III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-16826)
Resolución de 28 de septiembre de 2022, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., para la realización de una actuación en innovación vinculada a la medicina personalizada y terapias avanzadas, en el marco del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en Salud de Vanguardia y del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 14 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 140480
personales y evitarán su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, para lo
cual se tendrán en cuenta la naturaleza de los datos y los riesgos a que éstos están
expuestos, siendo de aplicación lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y su trasposición a la
legislación española, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así como a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los
derechos digitales.
Decimosexta.
Cláusula sobre buenas prácticas.
El presente convenio se ejecutará conforme a las políticas y procedimientos internos
de Buenas Prácticas del CDTI y del ISCIIII, y de acuerdo con la legislación vigente en
materia de códigos de conducta de la Administración Pública: Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como Ley 3/2015, de 30 de
marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado,
así
Decimoséptima.
Cumplimiento de la normativa laboral y fiscal.
El ISCIII se compromete a cumplir con todas y cada una de las disposiciones legales
en materia fiscal, laboral, de seguridad y salud laboral y de Seguridad Social en relación
con el personal asignado a la prestación de los servicios objeto del presente convenio, y
mantendrá indemne al CDTI en caso de incumplimiento por parte del ISCIII de
cualesquiera de las citadas disposiciones.
Por su parte, el CDTI también se compromete a cumplir con todas y cada una de las
disposiciones legales en materia fiscal, laboral, de seguridad y salud laboral y de
Seguridad Social en relación con el personal asignado a la prestación de los servicios
objeto del presente convenio, y mantendrá indemne al ISCIII en caso de incumplimiento
por parte del CDTI de cualesquiera de las citadas disposiciones.
Decimoctava.
Confidencialidad.
– Preservar el carácter secreto de la información y documentación confidencial
recibida, así como el contenido de las evaluaciones, comprometiéndose a no divulgar o
comunicar a terceros no autorizados el objeto o contenido de esta, ni siquiera de forma
fragmentaria o parcial y a impedir que terceros no autorizados tengan acceso a ella.
– Guardar dicha información, así como cualquier documentación relativa a la misma,
en lugar seguro al que sólo las personas autorizadas tengan acceso, utilizar dicha
información, única y exclusivamente, al objeto perseguido por el presente convenio.
– Tomar todas las medidas que resulten precisas para que sus empleados,
funcionarios, y representantes cumplan con las anteriores obligaciones. Tal deber se
cve: BOE-A-2022-16826
Verificable en https://www.boe.es
Las partes asumen, en la realización de las actividades objeto del convenio, la
obligación de confidencialidad, respecto de toda la información de la contraparte a que
hayan tenido acceso en virtud de su ejecución y que sea considerada como confidencial
por ésta. La obligación de confidencialidad impuesta permanecerá hasta que la
información confidencial adquiera el carácter de dominio público.
Las partes mantendrán la más estricta confidencialidad en el desarrollo de la
actuación conjunta (convocatoria de subvenciones, ficha de la ayuda parcialmente
reembolsable, descriptores, etc.), así como durante todo el proceso para la instrucción,
evaluación de la solicitudes y seguimiento de las ayudas concedidas.
Cualquier divulgación acerca del convenio será consensuada previamente por las
partes.
En particular cada parte se compromete a:
Núm. 247
Viernes 14 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 140480
personales y evitarán su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, para lo
cual se tendrán en cuenta la naturaleza de los datos y los riesgos a que éstos están
expuestos, siendo de aplicación lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y su trasposición a la
legislación española, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así como a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los
derechos digitales.
Decimosexta.
Cláusula sobre buenas prácticas.
El presente convenio se ejecutará conforme a las políticas y procedimientos internos
de Buenas Prácticas del CDTI y del ISCIIII, y de acuerdo con la legislación vigente en
materia de códigos de conducta de la Administración Pública: Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como Ley 3/2015, de 30 de
marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado,
así
Decimoséptima.
Cumplimiento de la normativa laboral y fiscal.
El ISCIII se compromete a cumplir con todas y cada una de las disposiciones legales
en materia fiscal, laboral, de seguridad y salud laboral y de Seguridad Social en relación
con el personal asignado a la prestación de los servicios objeto del presente convenio, y
mantendrá indemne al CDTI en caso de incumplimiento por parte del ISCIII de
cualesquiera de las citadas disposiciones.
Por su parte, el CDTI también se compromete a cumplir con todas y cada una de las
disposiciones legales en materia fiscal, laboral, de seguridad y salud laboral y de
Seguridad Social en relación con el personal asignado a la prestación de los servicios
objeto del presente convenio, y mantendrá indemne al ISCIII en caso de incumplimiento
por parte del CDTI de cualesquiera de las citadas disposiciones.
Decimoctava.
Confidencialidad.
– Preservar el carácter secreto de la información y documentación confidencial
recibida, así como el contenido de las evaluaciones, comprometiéndose a no divulgar o
comunicar a terceros no autorizados el objeto o contenido de esta, ni siquiera de forma
fragmentaria o parcial y a impedir que terceros no autorizados tengan acceso a ella.
– Guardar dicha información, así como cualquier documentación relativa a la misma,
en lugar seguro al que sólo las personas autorizadas tengan acceso, utilizar dicha
información, única y exclusivamente, al objeto perseguido por el presente convenio.
– Tomar todas las medidas que resulten precisas para que sus empleados,
funcionarios, y representantes cumplan con las anteriores obligaciones. Tal deber se
cve: BOE-A-2022-16826
Verificable en https://www.boe.es
Las partes asumen, en la realización de las actividades objeto del convenio, la
obligación de confidencialidad, respecto de toda la información de la contraparte a que
hayan tenido acceso en virtud de su ejecución y que sea considerada como confidencial
por ésta. La obligación de confidencialidad impuesta permanecerá hasta que la
información confidencial adquiera el carácter de dominio público.
Las partes mantendrán la más estricta confidencialidad en el desarrollo de la
actuación conjunta (convocatoria de subvenciones, ficha de la ayuda parcialmente
reembolsable, descriptores, etc.), así como durante todo el proceso para la instrucción,
evaluación de la solicitudes y seguimiento de las ayudas concedidas.
Cualquier divulgación acerca del convenio será consensuada previamente por las
partes.
En particular cada parte se compromete a: