III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-16430)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio Informativo de la Línea de Alta Velocidad Nogales de Pisuerga-Reinosa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242

Sábado 8 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 138026

superar los límites legales, a una distancia mínima de la plataforma al borde del
desmonte o terraplén. El estudio de ruido efectúa otra simulación con la aplicación de
estas medidas, comprobándose para todas las alternativas que los niveles de ruido a lo
largo de la infraestructura no superarían los límites establecidos en las poblaciones en
ninguno de los periodos, dentro del margen de 200 metros. No obstante, en el estudio de
ruido se incluye la estimación de los niveles de inmisión considerando todas las fuentes,
incluido el tráfico ferroviario de la LAV, concluyéndose que se verían afectadas ocho
residencias en el primer tramo y 37 en el tercero. En fase de proyecto constructivo
deberá revisarse el carácter sinérgico en este impacto por ruido y aplicar medidas de
mitigación más exigentes (mayor cantidad de pantallas) para no perjudicar a las
viviendas afectadas.
El análisis de edificaciones afectadas se ha limitado a una distancia impuesta en el
Estudio de 200 m en torno al eje de la LAV, sin embargo, no se justifica dicha distancia.
De las simulaciones de ruido se deduce que podrían existir áreas de 55 dB afectadas a
mayor distancia de 200 m, pudiendo estar cercanas a poblaciones. Esto obliga
necesariamente a mejorar y ampliar los estudios de ruido en fases posteriores del
diseño, debiendo comprometerse el promotor a instalar pantallas fonoabsorbentes en
todos los sectores necesarios. En estos estudios se deberán considerar todas las
edificaciones expuestas dentro de la envolvente del nivel sonoro más desfavorable, de
cara a la aplicación de medidas correctoras adicionales, en su caso.
En cuanto a las vibraciones durante la construcción, podrían producirse molestias en
los edificios del entorno de las actuaciones, producidas por paso de maquinaria sobre
terrenos no uniformes o discontinuidades, demolición de infraestructuras o excavaciones
en túneles. En la fase de estudio informativo, al no disponer de planos detallados de
obra, no se han definido zonas sensibles a las vibraciones, a excepción de los túneles,
donde se espera que este impacto sea mayor. No se espera que el impacto en fase de
construcción sea significativo, no habiéndose localizado zonas habitadas en las
inmediaciones de los túneles, y en todo caso adoptando las medidas preventivas
necesarias para minimizar las vibraciones en los respectivos proyectos constructivos.
El Estudio también incluye en el apéndice 2 un estudio de vibraciones que analiza los
niveles de vibración potenciales que generaría la circulación de trenes en fase de
explotación de la futura LAV en una banda de afección de 70 metros a cada lado del
trazado, dentro de la cual se han inventariado edificaciones. Los resultados del estudio
muestran que no se generarán niveles de vibración por encima de los objetivos de
calidad fijados en el Real Decreto 1367/2007, por lo que el promotor no establece
medidas correctoras adicionales.
Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario (HIC).

La construcción de la nueva LAV conllevará la pérdida de vegetación en las zonas de
ocupación a lo largo del trazado debido a las actuaciones de despeje y desbroce en la
plataforma, en las superficies auxiliares de obra, en los viales de acceso, en los
préstamos y vertederos, etc. La valoración de estos impactos es efectuada en el Estudio
por un lado desde el punto de vista de los tipos de vegetación actual presentes en el
ámbito del proyecto, y por otro lado desde el punto de vista de la eliminación o alteración
de superficies con Hábitats de Interés Comunitario (HIC), tratados en el Estudio como
«espacios naturales de interés» (el impacto sobre los HIC como objetivos de
conservación de los espacios de Red Natura 2000 afectados se evalúa en su apartado
correspondiente). Se valora tanto el nivel evolutivo y valor natural de las asociaciones
vegetales afectadas como como la potencial afección a especies protegidas de flora,
mientras que el impacto sobre HIC se cuantifica en relación con la pérdida de
biodiversidad neta estimada en proporción directa con la superficie de ocupación que
requiere la eliminación de estos HIC y que no es recuperable mediante acciones de
restauración (ocupación permanente).
En total se verá afectada por ocupación una superficie de 50,83 ha que alberga
hábitats de interés comunitario, de las que no podrían ser recuperables con el plan de

cve: BOE-A-2022-16430
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