III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Documentación administrativa. (BOE-A-2022-16816)
Resolución de 4 de octubre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se autoriza la eliminación de series documentales comunes de la Administración General del Estado existentes en los archivos del Departamento y sus Organismos Públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

N.º dictamen
y código de
propuesta CSCDA

57/2021
GTSC/9/2021‐8

58/2021
GTSC/9/2021-9

Viernes 14 de octubre de 2022

Serie documental (años extremos) // Productor

Sec. III. Pág. 140344

Dictamen CSCDA

Favorable a la eliminación total a los 2/5 años.
Modificación del dictamen 16/2018 para adaptar los
calendarios de conservación de procedimientos de
gasto incluyendo un plazo ad hoc de conservación
más limitado para los ejemplares de las cuentas de
Unidades periféricas/en el Exterior, cuyos originales
son enviados a Unidades centrales para archivo y
Expedientes económicos de gasto. Gastos corrientes en
fiscalización: plazo de 2 años (alegaciones ID 18
bienes y servicios: reparaciones, mantenimiento y
meses + plazo de precaución).
conservación (21) (1940‐[…]) // Unidades de
Eliminación total:
administración financiera y gestión económica; unidades
– Transcurridos 5 años.
con capacidad de contratación y gestión de gasto.
– Transcurridos 2 años (alegaciones ID 18 meses +
plazo precaución): ejemplares de las cuentas de
Unidades periféricas /en el Exterior (cuyos originales
son enviados a Unidades centrales para archivo y
fiscalización).
Muestreo: 1 expediente por año.
Acceso: parcialmente restringido.

Subvenciones de concesión directa (procedimientos
especiales) (Incluyendo expedientes económicos y
cuentas justificativas de gasto correspondientes a este
procedimiento) ([1940]-[…]) // Órganos competentes
para la gestión y concesión de subvenciones de los
Ministerios y Organismos Públicos.

Favorable a la aplicación de 3 Reglas:
Reglas de conservación:
Regla 1. Subvenciones que no tienen valores
informativos a largo plazo (valores informativos
recogidos en las fuentes de acceso público y/o
recapitulativas: BOE y BNDS):
Eliminación total a los 15 años (20 años en los casos
en los que el convenio de colaboración o la resolución
de concesión exige la constitución de garantías)
contados a partir de:
– Resolución firme de concesión de la subvención.
– Último ejercicio comprendido (en el caso de ayudas
plurianuales).
Muestreo: Conservación de, al menos, un expediente
de cada convocatoria como muestra testimonial.
Eliminación total a los 5 años.
– Informes, recursos, publicaciones de disposiciones
en BOE, etc. y otros testimonios parciales del trámite
en los archivos de otros órganos que intervienen en el
procedimiento de subvención distintos del órgano
gestor de la subvención o de gestión económica.
Regla 2. Subvenciones que cuyos valores informativos
a largo plazo son susceptibles de conservación por:
Eliminación parcial a los 15/20 años.
– Eliminación de 4 convocatorias de cada 5 a los 15
años (20 años en los casos en los que la convocatoria
exija la constitución de garantías) contados a partir de:
• Resolución definitiva de la orden de subvención en
cualquier instancia sin posibilidad de recurso.
• Último ejercicio comprendido (en el caso de ayudas
plurianuales).
Muestreo: Conservación de una convocatoria completa
de cada cinco años como muestra.
Regla 3. Subvenciones cuyos valores informativos a
largo plazo no son susceptibles de conservación por
muestreo.
Conservación permanente
Acceso: parcialmente restringido y de especial
publicidad.

Plazo de
conservación
(años)

5/2

15/20/5

cve: BOE-A-2022-16816
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 247