I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-16195)
Real Decreto 801/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España para la realización de las actuaciones dirigidas a garantizar la información, asesoramiento y acompañamiento de los ciudadanos susceptibles de acudir al procedimiento de acreditación de las competencias profesionales regulado en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 136388
acumuladas, y número 297.3, con cumplimiento de 1.000.000 unidades de competencia
acreditadas en Q2 de 2024 y 2.200.000 acumuladas, recogidos en el anexo II del
documento de aprobación de las disposiciones operativas (Operational arrangements)
entre la Comisión y el Gobierno de España, de 8 de noviembre de 2021.
El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, indica que la aplicación del Mecanismo incluirá ámbitos de actuación de
importancia europea estructurados en seis pilares, entre ellos, la transición ecológica y la
transformación digital.
El MRR debe financiar actividades que respeten plenamente las normas y
prioridades de la Unión en materia climática y medioambiental. Las medidas respaldadas
deben contribuir a la transición ecológica, incluida la biodiversidad, o a afrontar los retos
que se derivan de ella.
En lo relativo a la trasformación digital, las medidas financiadas por el MRR deben
contribuir de manera efectiva a la transición digital, o a hacer frente a los retos que se
derivan de ella. Las reformas e inversiones financiadas deben promover la digitalización
de los servicios, el desarrollo de infraestructuras digitales y de datos, agrupaciones y
centros de innovación digital y soluciones digitales abiertas.
La medida C20.I01.P01, tiene un peso asignado de 0 % de coeficiente de clima y
de 0 % de coeficiente digital, de conformidad con el anexo 6 Tabla de seguimiento para
la acción por el clima y el etiquetado digital de la Decisión de Ejecución del Consejo,
relativa a la aprobación de la evaluación del PRTR de España COM (2021) 322 final, de
fecha 16 de junio de 2021.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en su normativa de desarrollo, en
particular la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio
de «no causar un perjuicio significativo», y teniendo en cuenta lo requerido en la citada
Decisión de Ejecución del Consejo en relación con la aprobación de la evaluación del
PRTR de España, todos los proyectos financiados deberán respetar el principio de no
causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio DNSH por sus siglas en
inglés, «Do No Significant Harm»).
Asimismo, y en cumplimiento con lo establecido en el citado Reglamento, los
Estados miembros, en su condición de beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco
del Mecanismo, adoptarán todas las medidas adecuadas para proteger los intereses
financieros de la Unión y para velar por que la utilización de los fondos en relación con
las medidas financiadas por el Mecanismo se ajuste al Derecho aplicable de la Unión y
nacional, en particular en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. En consecuencia, Cámara España
aplicará los mecanismos pertinentes para la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Las entidades, que participen en la ejecución del PRTR, deben aplicar procedimientos
que permitan asegurar en todo momento el pleno respeto a la normativa relativa a las
ayudas de Estado definidas en los artículos 107 al 109 del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea y su normativa de desarrollo y garantizar la ausencia de doble
financiación procedente del Mecanismo y de otros programas de la Unión.
La medida que nos ocupa se realiza en el ámbito de la educación pública, por lo que
se considera actividad no económica, ámbito exento de las ayudas de estado, según el
apartado 2.5 de la Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal
conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea.
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la letra d) del apartado 2 del
artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, se deberá suministrar, al menos trimestralmente, la información
sobre los perceptores finales de los fondos, en particular para las convocatorias de
ayudas previstas en el Plan y para los procedimientos de licitación que se encuadren en
el desarrollo de las actuaciones prevista en el PRTR.
cve: BOE-A-2022-16195
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239
Miércoles 5 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 136388
acumuladas, y número 297.3, con cumplimiento de 1.000.000 unidades de competencia
acreditadas en Q2 de 2024 y 2.200.000 acumuladas, recogidos en el anexo II del
documento de aprobación de las disposiciones operativas (Operational arrangements)
entre la Comisión y el Gobierno de España, de 8 de noviembre de 2021.
El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, indica que la aplicación del Mecanismo incluirá ámbitos de actuación de
importancia europea estructurados en seis pilares, entre ellos, la transición ecológica y la
transformación digital.
El MRR debe financiar actividades que respeten plenamente las normas y
prioridades de la Unión en materia climática y medioambiental. Las medidas respaldadas
deben contribuir a la transición ecológica, incluida la biodiversidad, o a afrontar los retos
que se derivan de ella.
En lo relativo a la trasformación digital, las medidas financiadas por el MRR deben
contribuir de manera efectiva a la transición digital, o a hacer frente a los retos que se
derivan de ella. Las reformas e inversiones financiadas deben promover la digitalización
de los servicios, el desarrollo de infraestructuras digitales y de datos, agrupaciones y
centros de innovación digital y soluciones digitales abiertas.
La medida C20.I01.P01, tiene un peso asignado de 0 % de coeficiente de clima y
de 0 % de coeficiente digital, de conformidad con el anexo 6 Tabla de seguimiento para
la acción por el clima y el etiquetado digital de la Decisión de Ejecución del Consejo,
relativa a la aprobación de la evaluación del PRTR de España COM (2021) 322 final, de
fecha 16 de junio de 2021.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en su normativa de desarrollo, en
particular la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio
de «no causar un perjuicio significativo», y teniendo en cuenta lo requerido en la citada
Decisión de Ejecución del Consejo en relación con la aprobación de la evaluación del
PRTR de España, todos los proyectos financiados deberán respetar el principio de no
causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio DNSH por sus siglas en
inglés, «Do No Significant Harm»).
Asimismo, y en cumplimiento con lo establecido en el citado Reglamento, los
Estados miembros, en su condición de beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco
del Mecanismo, adoptarán todas las medidas adecuadas para proteger los intereses
financieros de la Unión y para velar por que la utilización de los fondos en relación con
las medidas financiadas por el Mecanismo se ajuste al Derecho aplicable de la Unión y
nacional, en particular en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. En consecuencia, Cámara España
aplicará los mecanismos pertinentes para la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Las entidades, que participen en la ejecución del PRTR, deben aplicar procedimientos
que permitan asegurar en todo momento el pleno respeto a la normativa relativa a las
ayudas de Estado definidas en los artículos 107 al 109 del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea y su normativa de desarrollo y garantizar la ausencia de doble
financiación procedente del Mecanismo y de otros programas de la Unión.
La medida que nos ocupa se realiza en el ámbito de la educación pública, por lo que
se considera actividad no económica, ámbito exento de las ayudas de estado, según el
apartado 2.5 de la Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal
conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea.
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la letra d) del apartado 2 del
artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, se deberá suministrar, al menos trimestralmente, la información
sobre los perceptores finales de los fondos, en particular para las convocatorias de
ayudas previstas en el Plan y para los procedimientos de licitación que se encuadren en
el desarrollo de las actuaciones prevista en el PRTR.
cve: BOE-A-2022-16195
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239