II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-16375)
Resolución de 29 de septiembre de 2022, conjunta de la Universidad de Santiago de Compostela y el Servicio Gallego de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241

Viernes 7 de octubre de 2022
2.1.2

Sec. II.B. Pág. 137439

Requisitos específicos.

a) Estar en posesión del título de doctor/a.
b) Estar en posesión del título oficial de especialista que corresponda a la plaza de
las recogidas en el anexo I.
c) Disponer de la acreditación pertinente para el cuerpo de que se trate, conforme a
lo establecido en el Real Decreto 1312/2007; cumplir los requisitos establecidos en el
artículo 4 del Real Decreto 1313/2007. En el caso de ser funcionario/a del mismo cuerpo,
no estar incurso en la prohibición del punto 4 del artículo 9 de este Real Decreto.
Las personas acreditadas que sean nacionales de otros Estados no miembros de la
Unión Europea podrán tomar parte en los concursos de acceso y, en su caso, acceder a
la función pública cuando el Estado de su nacionalidad reconozca aptitud legal a los/as
españoles/as para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de
los/as funcionarios/as docentes en la Universidad española.
2.2 La posesión de todos los requisitos estará referida siempre a la fecha de
expiración del plazo de presentación de solicitudes de participación y se deberá
mantener a lo largo de todo el proceso selectivo, excepto en el caso de lo señalado en el
apartado 2.1.1.f), que las personas candidatas propuestas podrán acreditar en los
términos establecidos en el apartado 9.1.e) de esta convocatoria.
Solicitudes

3.1 Las personas que deseen participar en esta convocatoria deberán formalizar su
solicitud, acompañada de la documentación correspondiente, únicamente por medios
electrónicos, a través de la aplicación de pruebas selectivas del PDI a la que se puede
acceder a través del siguiente enlace (en adelante aplicación de concursos) en la sede
electrónica de la USC (https://sede.usc.es/sede/publica/catalogo/procedemento/126/ver.htm).
Para realizar la inscripción las personas interesadas deberán emplear los medios de
identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la USC (https://sede.usc.es/sede/
publica/informacion/aspectosTecnicos.htm).
En el caso de que las personas aspirantes deseen participar en más de un concurso,
deberán cumplimentar en la aplicación de concursos una solicitud para cada uno de
ellos. En este supuesto, el sistema ofrecerá la posibilidad de ejecutar un duplicado de la
solicitud presentada en este aplicativo en un anterior concurso. La persona aspirante
deberá comprobar en esta nueva solicitud la incorporación efectiva de los datos y
méritos que se pretenden duplicar y alegar. La documentación acreditativa, en formato
PDF, deberá añadirse únicamente en el supuesto de contener información distinta y/o
actualizada de la adjuntada en la solicitud de origen.
La no presentación de la solicitud a través de los procedimientos y formularios
descritos en este apartado será causa de exclusión y no podrá repararse en el plazo
establecido en la base 5.2 de esta convocatoria.
Será requisito imprescindible para participar en cualquiera de las plazas a concurso
que las personas aspirantes, en el acto de presentación, hagan entrega a el/la
presidente/a de la comisión, en soporte digital con forma de lápiz de memoria USB, de
una copia de su curriculum vitae y del proyecto de actividades docentes y del proyecto
investigador. En el mismo acto deberá entregarse, asimismo, la documentación
acreditativa de los méritos alegados, que podrá presentarse en formato electrónico o
bien en papel.
3.2 Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos
que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original
para el cotejo de la copia presentada.
La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato o
información en la declaración, así como la no presentación de la documentación cuando
le sea requerida, determinará la no selección y/o la no formalización del nombramiento,

cve: BOE-A-2022-16375
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