III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2022-16316)
Resolución 420/38379/2022, de 27 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Renfe Mercancías, S.M.E., SA, y Renfe Viajeros, S.M.E., SA, para el transporte de mercancías y personal.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Jueves 6 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 137113
espacios para el personal que realiza las operaciones de carga y descarga, en el caso
de que se realicen trenes militares a estaciones o dependencias donde no haya
Unidades Militares especializadas. El MINISDEF abonará los gastos derivados por estos
servicios y cualquier otro que origine las operaciones citadas.
El RPEI 12 designará a los responsables de las operaciones de carga/descarga, y
también a los responsables de aquellas otras funciones de maniobra y circulación que
específicamente se le encomienden en las estaciones afectadas por los transportes y
que son propiedad del MINISDEF. Para ello dispondrá del personal habilitado, conforme
a lo que determina la legislación y normativa vigentes de RENFE y ADIF.
Las incidencias, que se produzcan y no puedan ser resueltas con los medios
disponibles, se pondrán en conocimiento de los respectivos Centros de Seguimiento que,
a su vez, comunicarán entre sí para acordar una solución satisfactoria para las dos partes.
Los teléfonos de contacto del Centro de Seguimiento (CS) del RPEI 12 y Centro de
Gestión de Operaciones de RENFE son los siguientes:
– CS del RPEI 12:
•
•
•
•
Seguimiento: 564391 / 976-764391.
Facturación: 977094 / 630-937223.
Responsable de circulación en el cargadero de «El Goloso»: 977093/630-940089.
Teléfono de la Estación de San Gregorio: 976-739392.
– CGO de Renfe Mercancías:
Además de los Centros de Seguimiento, estarán disponibles los responsables
necesarios del RPEI 12 y la GMM a través de sus teléfonos de contacto habituales, con
el fin de atender cualquier necesidad de comunicación que pueda surgir. Al objeto de
posibilitar estos contactos se facilitará entre las partes listado de responsables de
operaciones y teléfonos de contacto.
RENFE facilitará un número determinado de teléfonos móviles (entre 5 y 10) al
RPEI 12, habilitados para las líneas telefónicas internas de RENFE, con el fin de que el
personal responsable de las operaciones en las dependencias, el CS y el personal de
planificación y programación puedan contactar con facilidad con el personal de RENFE
y/o ADIF.
Una vez verificada la carga de los trenes, el RPEI 12 procederá a su facturación a
través de la aplicación informática de RENFE establecida al efecto. Si por cualquier
circunstancia, no fuera posible la facturación a través de la aplicación informática, los
responsables del RPEI 12 trasladarían la información al CGO de RENFE o los
representantes de la GMM con el fin de que se adopten medidas alternativas que
permitan la facturación de los trenes.
Finalizadas las operaciones, la carga o descarga de la mercancía y el
acondicionamiento del material ferroviario, el cargador habilitado del RPEI 12 comunicará al
personal de RENFE y/o ADIF que el tren está dispuesto por parte del MINISDEF,
comunicando al CS de RENFE el nombre, empleo y teléfono de contacto del Acompañante
del Tren Militar (ATM), personal militar que será designado y representará al RPEI 12 desde
ese momento, para todo lo relacionado con ese tren, actividad que desempeñará durante
todo el recorrido del mismo, comunicando cualquier anomalía o necesidad durante el
transporte y evaluando el desarrollo del servicio por parte del RPEI 12.
3.4
Seguimiento.
Todos los trenes militares tendrán un seguimiento detallado a través de los CS de
RENFE y RPEI 12, intercambiando la información necesaria entre los mismos, con el fin
de garantizar el nivel de coordinación requerido para este tipo de transportes y tratando
de minimizar el impacto de cualquier incidencia que pueda surgir.
cve: BOE-A-2022-16316
Verificable en https://www.boe.es
• 917522270 / 151270; teléfonos de 24 horas.
Núm. 240
Jueves 6 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 137113
espacios para el personal que realiza las operaciones de carga y descarga, en el caso
de que se realicen trenes militares a estaciones o dependencias donde no haya
Unidades Militares especializadas. El MINISDEF abonará los gastos derivados por estos
servicios y cualquier otro que origine las operaciones citadas.
El RPEI 12 designará a los responsables de las operaciones de carga/descarga, y
también a los responsables de aquellas otras funciones de maniobra y circulación que
específicamente se le encomienden en las estaciones afectadas por los transportes y
que son propiedad del MINISDEF. Para ello dispondrá del personal habilitado, conforme
a lo que determina la legislación y normativa vigentes de RENFE y ADIF.
Las incidencias, que se produzcan y no puedan ser resueltas con los medios
disponibles, se pondrán en conocimiento de los respectivos Centros de Seguimiento que,
a su vez, comunicarán entre sí para acordar una solución satisfactoria para las dos partes.
Los teléfonos de contacto del Centro de Seguimiento (CS) del RPEI 12 y Centro de
Gestión de Operaciones de RENFE son los siguientes:
– CS del RPEI 12:
•
•
•
•
Seguimiento: 564391 / 976-764391.
Facturación: 977094 / 630-937223.
Responsable de circulación en el cargadero de «El Goloso»: 977093/630-940089.
Teléfono de la Estación de San Gregorio: 976-739392.
– CGO de Renfe Mercancías:
Además de los Centros de Seguimiento, estarán disponibles los responsables
necesarios del RPEI 12 y la GMM a través de sus teléfonos de contacto habituales, con
el fin de atender cualquier necesidad de comunicación que pueda surgir. Al objeto de
posibilitar estos contactos se facilitará entre las partes listado de responsables de
operaciones y teléfonos de contacto.
RENFE facilitará un número determinado de teléfonos móviles (entre 5 y 10) al
RPEI 12, habilitados para las líneas telefónicas internas de RENFE, con el fin de que el
personal responsable de las operaciones en las dependencias, el CS y el personal de
planificación y programación puedan contactar con facilidad con el personal de RENFE
y/o ADIF.
Una vez verificada la carga de los trenes, el RPEI 12 procederá a su facturación a
través de la aplicación informática de RENFE establecida al efecto. Si por cualquier
circunstancia, no fuera posible la facturación a través de la aplicación informática, los
responsables del RPEI 12 trasladarían la información al CGO de RENFE o los
representantes de la GMM con el fin de que se adopten medidas alternativas que
permitan la facturación de los trenes.
Finalizadas las operaciones, la carga o descarga de la mercancía y el
acondicionamiento del material ferroviario, el cargador habilitado del RPEI 12 comunicará al
personal de RENFE y/o ADIF que el tren está dispuesto por parte del MINISDEF,
comunicando al CS de RENFE el nombre, empleo y teléfono de contacto del Acompañante
del Tren Militar (ATM), personal militar que será designado y representará al RPEI 12 desde
ese momento, para todo lo relacionado con ese tren, actividad que desempeñará durante
todo el recorrido del mismo, comunicando cualquier anomalía o necesidad durante el
transporte y evaluando el desarrollo del servicio por parte del RPEI 12.
3.4
Seguimiento.
Todos los trenes militares tendrán un seguimiento detallado a través de los CS de
RENFE y RPEI 12, intercambiando la información necesaria entre los mismos, con el fin
de garantizar el nivel de coordinación requerido para este tipo de transportes y tratando
de minimizar el impacto de cualquier incidencia que pueda surgir.
cve: BOE-A-2022-16316
Verificable en https://www.boe.es
• 917522270 / 151270; teléfonos de 24 horas.