye en el estudio de
sinergias del nudo «La Mudarra» el análisis de los impactos sinérgicos producidos sobre
la hidrología y la hidrogeología de la zona. Los resultados de estos nuevos análisis
concluyen que el impacto del proyecto sobre la hidrología y la hidrogeología se considera
cve: BOE-A-2022-16821
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