II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-16375)
Resolución de 29 de septiembre de 2022, conjunta de la Universidad de Santiago de Compostela y el Servicio Gallego de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241
Viernes 7 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 137438
1.2 El régimen jurídico de estas plazas será el establecido en el Real
Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del
régimen de conciertos entre las universidades y las instituciones sanitarias, y en el
Concierto firmado el 20 de abril de 2001 (DOG de 29 de junio) entre la Universidade
de Santiago de Compostela y el Servizo Galego de Saúde (SERGAS) para la utilización
de las instituciones sanitarias en la investigación y la docencia universitarias.
1.3 Las plazas de los cuerpos docentes universitarios convocadas quedan
vinculadas con la institución sanitaria y la categoría asistencial básica en los términos
que se especifican en el anexo I.
1.4 Cuando los plazos a que se hace referencia en esta convocatoria se expresen
en días, se entenderá que estos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados y
domingos y los declarados festivos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de
la LPACAP. Se consideran festivos a estos efectos los festivos locales tanto de Santiago
de Compostela como de Lugo, ampliándose en cualquier caso en ambos campus el
plazo establecido por un número de días igual al de los festivos existentes.
1.5 La presente convocatoria comprende el concurso independiente de cada una
de las plazas convocadas.
1.6 El mes de agosto será inhábil para la publicación de convocatorias y para la
reunión de las comisiones de selección.
1.7 El plazo máximo para la resolución del concurso será de 4 meses contados a
partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2.
Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Para participar en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
Requisitos generales.
a) Poseer la nacionalidad española o la de algún estado miembro de la Unión
Europea o país extranjero que, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 89 de la disposición
adicional undécima de la LOU, permita el acceso al empleo público.
b) Cumplir los requisitos mínimos y máximos de edad legalmente establecidos para
el acceso a la administración pública.
c) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para
el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
d) No haber sido despedido o separado mediante expediente disciplinario de
ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni estar en la situación de inhabilitación absoluta o especial
para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se
tratara de acceder a la misma categoría profesional a la que pertenecía.
En el caso de nacionales de otros estados, no estar inhabilitado o en situación
equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en el
Estado de procedencia el acceso al empleo público en los términos anteriores.
e) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por tráfico de seres humanos.
f) Acreditar, una vez nombrados/as funcionarios/as, un nivel de conocimiento de las
dos lenguas oficiales en la Universidad de Santiago de Compostela, de conformidad con
lo establecido en la legislación vigente.
g) Abonar las tasas previstas en la base 3.5.
cve: BOE-A-2022-16375
Verificable en https://www.boe.es
2.1.1
Núm. 241
Viernes 7 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 137438
1.2 El régimen jurídico de estas plazas será el establecido en el Real
Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del
régimen de conciertos entre las universidades y las instituciones sanitarias, y en el
Concierto firmado el 20 de abril de 2001 (DOG de 29 de junio) entre la Universidade
de Santiago de Compostela y el Servizo Galego de Saúde (SERGAS) para la utilización
de las instituciones sanitarias en la investigación y la docencia universitarias.
1.3 Las plazas de los cuerpos docentes universitarios convocadas quedan
vinculadas con la institución sanitaria y la categoría asistencial básica en los términos
que se especifican en el anexo I.
1.4 Cuando los plazos a que se hace referencia en esta convocatoria se expresen
en días, se entenderá que estos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados y
domingos y los declarados festivos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de
la LPACAP. Se consideran festivos a estos efectos los festivos locales tanto de Santiago
de Compostela como de Lugo, ampliándose en cualquier caso en ambos campus el
plazo establecido por un número de días igual al de los festivos existentes.
1.5 La presente convocatoria comprende el concurso independiente de cada una
de las plazas convocadas.
1.6 El mes de agosto será inhábil para la publicación de convocatorias y para la
reunión de las comisiones de selección.
1.7 El plazo máximo para la resolución del concurso será de 4 meses contados a
partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2.
Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Para participar en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
Requisitos generales.
a) Poseer la nacionalidad española o la de algún estado miembro de la Unión
Europea o país extranjero que, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 89 de la disposición
adicional undécima de la LOU, permita el acceso al empleo público.
b) Cumplir los requisitos mínimos y máximos de edad legalmente establecidos para
el acceso a la administración pública.
c) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para
el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
d) No haber sido despedido o separado mediante expediente disciplinario de
ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni estar en la situación de inhabilitación absoluta o especial
para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se
tratara de acceder a la misma categoría profesional a la que pertenecía.
En el caso de nacionales de otros estados, no estar inhabilitado o en situación
equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en el
Estado de procedencia el acceso al empleo público en los términos anteriores.
e) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por tráfico de seres humanos.
f) Acreditar, una vez nombrados/as funcionarios/as, un nivel de conocimiento de las
dos lenguas oficiales en la Universidad de Santiago de Compostela, de conformidad con
lo establecido en la legislación vigente.
g) Abonar las tasas previstas en la base 3.5.
cve: BOE-A-2022-16375
Verificable en https://www.boe.es
2.1.1