III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-16326)
Orden TER/950/2022, de 4 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de octubre de 2022

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documentos contables necesarios para la reposición de fondos e imputación al
presupuesto de los gastos realizados, de acuerdo con las normas que se dicten al efecto
con base en lo dispuesto en el artículo 78.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
b) La aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas con
cargo a los anticipos de caja fija y libramientos ordinarios a justificar, una vez informadas
las mismas, así como la remisión telemática del certificado correspondiente al Tribunal
de Cuentas.
c) La competencia para acordar la cancelación o, en su caso, la devolución de las
garantías de cualquier clase constituidas ante el Departamento.
d) La autorización de todos los documentos contables, cualquiera que sea su
importe, salvo los expresamente delegados en otros órganos.
Séptimo. Delegación de competencias en las personas titulares de la Dirección del
Gabinete de la persona titular del Ministerio y órganos dependientes de la
Subsecretaría de Política.
Se delegan en las personas titulares de la Dirección del Gabinete de la persona
titular del Ministerio, de la Secretaría General Técnica y del resto de órganos
directamente dependientes de la Subsecretaría de Política Territorial, las competencias
que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular del Departamento como órgano
de contratación, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, cuando el
presupuesto inicial no supere el límite establecido para los contratos menores en el
artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
CAPÍTULO III
Aprobación de las delegaciones de competencias efectuadas por la persona titular
de la Secretaría de Estado de Política Territorial.
Octavo. Delegación de competencias en la persona titular de la Subsecretaría de
Política Territorial.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de Política
Territorial en la persona titular de la Subsecretaría de Política Territorial de la
competencia para la adopción de los acuerdos de nombramiento y separación de los
subdirectores generales adscritos a la Secretaría de Estado de Política Territorial y a la
Secretaría General de Coordinación Territorial.
Noveno. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General de
Coordinación Territorial.
1. Se aprueba la delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de
Política Territorial en la persona titular de la Secretaría General de Coordinación
Territorial de las siguientes competencias en relación con los créditos presupuestarios
del programa 921P Administración General del Estado en el Territorio y del Servicio 50.
a) La aprobación de gasto de importe superior a 600.000 euros y hasta doce
millones de euros, así como el compromiso de gasto y el reconocimiento y propuesta de
pago de las obligaciones económicas dentro de los citados límites, incluso cuando sea
consecuencia del cumplimiento de resoluciones judiciales y siempre que no se encuentre
atribuida o expresamente delegada en favor de otros órganos.
b) Las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la
Secretaría de Estado de Política Territorial como órgano de contratación, en relación con
los contratos cuya cuantía supere los 600.000 euros.
c) La formalización de encomiendas de gestión del artículo 11 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, y de encargos a medios propios personificados a los que se refiere el
artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, cuya cuantía supere los 600.000 euros.

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Núm. 240