I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-16191)
Real Decreto 798/2022, de 4 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 136349
al) Cualesquiera otras relativas al sector de las telecomunicaciones,
infraestructuras digitales y los servicios de comunicación audiovisual que el
ordenamiento jurídico atribuya al departamento, y que no estén específicamente
asignadas a otros órganos.
am) La definición, gestión e instrucción de procedimientos de concesión de
ayudas de los programas de impulso y actuaciones para la promoción de
inversiones dentro de las materias de su competencia.
an) El asesoramiento técnico al seguimiento, supervisión y verificación
administrativa y material de las ayudas concedidas en los programas de impulso y
actuaciones de promoción.
añ) Aquellas que se atribuyen al Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital en el Real Decreto-ley 7/2022, de 29 de marzo, sobre
requisitos para garantizar la seguridad de las redes y servicios de comunicaciones
electrónicas de quinta generación.
2. La Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los
Servicios de Comunicación Audiovisual se estructura en las siguientes
subdirecciones generales:
a) La Subdirección General de Ordenación de las Telecomunicaciones, que
ejercerá las funciones atribuidas a la Secretaría General de Telecomunicaciones y
Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual en los párrafos b), c)
del apartado 1, así como en los am) y an) de dicho apartado en el ámbito de sus
competencias.
b) La Subdirección General de Operadores de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales, que ejercerá que ejercerá las funciones atribuidas a la
Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de
Comunicación Audiovisual en los párrafos d), e), f), g), h), i), j), k), l), m) del
apartado 1, así como en los am) y an) de dicho apartado en el ámbito de sus
competencias.
c) La Subdirección General de Planificación y Gestión del Espectro
Radioeléctrico, que ejercerá las funciones atribuidas a la Secretaría General de
Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual
en los párrafos n), ñ), o), p) del apartado 1, así como en los am) y an) de dicho
apartado en el ámbito de sus competencias.
d) La Subdirección General de Inspección de las Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales, que ejercerá las funciones atribuidas a la Secretaría
General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación
Audiovisual en los párrafos q), r), s), t), u), v) del apartado 1, así como en los am) y
an) de dicho apartado en el ámbito de sus competencias.
e) La Subdirección General de Atención al Usuario de Telecomunicaciones y
Servicios Digitales, que ejercerá las funciones atribuidas a la Secretaría General
de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación
Audiovisual en los párrafos w), x) y), z), aa), ab) del apartado 1, así como en los
am) y an) de dicho apartado en el ámbito de sus competencias.
f) La Subdirección General de Ordenación de los Servicios de Comunicación
Audiovisual, que ejercerá las funciones atribuidas a la Secretaría General de
Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual
en los párrafos ac), ad), ae), af), ag), ah), ai), aj), ak) del apartado 1, así como en
los am) y an) de dicho apartado en el ámbito de sus competencias.
3. Dependen, asimismo, de la Secretaría General de Telecomunicaciones y
Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, las Jefaturas
Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones. Corresponde a las Jefaturas
Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones, entre otras funciones, realizar
las actuaciones que faciliten el ejercicio material de las funciones de supervisión,
cve: BOE-A-2022-16191
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239
Miércoles 5 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 136349
al) Cualesquiera otras relativas al sector de las telecomunicaciones,
infraestructuras digitales y los servicios de comunicación audiovisual que el
ordenamiento jurídico atribuya al departamento, y que no estén específicamente
asignadas a otros órganos.
am) La definición, gestión e instrucción de procedimientos de concesión de
ayudas de los programas de impulso y actuaciones para la promoción de
inversiones dentro de las materias de su competencia.
an) El asesoramiento técnico al seguimiento, supervisión y verificación
administrativa y material de las ayudas concedidas en los programas de impulso y
actuaciones de promoción.
añ) Aquellas que se atribuyen al Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital en el Real Decreto-ley 7/2022, de 29 de marzo, sobre
requisitos para garantizar la seguridad de las redes y servicios de comunicaciones
electrónicas de quinta generación.
2. La Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los
Servicios de Comunicación Audiovisual se estructura en las siguientes
subdirecciones generales:
a) La Subdirección General de Ordenación de las Telecomunicaciones, que
ejercerá las funciones atribuidas a la Secretaría General de Telecomunicaciones y
Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual en los párrafos b), c)
del apartado 1, así como en los am) y an) de dicho apartado en el ámbito de sus
competencias.
b) La Subdirección General de Operadores de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales, que ejercerá que ejercerá las funciones atribuidas a la
Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de
Comunicación Audiovisual en los párrafos d), e), f), g), h), i), j), k), l), m) del
apartado 1, así como en los am) y an) de dicho apartado en el ámbito de sus
competencias.
c) La Subdirección General de Planificación y Gestión del Espectro
Radioeléctrico, que ejercerá las funciones atribuidas a la Secretaría General de
Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual
en los párrafos n), ñ), o), p) del apartado 1, así como en los am) y an) de dicho
apartado en el ámbito de sus competencias.
d) La Subdirección General de Inspección de las Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales, que ejercerá las funciones atribuidas a la Secretaría
General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación
Audiovisual en los párrafos q), r), s), t), u), v) del apartado 1, así como en los am) y
an) de dicho apartado en el ámbito de sus competencias.
e) La Subdirección General de Atención al Usuario de Telecomunicaciones y
Servicios Digitales, que ejercerá las funciones atribuidas a la Secretaría General
de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación
Audiovisual en los párrafos w), x) y), z), aa), ab) del apartado 1, así como en los
am) y an) de dicho apartado en el ámbito de sus competencias.
f) La Subdirección General de Ordenación de los Servicios de Comunicación
Audiovisual, que ejercerá las funciones atribuidas a la Secretaría General de
Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual
en los párrafos ac), ad), ae), af), ag), ah), ai), aj), ak) del apartado 1, así como en
los am) y an) de dicho apartado en el ámbito de sus competencias.
3. Dependen, asimismo, de la Secretaría General de Telecomunicaciones y
Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, las Jefaturas
Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones. Corresponde a las Jefaturas
Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones, entre otras funciones, realizar
las actuaciones que faciliten el ejercicio material de las funciones de supervisión,
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