III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-16430)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio Informativo de la Línea de Alta Velocidad Nogales de Pisuerga-Reinosa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 8 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 138024

Los impactos evaluados por el promotor a partir de los resultados del estudio
hidrogeológico son considerados con carácter general como no significativos, planteando
medidas correctoras para el caso de que durante el seguimiento de los niveles
piezométricos se detecten efectos negativos por abatimiento de acuíferos y desecación
de puntos de agua. Las medidas correctoras planteadas por el promotor consisten en la
realización de nuevas captaciones, la profundización de captaciones existentes, la
captación de manantiales no afectados fuera del ámbito de influencia de las obras y la
reinyección de los caudales drenados en el sistema acuífero afectado, su recirculación a
cauces superficiales o su aprovechamiento directo. Según el promotor, constituyen
soluciones suficientes para la mitigación de estos impactos y van dirigidas a la
remediación de posibles afecciones a usos socioeconómicos derivados de la afección
directa del medio acuífero.
La Confederación Hidrográfica del Duero manifiesta que existen impactos severos
sobre aguas subterráneas debidos tanto a la intercepción directa del acuífero y la
depresión en mayor o menor medida de los niveles piezométricos, como por las obras de
impermeabilización de los túneles abiertos. Este Organismo considera estos impactos no
asumibles e irreversibles y requiere la adopción de medidas adicionales a las
presentadas por el promotor, ya que las considera insuficientes para remediar de forma
efectiva la problemática ocasionada sobre la hidrología subterránea. Manifiesta además
que debe proseguirse el estudio hidrogeológico en la zona, ampliando su nivel de detalle
y monitorizando el comportamiento de la dinámica hidrogeológica en un espacio lo
suficientemente amplio que abarque los puntos de agua de abastecimiento de Prádanos
de Ojeda, Nogales de Pisuerga, Becerril de Carpio, Olleros de Pisuerga, Mave, Santa
María de Mave, Porquera de los Infantes, Pomar de Valdivia, Revilla de Pomar, Villarén
de Valdivia, Báscones de Valdivia, Rebolledo de la Inera, Helecha de Valdivia y
Quintanilla de las Torres.
El promotor indica que el estudio hidrogeológico no ha finalizado, continuando el
seguimiento de la red piezométrica instalada y habiendo ampliado el número de sondeos
y sensores. Sobre lo contemplado en el Apéndice 12, ha incorporado un inventario
completo de puntos de agua, captaciones y zonas de protección, que aparte de las
registradas por las Confederaciones de Duero y Ebro, incluye inventarios de puntos de
agua e información de captaciones urbanas de los seguimientos de 2018 y 2019
encargados por ADIF, así como un inventario propio del Estudio Informativo (elaborado
por INECO en 2019). El promotor se compromete además a proseguir este seguimiento
monitorizado sobre la piezometría, los puntos de agua de captaciones de
abastecimientos y el estado de los ríos y arroyos conectados con los acuíferos durante
las fases posteriores de tramitación (proyectos de construcción). El promotor confirma no
haber detectado en los informes realizados hasta la fecha posibles afecciones derivadas
de los impactos sobre la hidrología subterránea, sobre puntos de agua ni sobre zonas
protegidas contempladas en los Planes Hidrológicos del Duero y del Ebro. Así mismo,
indica que cualquier punto que se vea afectado, haya sido inventariado o no
previamente, será remediado con las medidas correctoras indicadas.
En consecuencia, se prevén impactos significativos sobre la hidrología subterránea
en tres túneles del tramo Nogales-Mataporquera de la alternativa Este en que la rasante
de la plataforma se ubicará por debajo del nivel piezométrico medio estimado, lo que
puede producir abatimiento del acuífero, y a su vez pérdida de caudal o desecación de
los manantiales, surgencias, arroyos y captaciones de abastecimiento conectados con el
acuífero y con cota superior a la de la rasante. Además, en todos los túneles es
previsible la intercepción de flujos verticales de recarga estacional, aunque en ningún
caso se estima que ello vaya a afectar a las reservas hidrológicas. También son posibles
episodios de contaminación de los acuíferos en zonas permeables por infiltración de
sustancias químicas de vertidos accidentales.
Por todo ello, se considera necesario incorporar medidas correctoras y
compensatorias adicionales, que prevengan y reduzcan en la mayor medida posible este
impacto, y que en su caso aseguren la completa compensación de los impactos

cve: BOE-A-2022-16430
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Núm. 242