I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2022-16582)
Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 139021

En este sentido, se actualizará el plan de acción formativa en materia de perspectiva
de género y gestión de la diversidad, con especial atención a la lucha contra los
delitos de odio.
Asimismo, en los procesos de ingreso y promoción interna regulados en el reglamento
aprobado por este real decreto serán objeto de evaluación los conocimientos de las
personas aspirantes en materia de perspectiva de género y gestión de la diversidad.
Disposición transitoria primera.

Normativa aplicable a los procesos iniciados.

Aquellos procesos selectivos publicados con anterioridad a la entrada en vigor del
reglamento que aprueba este real decreto se regirán por la normativa vigente en el
momento de publicarse la respectiva convocatoria, fuera cual fuese la fase en la que se
encontrasen, salvo las medidas contenidas en el capítulo VI, que también serán
aplicables a los procesos selectivos ya iniciados desde el mismo día de la entrada en
vigor del reglamento.
Disposición transitoria segunda.

Vigencia de normativa de rango inferior.

Sin perjuicio de lo previsto en la disposición derogatoria única y hasta tanto entren en
vigor las disposiciones necesarias para la ejecución y desarrollo del reglamento que se
aprueba por este real decreto, serán aplicables, en cuanto sean compatibles con el
contenido del mismo, las Órdenes del Ministerio del Interior, de 19 de octubre de 1981, por
la que se aprueba el Reglamento Provisional de la Escuela Superior de Policía, y la de 24
de octubre de 1989, por la que, con carácter provisional, se desarrollan las previsiones
contenidas en el Reglamento de Ingreso, Formación, Promoción y Perfeccionamiento de
Funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía; la Orden del Ministerio de Justicia e Interior,
de 30 de junio de 1995, por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la
promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, y la Orden de 10 de
julio de 1989, por la que se complementan las normas sobre acceso a las plazas de
Facultativos y Técnicos del Cuerpo Nacional de Policía.
Disposición transitoria tercera.

Cómputo de convocatorias.

Se entenderán computadas todas aquellas convocatorias de ascenso agotadas tras
haber participado en la modalidad de antigüedad selectiva conforme a la normativa anterior
a este real decreto. A tal efecto, quien hubiese agotado las tres convocatorias previstas en
el artículo 21.1 del Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo
Nacional de Policía, aprobado por el Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, no podrá ser
admitido o admitida nuevamente al proceso de ascenso por esta modalidad.
Disposición transitoria cuarta.

Validez del curso de actualización profesional.

El cómputo del plazo de los cinco años de validez del curso de actualización
profesional regulado en el artículo 16.2 del reglamento aprobado por este real decreto,
se iniciará el día de la entrada en vigor de dicho reglamento para quienes lo hubieran
realizado con anterioridad a dicha fecha.
Disposición transitoria quinta. Tiempo mínimo de servicios efectivos en la categoría de
Inspector o Inspectora requerido al personal policial que haya ingresado a la Policía
Nacional en la categoría de Inspector o Inspectora por oposición libre.
El tiempo mínimo de siete años de servicios efectivos en la categoría de Inspector o
Inspectora, requerido para poder concurrir a las pruebas de ascenso por la modalidad de
concurso-oposición a la categoría de Inspector Jefe o Inspectora Jefa, conforme a lo
establecido en el artículo 18 del reglamento aprobado por este real decreto para el
personal que haya ingresado en la Policía Nacional en la categoría de Inspector por
oposición libre, se exigirá en el tercer año desde la entrada vigor de dicho reglamento.

cve: BOE-A-2022-16582
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Núm. 245