III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-16743)
Resolución de 3 de octubre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación para el Estudio y Mejora de los Salmónidos, para la divulgación, conservación, restauración y mejora del patrimonio natural y la biodiversidad, en el ámbito del río Palancia, mediante acciones de voluntariado y custodia fluvial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246

Jueves 13 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 139666

En todo caso, salvo pacto expreso, las partes se comprometen a realizar las
actuaciones necesarias dirigidas a la finalización de las acciones ya iniciadas. Para ello,
en el momento de la resolución, las partes acordarán un plazo improrrogable para la
finalización de las actuaciones en curso, trascurrido el cual el convenio deberá liquidarse.
Séptima. Entrada en vigor y plazo de vigencia del Convenio.
La duración del presente Convenio será de 4 años. Podrá ser prorrogado por un
máximo de 4 años por acuerdo unánime y expreso de las partes, que deberá ser
formalizado por escrito antes de la expiración del plazo convenido.
La prórroga de los convenios requiere de adenda modificativa tramitada conforme a
los requisitos legalmente establecidos, siendo necesaria la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El presente Convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles
desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días
hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Octava. Naturaleza y régimen jurídico.
El presente Convenio tiene carácter administrativo, siéndole de aplicación lo
establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y en lo no regulado expresamente por los principios
generales del derecho administrativo.
Novena.

Régimen de Protección de Datos, Seguridad y Confidencialidad.

El régimen de protección de datos de carácter personal en las actuaciones que se
desarrollen en ejecución del presente Convenio será el previsto en la en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales y demás normativa de aplicación en materia de protección de
datos.
Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad activa y derecho de acceso
a la información pública previstas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en la Ley 2/2015, de 2
de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana
de la Comunidad Valenciana, las partes se comprometen a respetar la confidencialidad
de la información que se suministre en la ejecución del presente Convenio.
Las actividades deberán citar el marco de este Convenio, siempre que se desarrollen
al amparo de éste.
Para la debida constancia de lo acordado y en prueba de conformidad, las partes
firman este Convenio electrónicamente.–Por la Confederación Hidrográfica del Júcar,
O.A., el Presidente, Miguel Polo Cebellán.–Por la Asociación para el Estudio y Mejora de
los Salmónidos (AEMS-Ríos con Vida), el Presidente, Pedro Miguel Merino Monzonís.

Memoria técnica de los trabajos a desarrollar en el convenio entre la
Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. y AEMS – Ríos con Vida
1. Antecedentes y justificación
La cabecera del río Palancia se considera una zona de alto valor ecológico habiendo
sido propuesta como Reserva Natural Fluvial (RNF) en el borrador del Plan Hidrológico
del Júcar 2022-2027.

cve: BOE-A-2022-16743
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO I