III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-16430)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio Informativo de la Línea de Alta Velocidad Nogales de Pisuerga-Reinosa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 8 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 138033

– Protección de hidrología superficial: control de vertidos y arrastre de materiales a
cauces, seguimiento de calidad de aguas en balsas de decantación, control de la
impermeabilización de áreas auxiliares.
– Protección de la hidrología subterránea: el promotor confirma en su contestación al
informe de la Confederación Hidrográfica del Duero que continuará previamente al inicio
de la construcción y durante las obras el programa de seguimiento piezométrico y control
del estado en puntos de agua y cauces, con la misma metodología y condiciones que el
efectuado hasta la fecha por ADIF. A este respecto, el informe de esta Confederación
advierte del nivel de imprecisión en la descripción de los trabajos de seguimiento y
control piezométrico del Estudio, a lo que el promotor contesta informando de los últimos
trabajos de seguimiento realizados por ADIF, que no han podido ser incorporados al
Estudio sometido a consultas, y que incluyen tanto la ampliación del número de sondeos
como la instalación de nuevos sensores de registro, la ampliación del inventario de
puntos de agua objeto de seguimiento y la consideración en estos seguimientos del
análisis de calidad físico-química de aguas en las captaciones de abastecimiento a
poblaciones mediante conductivímetros.
– Protección de flora y vegetación: control y señalización de rodales y ejemplares de
vegetación protegida y hábitats de interés comunitario. El plan de restauración e
integración paisajística incluirá el control y seguimiento de plantaciones, siembras e
hidrosiembras en superficies objeto de restauración, especialmente en los trabajos de
estabilización de taludes de desmontes y terraplenes. Seguimiento del estado de
conservación de hábitats higrófilos asociados a manantiales y surgencias en los tramos
afectados por túneles (Nogales-Mataporquera). En función de los resultados de este
seguimiento se ejecutarán las medidas de remediación y restauración necesarias.
– Protección de fauna: control de áreas sensibles para la fauna identificadas en las
prospecciones previas a las obras, control de las distancias mínimas establecidas
respecto a áreas de reproducción según las restricciones de calendario, control de
ejecución de pasos de fauna, dispositivos de escape y medidas anticolisión, seguimiento
de la efectividad de los pasos de fauna, obras de drenaje adaptadas y otros elementos
de desfragmentación de hábitats. Se considera necesario incluir un programa de
seguimiento de mortalidad de fauna que permita llevar actualizado un registro de los
atropellos, colisiones, etc. de ejemplares de fauna, recomendándose la armonización del
seguimiento de este proyecto con el Plan Stop Atropellos de Fauna Amenazada (SAFE)
de este Ministerio.
– Protección de paisaje: control de la integración paisajística de las superficies
generadas por el proyecto.
– Protección del patrimonio cultural: control y seguimiento arqueológico a pie de
obra.
En virtud del análisis técnico realizado, el PVA previsto en el Estudio deberá
completarse con los aspectos adicionales que se recogen en el apartado de condiciones
de la presente declaración.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el grupo 6
apartado a) sección 1.ª del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
de impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de
impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad
con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de

cve: BOE-A-2022-16430
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Núm. 242