III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-16494)
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo marco estatal para las empresas organizadoras del juego del bingo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Lunes 10 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 138627
Medidas preventivas correctoras:
– Efectuar y actualizar la Evaluación de Riesgos sobre los puestos específicos de
trabajo.
– Realizar Estudios o evaluaciones específicas de riesgos psicosociales.
– Establecer protocolos de acoso laboral y de Solución de conflictos interpersonales.
– Formar e informar a los trabajadores sobre los riesgos de su puesto de trabajo.
– Formar a los trabajadores en emergencias y realizar simulacros.
– Formación de atención al cliente y resolución de incidencias.
– Tratar de adaptar la iluminación y la intensidad de la luz a la actividad que se
desarrolle.
– Adecuar los parámetros termoambientales a la actividad física.
– Rotación de puestos y tareas.
– Evitar posturas estáticas.
– Prever pausas cortas y frecuentes.
– Adecuar el «puesto al trabajador», no el trabajador al puesto.
– Realizar un mantenimiento adecuado de la Sala (Ventilación, sistema eléctrico
climatización, iluminación, señalización, equipos de detección y protección frente a
incendios)
– Fomentar la comunicación y la participación de los trabajadores en todo lo
relacionado con la prevención de riesgos laborales.
– Promover la motivación del trabajador por la tarea que realiza.
CAPÍTULO SEXTO
Derechos sindicales
Artículo 77.
Derechos sindicales de los trabajadores y trabajadoras.
Todos los representantes de los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a:
– Difundir publicaciones y avisos de carácter sindical en los locales de la empresa,
entre los trabajadores y trabajadoras y fuera de las horas de trabajo.
– Fijar todo tipo de comunicaciones y anuncios de carácter sindical en los tablones
que a tal efecto deberán establecerse y facilitarse por el empresario, dentro de los
locales de la empresa y en lugares que garanticen un adecuado acceso a los mismos de
todos los trabajadores, procurando evitar su ubicación en dependencias de acceso al
público.
– Recaudar las cotizaciones sindicales de los afiliados, así como cualquier otro tipo
de aportaciones con fines sindicales, fuera de las horas de trabajo.
Los trabajadores
sindicales de ámbito
sindical por el tiempo
reserva de su puesto
Libertad Sindical.
Derechos de los comités de empresa y delegados/as de personal.
Los Comités de empresa y los delegados/as de personal, además de las
competencias establecidas en el Estatuto de los Trabajadores, tendrán derecho a:
– Convocar asambleas de los trabajadores y trabajadoras de la empresa, previa
notificación al empresario, en los centros de trabajo y fuera de la jornada laboral.
– Disponer de un saldo de veinte horas mensuales de permiso retribuido para
atender los asuntos de carácter laboral de sus representados previa notificación al
cve: BOE-A-2022-16494
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 78.
y trabajadoras que sean elegidos para desempeñar cargos
sectorial (comarcal, provincial,…), podrán solicitar excedencia
necesario, siendo obligatoria para la empresa su concesión y la
de trabajo, en los términos establecidos en la Ley Orgánica de
Núm. 243
Lunes 10 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 138627
Medidas preventivas correctoras:
– Efectuar y actualizar la Evaluación de Riesgos sobre los puestos específicos de
trabajo.
– Realizar Estudios o evaluaciones específicas de riesgos psicosociales.
– Establecer protocolos de acoso laboral y de Solución de conflictos interpersonales.
– Formar e informar a los trabajadores sobre los riesgos de su puesto de trabajo.
– Formar a los trabajadores en emergencias y realizar simulacros.
– Formación de atención al cliente y resolución de incidencias.
– Tratar de adaptar la iluminación y la intensidad de la luz a la actividad que se
desarrolle.
– Adecuar los parámetros termoambientales a la actividad física.
– Rotación de puestos y tareas.
– Evitar posturas estáticas.
– Prever pausas cortas y frecuentes.
– Adecuar el «puesto al trabajador», no el trabajador al puesto.
– Realizar un mantenimiento adecuado de la Sala (Ventilación, sistema eléctrico
climatización, iluminación, señalización, equipos de detección y protección frente a
incendios)
– Fomentar la comunicación y la participación de los trabajadores en todo lo
relacionado con la prevención de riesgos laborales.
– Promover la motivación del trabajador por la tarea que realiza.
CAPÍTULO SEXTO
Derechos sindicales
Artículo 77.
Derechos sindicales de los trabajadores y trabajadoras.
Todos los representantes de los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a:
– Difundir publicaciones y avisos de carácter sindical en los locales de la empresa,
entre los trabajadores y trabajadoras y fuera de las horas de trabajo.
– Fijar todo tipo de comunicaciones y anuncios de carácter sindical en los tablones
que a tal efecto deberán establecerse y facilitarse por el empresario, dentro de los
locales de la empresa y en lugares que garanticen un adecuado acceso a los mismos de
todos los trabajadores, procurando evitar su ubicación en dependencias de acceso al
público.
– Recaudar las cotizaciones sindicales de los afiliados, así como cualquier otro tipo
de aportaciones con fines sindicales, fuera de las horas de trabajo.
Los trabajadores
sindicales de ámbito
sindical por el tiempo
reserva de su puesto
Libertad Sindical.
Derechos de los comités de empresa y delegados/as de personal.
Los Comités de empresa y los delegados/as de personal, además de las
competencias establecidas en el Estatuto de los Trabajadores, tendrán derecho a:
– Convocar asambleas de los trabajadores y trabajadoras de la empresa, previa
notificación al empresario, en los centros de trabajo y fuera de la jornada laboral.
– Disponer de un saldo de veinte horas mensuales de permiso retribuido para
atender los asuntos de carácter laboral de sus representados previa notificación al
cve: BOE-A-2022-16494
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 78.
y trabajadoras que sean elegidos para desempeñar cargos
sectorial (comarcal, provincial,…), podrán solicitar excedencia
necesario, siendo obligatoria para la empresa su concesión y la
de trabajo, en los términos establecidos en la Ley Orgánica de