I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Educación. (BOE-A-2022-16339)
Decreto-ley 8/2022, de 16 de agosto, de medidas urgentes para garantizar la gratuidad de la educación de los niños matriculados del tercer nivel de educación infantil en los centros de la red pública de escuelas infantiles y de su red complementaria a partir del mes de septiembre de 2022, y para la creación de un fondo extraordinario para compensar una parte de los descuentos del transporte interurbano a partir del 1 de septiembre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241
Viernes 7 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 137315
matriculados el curso 2022-2023 deben adaptar la convocatoria y concesión de estas
ayudas en los tramos horarios que estén afectados por la gratuidad establecida en los
módulos expuestos en los artículos 2 y 3.
Artículo 8.
Centros de titularidad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
1. Las cuotas correspondientes al servicio de escolarización en tercero de
educación infantil en centros de titularidad de la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears de un mínimo de cuatro horas pasan a ser gratuitas para las familias desde el
día 1 de septiembre de 2022. Por eso, se autoriza a la Consejería de Educación y
Formación Profesional a hacer las modificaciones necesarias con efectos desde el 1 de
septiembre de 2022.
2. Los centros de titularidad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a que
hace referencia el apartado anterior son:
a. EI Can Nebot, con código 07015823, de Sant Josep de sa Talaia.
b. EI Francesc de Borja Moll, con código 07013668, de Ciutadella.
c. EI Magdalena Humbert, con código 07013681, de Maó.
d EI Verge de la Salut, con código 07013671, de Palma.
3. En el caso de los centros con convenios de encargo de gestión de varios
aspectos a los ayuntamientos de los municipios donde están situados, las cuotas que
deben satisfacer las familias se tienen que regir por la ordenanza de precios públicos
que estipule el ayuntamiento. En este caso, habrá que revisar y ajustar los contenidos de
los convenios.
1. Los consejos insulares de las islas de Menorca, Ibiza y Formentera que se
comprometan a implantar, para el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2022
y el 31 de diciembre de 2022, una reducción de las tarifas de los abonos y títulos
multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta, de los servicios de transporte público
interurbano por carretera de su competencia, en un porcentaje no inferior a un 70 %
respecto al vigente a la entrada en vigor de esta disposición, podrán ser beneficiarios de
una ayuda directa de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
destinada a compensar parcialmente la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del
descuento.
2. El importe de la ayuda que percibirá cada consejo insular se determinará
mediante una resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a
propuesta del consejero de Movilidad y Vivienda.
El importe de la ayuda será el que resulte de aplicar los criterios objetivos y la
metodología establecidos en la Orden Ministerial del Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana de 15 de julio de 2022, por la que se da cumplimiento al capítulo II,
relativo a ayudas al transporte urbano e interurbano, del Real Decreto-ley 11/2022, de 25
de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a
las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a
situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y
social de la isla de La Palma.
3. En el caso de que la aplicación del descuento generase un grave desequilibrio
económico para alguno de los consejos insulares, la consejera de Hacienda y
Relaciones Exteriores podrá acordar la concesión de una aportación adicional en favor
del ente afectado, con el fin de restablecer su situación de equilibrio financiero, y sin que
tal aportación pueda exceder del 50 % de los ingresos dejados de percibir por cada
consejo insular por razón del descuento efectivamente implantado.
cve: BOE-A-2022-16339
Verificable en https://www.boe.es
Disposición adicional primera. Ayudas directas al trasporte público interurbano por
carretera de las islas de Menorca, Ibiza y Formentera por los descuentos que se
apliquen en las tarifas durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre y
el 31 de diciembre de 2022.
Núm. 241
Viernes 7 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 137315
matriculados el curso 2022-2023 deben adaptar la convocatoria y concesión de estas
ayudas en los tramos horarios que estén afectados por la gratuidad establecida en los
módulos expuestos en los artículos 2 y 3.
Artículo 8.
Centros de titularidad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
1. Las cuotas correspondientes al servicio de escolarización en tercero de
educación infantil en centros de titularidad de la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears de un mínimo de cuatro horas pasan a ser gratuitas para las familias desde el
día 1 de septiembre de 2022. Por eso, se autoriza a la Consejería de Educación y
Formación Profesional a hacer las modificaciones necesarias con efectos desde el 1 de
septiembre de 2022.
2. Los centros de titularidad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a que
hace referencia el apartado anterior son:
a. EI Can Nebot, con código 07015823, de Sant Josep de sa Talaia.
b. EI Francesc de Borja Moll, con código 07013668, de Ciutadella.
c. EI Magdalena Humbert, con código 07013681, de Maó.
d EI Verge de la Salut, con código 07013671, de Palma.
3. En el caso de los centros con convenios de encargo de gestión de varios
aspectos a los ayuntamientos de los municipios donde están situados, las cuotas que
deben satisfacer las familias se tienen que regir por la ordenanza de precios públicos
que estipule el ayuntamiento. En este caso, habrá que revisar y ajustar los contenidos de
los convenios.
1. Los consejos insulares de las islas de Menorca, Ibiza y Formentera que se
comprometan a implantar, para el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2022
y el 31 de diciembre de 2022, una reducción de las tarifas de los abonos y títulos
multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta, de los servicios de transporte público
interurbano por carretera de su competencia, en un porcentaje no inferior a un 70 %
respecto al vigente a la entrada en vigor de esta disposición, podrán ser beneficiarios de
una ayuda directa de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
destinada a compensar parcialmente la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del
descuento.
2. El importe de la ayuda que percibirá cada consejo insular se determinará
mediante una resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a
propuesta del consejero de Movilidad y Vivienda.
El importe de la ayuda será el que resulte de aplicar los criterios objetivos y la
metodología establecidos en la Orden Ministerial del Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana de 15 de julio de 2022, por la que se da cumplimiento al capítulo II,
relativo a ayudas al transporte urbano e interurbano, del Real Decreto-ley 11/2022, de 25
de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a
las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a
situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y
social de la isla de La Palma.
3. En el caso de que la aplicación del descuento generase un grave desequilibrio
económico para alguno de los consejos insulares, la consejera de Hacienda y
Relaciones Exteriores podrá acordar la concesión de una aportación adicional en favor
del ente afectado, con el fin de restablecer su situación de equilibrio financiero, y sin que
tal aportación pueda exceder del 50 % de los ingresos dejados de percibir por cada
consejo insular por razón del descuento efectivamente implantado.
cve: BOE-A-2022-16339
Verificable en https://www.boe.es
Disposición adicional primera. Ayudas directas al trasporte público interurbano por
carretera de las islas de Menorca, Ibiza y Formentera por los descuentos que se
apliquen en las tarifas durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre y
el 31 de diciembre de 2022.