III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Sector público. Sedes. (BOE-A-2022-16270)
Orden TER/947/2022, de 4 de octubre, por la que se publica el informe de la Comisión consultiva para la determinación de la sede de la futura Agencia Espacial Española y acuerdo de apertura del plazo de presentación de candidaturas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 136935
Europea y con las políticas y programas espaciales que se desarrollen en el ámbito de la
Unión Europea y de las organizaciones internacionales de las que España es miembro,
mediante la asignación competitiva y eficiente de los recursos públicos, el seguimiento
de las actuaciones financiadas y de su impacto, y el asesoramiento en la planificación de
las acciones o iniciativas a través de las que se instrumentan las políticas de I+D+I en el
ámbito competencial de la Administración General del Estado.
b) Recursos humanos. La Agencia requerirá en principio de aproximadamente
sesenta empleados entre funcionarios, laborales y puestos de alta dirección, estimación
realizada con base en las funciones indicadas anteriormente y teniendo en cuenta el
personal que habrá de transferirse a la Agencia desde los organismos que despliegan
las competencias espaciales en la actualidad. No obstante, en el momento de
aprobación de los estatutos de la Agencia, el personal que se adscribirá a ella podrá
variar en función de los requerimientos y funciones finales que se establezcan.
El personal de la Agencia estará compuesto por diferentes perfiles entre los que se
incluirán:
– Personal con conocimientos técnicos y experiencia en materias de gestión de
programas espaciales, gestión de requisitos de usuario y especificación de sistemas en
el ámbito nacional e internacional, especialmente europeo.
– Personal con conocimientos técnicos en plataformas espaciales, plataformas de
exploración espacial, cargas útiles científicas, de observación de la tierra, de
comunicaciones y de geo-posicionamiento, sistemas de lanzamiento, análisis de misión y
segmento terreno y operaciones.
– Personal con conocimientos técnicos y experiencia del sector industrial espacial
nacional, sus ciclos de innovación y en desarrollo e implementación de programas para
el fomento de capacidades tecnológicas e innovadoras en la industria.
– Personal con conocimientos técnico en instalaciones de ensayo y certificación de
sistemas espaciales.
– Personal con conocimientos técnicos en el área de seguridad operacional relativa
a las infraestructuras, gestión del espacio y sistemas espaciales.
– Personal con conocimientos técnicos en gestión de requisitos de usuarios y
especificación de sistemas espaciales y cargas útiles relacionadas con la seguridad ante
actos de interferencia ilícita y ciberataques y defensa nacional.
– Personal con conocimientos de gestión para elaboración, coordinación y
seguimiento de estrategias y planes en el ámbito de las funciones de la Agencia.
– Personal con conocimientos en gestión económica y financiación.
– Personal con conocimientos relativos al funcionamiento de la Administración,
implementación de instrumentos de colaboración público-privada, representación en
organismos internacionales, que deberán contar con los conocimientos técnicos y
jurídicos necesarios.
– Personal especializado en labores de asesoría jurídica y desarrollo normativo.
– Personal con experiencia en comunicación, divulgación y visibilidad externa que
permitan llevar a cabo las relaciones institucionales y difusión de la Agencia.
– Personal con experiencia en el desarrollo de aplicaciones TIC, infraestructura TIC
y su sostenimiento.
– Otro personal de apoyo administrativo y técnico de los diferentes cuerpos y
escalas de la Administración General del Estado.
Tanto el número de personas que prestarán sus servicios como sus funciones podrán
modificarse una vez se culmine el proceso de puesta en marcha de la Agencia.
Como medidas de apoyo al personal que eventualmente pueda ser objeto de
traslado, los Ministerios de adscripción promoverán facilidades para el traslado de
cónyuges que sean funcionarios a organismos de la Administración General del Estado
situados en el emplazamiento de la Agencia. Asimismo, se ofrecerá una compensación
económica a los empleados y empleadas que sean trasladados a otra ciudad.
cve: BOE-A-2022-16270
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239
Miércoles 5 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 136935
Europea y con las políticas y programas espaciales que se desarrollen en el ámbito de la
Unión Europea y de las organizaciones internacionales de las que España es miembro,
mediante la asignación competitiva y eficiente de los recursos públicos, el seguimiento
de las actuaciones financiadas y de su impacto, y el asesoramiento en la planificación de
las acciones o iniciativas a través de las que se instrumentan las políticas de I+D+I en el
ámbito competencial de la Administración General del Estado.
b) Recursos humanos. La Agencia requerirá en principio de aproximadamente
sesenta empleados entre funcionarios, laborales y puestos de alta dirección, estimación
realizada con base en las funciones indicadas anteriormente y teniendo en cuenta el
personal que habrá de transferirse a la Agencia desde los organismos que despliegan
las competencias espaciales en la actualidad. No obstante, en el momento de
aprobación de los estatutos de la Agencia, el personal que se adscribirá a ella podrá
variar en función de los requerimientos y funciones finales que se establezcan.
El personal de la Agencia estará compuesto por diferentes perfiles entre los que se
incluirán:
– Personal con conocimientos técnicos y experiencia en materias de gestión de
programas espaciales, gestión de requisitos de usuario y especificación de sistemas en
el ámbito nacional e internacional, especialmente europeo.
– Personal con conocimientos técnicos en plataformas espaciales, plataformas de
exploración espacial, cargas útiles científicas, de observación de la tierra, de
comunicaciones y de geo-posicionamiento, sistemas de lanzamiento, análisis de misión y
segmento terreno y operaciones.
– Personal con conocimientos técnicos y experiencia del sector industrial espacial
nacional, sus ciclos de innovación y en desarrollo e implementación de programas para
el fomento de capacidades tecnológicas e innovadoras en la industria.
– Personal con conocimientos técnico en instalaciones de ensayo y certificación de
sistemas espaciales.
– Personal con conocimientos técnicos en el área de seguridad operacional relativa
a las infraestructuras, gestión del espacio y sistemas espaciales.
– Personal con conocimientos técnicos en gestión de requisitos de usuarios y
especificación de sistemas espaciales y cargas útiles relacionadas con la seguridad ante
actos de interferencia ilícita y ciberataques y defensa nacional.
– Personal con conocimientos de gestión para elaboración, coordinación y
seguimiento de estrategias y planes en el ámbito de las funciones de la Agencia.
– Personal con conocimientos en gestión económica y financiación.
– Personal con conocimientos relativos al funcionamiento de la Administración,
implementación de instrumentos de colaboración público-privada, representación en
organismos internacionales, que deberán contar con los conocimientos técnicos y
jurídicos necesarios.
– Personal especializado en labores de asesoría jurídica y desarrollo normativo.
– Personal con experiencia en comunicación, divulgación y visibilidad externa que
permitan llevar a cabo las relaciones institucionales y difusión de la Agencia.
– Personal con experiencia en el desarrollo de aplicaciones TIC, infraestructura TIC
y su sostenimiento.
– Otro personal de apoyo administrativo y técnico de los diferentes cuerpos y
escalas de la Administración General del Estado.
Tanto el número de personas que prestarán sus servicios como sus funciones podrán
modificarse una vez se culmine el proceso de puesta en marcha de la Agencia.
Como medidas de apoyo al personal que eventualmente pueda ser objeto de
traslado, los Ministerios de adscripción promoverán facilidades para el traslado de
cónyuges que sean funcionarios a organismos de la Administración General del Estado
situados en el emplazamiento de la Agencia. Asimismo, se ofrecerá una compensación
económica a los empleados y empleadas que sean trasladados a otra ciudad.
cve: BOE-A-2022-16270
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 239