III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-16824)
Resolución de 4 de octubre de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Madrid, para el apoyo técnico en materia de explotación conjunta de la aplicación de gestión museográfica DOMUS e intercambio de información a través de la misma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 14 de octubre de 2022

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j) Colaborar en las tareas de depuración de contenidos de las tablas de control
terminológico de la aplicación DOMUS. Esta colaboración se canalizará por las
siguientes vías:
– Revisión y modificación, en su caso, de los índices de contenido de los campos o
de los términos de los tesauros que se establezcan en la Comisión Técnica de
Seguimiento.
– Participación en las comisiones técnicas que se creen para el seguimiento de
terminología y en la normalización de procesos documentales.
k) Comunicar a la Subdirección General de Museos Estatales la relación de obras y
autores por institución sujetos a derechos de propiedad intelectual que se publican en
CER.ES, indicando aquéllos que estén gestionados por alguna Entidad de Gestión
Colectiva de derechos de propiedad Intelectual.
l) Tramitar la licencia correspondiente a los derechos de comunicación pública en
las bibliotecas digitales (CER.ES, HISPANIA, EUROPEANA) de aquellas obras
pertenecientes a autores no incluidos en los repertorios de las Entidades de Gestión de
Propiedad Intelectual. En el caso de infringir los derechos de propiedad intelectual
reconocidos por la normativa vigente, la responsabilidad, recaerá sobre el proveedor de
contenidos al catálogo colectivo.
En el supuesto de que el Ayuntamiento de Madrid difunda a través de las bibliotecas
digitales señaladas obras huérfanas esta difusión se realizará teniendo en cuenta la
normativa aplicable a este respecto. El proveedor de datos será el responsable de
compensar a los posibles autores en el caso de reclamación de derechos de propiedad
intelectual.
m) El Ayuntamiento de Madrid y cualquiera de las instituciones usuarias, podrán
utilizar E-DOMUS para publicar sus colecciones en los sitios web de su titularidad. La
publicación deberá incluir, en la página web de acceso a las colecciones, los logotipos
del Ministerio de Cultura y Deporte, DOMUS y Red Digital de Colecciones de Museos de
España.
En este caso, el Ayuntamiento de Madrid será responsable de cumplir las
obligaciones de los derechos de propiedad intelectual generados por los bienes
culturales que se publiquen en dicho catálogo a través de E-DOMUS.
Cuarta. Comisión técnica de seguimiento de la red de instituciones usuarias de
DOMUS.
Dado que DOMUS no es una aplicación cerrada, sino que está abierta al desarrollo
de nuevas funcionalidades, así como a la mejora de las ya existentes, y puesto que la
comunidad de usuarios de DOMUS ya cuenta con instituciones de distintas titularidades,
se ha constituido la Comisión Técnica de Seguimiento de la Red de Instituciones
Usuarias de DOMUS, formada por representantes integrantes de esta Red y que
coordina la utilización de la aplicación, el desarrollo del catálogo colectivo de museos, y
propone las nuevas funcionalidades y mejoras a desarrollar en futuras versiones de
DOMUS.
Esta Comisión Técnica podrá crear grupos de trabajo, formados por técnicos de las
administraciones e instituciones implicadas, enfocados a la resolución de los problemas
que se deriven de la explotación y funcionamiento de DOMUS, así como al desarrollo,
actualización y seguimiento de los instrumentos de control terminológico con que cuenta
la aplicación, incluyendo el establecimiento de equivalentes lingüísticos en distintas
lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.
Quinta. Régimen económico.
Del presente convenio no se deriva gasto alguno que suponga financiación del
Ministerio de Cultura y Deporte a la otra parte, ni transferencia de recursos económicos
entre las partes.

cve: BOE-A-2022-16824
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 247