III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2022-16330)
Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de las Illes Balears, para la regulación del Instituto de Física Interdisciplinar y Sistemas Complejos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240

Jueves 6 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 137245

VIII. La vigencia, causas de extinción y liquidación del Instituto, así como las
normas sobre desvinculación e incorporación de nuevas entidades.
2. El presente convenio se desarrollará en sus aspectos organizativos y de
funcionamiento operativo mediante un Reglamento de Régimen Interno (en adelante,
RRI) del Instituto, que se aprobará por las instituciones cotitulares, sin perjuicio de la
capacidad de la Comisión Rectora para proponerles su modificación –siempre que no se
altere el contenido del convenio– y para la aprobación de normas internas específicas de
desarrollo del funcionamiento del Instituto en aquellos aspectos que sea necesario y/o se
prevea expresamente en este convenio.
CAPÍTULO I
Misión, naturaleza y funciones
Segunda.

Misión y objetivos generales del instituto.

1. El IFISC tiene la finalidad de llevar a cabo, en un marco de colaboración,
actividades de investigación, formación, transferencia y divulgación en el ámbito de los
Sistemas Complejos, promoviendo un enfoque interdisciplinar y estratégico desde la
perspectiva científica propia de la física.
2. En cumplimiento de su misión, el IFISC tendrá los siguientes objetivos generales:
a) Contribuir al avance de la investigación y el desarrollo tecnológico en el ámbito
de los Sistemas Complejos, desde una perspectiva interdisciplinar y estratégica y
estratégica y a su proyección internacional.
b) Contribuir al progreso y aumento de la competitividad del sector productivo
mediante la difusión nacional e internacional del conocimiento generado y la
transferencia de sus resultados, mejorando las condiciones de vida de la sociedad y
dando respuesta a los retos que se le planteen.
c) Promover la cultura científica difundiendo sus actividades a la sociedad.
d) Promover la conexión e interacción entre la investigación y la docencia
universitaria.

1. El IFISC se constituye como una estructura mixta de investigación de titularidad
compartida entre las partes firmantes, sin personalidad jurídica propia y con autonomía
de gestión, conformada por los medios humanos, materiales y económicos que aporta
cada una de ellas, que se ponen en común en el marco de una misma estructura
organizativa y bajo una misma dirección científica para la consecución de unos objetivos
compartidos.
2. El IFISC tiene la consideración a todos los efectos de instituto mixto del CSIC
como Organismo Público de Investigación de la Administración General del Estado
(OPI), de conformidad con su normativa reguladora de institutos, y de Instituto
Universitario de Investigación Mixto de la UIB, de conformidad con la normativa
universitaria de aplicación.
Asimismo, el IFISC forma parte del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación (SECTI), como agente de ejecución de conformidad con la Ley 14/2011, de 1
de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y de agente del Sistema de ciencia,
tecnología e innovación de las Illes Balears de conformidad con el Plan de Ciencia,
Tecnología e Innovación de las Islas Baleares 2018-2022.
3. El IFISC se constituye como una estructura de investigación sin ánimo de lucro.
4. Las actividades científicas y, en general, el funcionamiento del Instituto, se
desarrollarán en régimen de cooperación y de actuación conjunta, mediante la puesta en
común de medios, en los términos previstos en el presente convenio y su RRI y sin
perjuicio de la autonomía de cada parte y de las facultades de sus respectivos órganos

cve: BOE-A-2022-16330
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Naturaleza y régimen jurídico del Instituto.