III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2022-16330)
Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de las Illes Balears, para la regulación del Instituto de Física Interdisciplinar y Sistemas Complejos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Jueves 6 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 137244
en consideración en cada caso las normas propias de constitución que fueran de
aplicación».
6.º Que el CSIC y la UIB, con fecha 15 de septiembre de 1986, suscribieron un
convenio para la creación del Instituto de Estudios Avanzados de las Islas Baleares,
constituyendo de esa manera un instituto mixto de investigación de titularidad
compartida.
Mediante convenio de 19 de junio de 1995 el CSIC y la UIB acordaron reestructurar
el Instituto de Estudios Avanzados de las Islas Baleares, que pasó a denominarse
Instituto Mediterráneo de Estudios Avanzados (IMEDEA), centrando su investigación en
dos ámbitos, el de Recursos Naturales y el de la Física Interdisciplinar.
El CSIC y la UIB, recogiendo las conclusiones de un proceso de evaluación externo
internacional e interno, suscribieron el 2 de agosto de 2006 un convenio que reestructuró
el IMEDEA, previendo que su Departamento de Física Interdisciplinar se constituyera
como una unidad independiente de este Instituto, transformación que se formalizó el 20
de junio de 2007 mediante la suscripción por el CSIC y la UIB de un convenio por el que
se creó el Instituto de Física Interdisciplinar y Sistemas Complejos (en adelante IFISC),
como nuevo instituto mixto de titularidad compartida entre ambas Instituciones. Este
convenio fue objeto de modificación mediante adenda de 9 de enero de 2012.
7.º Que, tras quince años de colaboración desde la creación del IFISC, a la vista de
las fructíferas relaciones colaborativas generadas entre el personal investigador de las
instituciones y dadas las prometedoras perspectivas de futuro, las partes comparten la
idea de que debe continuarse con esta iniciativa científica y actualizar su regulación,
manteniendo su naturaleza y carácter de instituto mixto de titularidad compartida entre el
CSIC y la UIB y adaptándola a las exigencias del ordenamiento jurídico nacional y
autonómico, en especial a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La regulación del instituto mixto de investigación requiere de la suscripción de un
convenio interadministrativo de los previstos en el capítulo VI del título preliminar de la
Ley 40/2015, de manera que las entidades públicas suscriptoras puedan seguir
acordando con plenos efectos jurídicos la puesta en común y utilización conjunta de
medios, servicios y recursos pertenecientes a cada una de ellas y su ordenación para un
fin compartido.
En razón de todo ello, las partes proceden a formalizar el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
I. La misión, naturaleza y funciones del Instituto.
II. Los medios materiales y personales que constituyen el Instituto.
III. Las bases de la organización del Instituto, definiendo sus órganos de gobierno,
directivos, de gestión y de asesoramiento.
IV. El régimen compartido del personal, las instalaciones y el equipamiento e
infraestructura científica del Instituto.
V. El régimen de planificación, gestión y difusión de la actividad científica del
Instituto, así como la imagen corporativa.
VI. El régimen aplicable a los resultados de la investigación producida en el Instituto
y su transferencia y explotación, así como la confidencialidad y la protección de datos.
VII. Las bases del régimen de gestión económica y el presupuesto del Instituto.
cve: BOE-A-2022-16330
Verificable en https://www.boe.es
1. El objeto de este convenio es la regulación del Instituto de Física Interdisciplinar
y Sistemas Complejos (en adelante, IFISC), instituto mixto de investigación de titularidad
compartida entre el CSIC y la UIB creado en el 2007, estableciendo:
Núm. 240
Jueves 6 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 137244
en consideración en cada caso las normas propias de constitución que fueran de
aplicación».
6.º Que el CSIC y la UIB, con fecha 15 de septiembre de 1986, suscribieron un
convenio para la creación del Instituto de Estudios Avanzados de las Islas Baleares,
constituyendo de esa manera un instituto mixto de investigación de titularidad
compartida.
Mediante convenio de 19 de junio de 1995 el CSIC y la UIB acordaron reestructurar
el Instituto de Estudios Avanzados de las Islas Baleares, que pasó a denominarse
Instituto Mediterráneo de Estudios Avanzados (IMEDEA), centrando su investigación en
dos ámbitos, el de Recursos Naturales y el de la Física Interdisciplinar.
El CSIC y la UIB, recogiendo las conclusiones de un proceso de evaluación externo
internacional e interno, suscribieron el 2 de agosto de 2006 un convenio que reestructuró
el IMEDEA, previendo que su Departamento de Física Interdisciplinar se constituyera
como una unidad independiente de este Instituto, transformación que se formalizó el 20
de junio de 2007 mediante la suscripción por el CSIC y la UIB de un convenio por el que
se creó el Instituto de Física Interdisciplinar y Sistemas Complejos (en adelante IFISC),
como nuevo instituto mixto de titularidad compartida entre ambas Instituciones. Este
convenio fue objeto de modificación mediante adenda de 9 de enero de 2012.
7.º Que, tras quince años de colaboración desde la creación del IFISC, a la vista de
las fructíferas relaciones colaborativas generadas entre el personal investigador de las
instituciones y dadas las prometedoras perspectivas de futuro, las partes comparten la
idea de que debe continuarse con esta iniciativa científica y actualizar su regulación,
manteniendo su naturaleza y carácter de instituto mixto de titularidad compartida entre el
CSIC y la UIB y adaptándola a las exigencias del ordenamiento jurídico nacional y
autonómico, en especial a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La regulación del instituto mixto de investigación requiere de la suscripción de un
convenio interadministrativo de los previstos en el capítulo VI del título preliminar de la
Ley 40/2015, de manera que las entidades públicas suscriptoras puedan seguir
acordando con plenos efectos jurídicos la puesta en común y utilización conjunta de
medios, servicios y recursos pertenecientes a cada una de ellas y su ordenación para un
fin compartido.
En razón de todo ello, las partes proceden a formalizar el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
I. La misión, naturaleza y funciones del Instituto.
II. Los medios materiales y personales que constituyen el Instituto.
III. Las bases de la organización del Instituto, definiendo sus órganos de gobierno,
directivos, de gestión y de asesoramiento.
IV. El régimen compartido del personal, las instalaciones y el equipamiento e
infraestructura científica del Instituto.
V. El régimen de planificación, gestión y difusión de la actividad científica del
Instituto, así como la imagen corporativa.
VI. El régimen aplicable a los resultados de la investigación producida en el Instituto
y su transferencia y explotación, así como la confidencialidad y la protección de datos.
VII. Las bases del régimen de gestión económica y el presupuesto del Instituto.
cve: BOE-A-2022-16330
Verificable en https://www.boe.es
1. El objeto de este convenio es la regulación del Instituto de Física Interdisciplinar
y Sistemas Complejos (en adelante, IFISC), instituto mixto de investigación de titularidad
compartida entre el CSIC y la UIB creado en el 2007, estableciendo: