III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-16172)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Tórtoles de 148 MW y su infraestructura de evacuación, en Tórtoles de Esgueva, Avellanosa de Muñó, Estepar, Mahumud, Mazuela, Presencio, Royuela de Río Franco, Tordómar, Torresandino, Villafruela, Villahoz y Villaverde del Monte, en Burgos".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 136203
proyecto, dada la importancia de la comunidad de avifauna, destacando las aves
esteparias, rapaces y acuáticas. Destaca el riesgo de colisión y mortalidad con los
aerogeneradores de diversas especies protegidas como milano real, aguilucho cenizo,
avutarda, milano negro, buitre negro y otras especies, y señala que el modelo predictivo
empleado en el EsIA calcula un índice de colisión global de 18,86 aves/año de mediano
o gran tamaño. Resalta el riesgo de colisión de las líneas eléctricas aéreas y la pérdida
de hábitat para las aves esteparias del ámbito de actuación, especialmente para
avutarda que tiene una población estable en la zona del parque y reproductora en el
Cerrato burgalés por donde discurre la línea, y para águila imperial que tiene su zona de
dispersión por la ribera baja del Arlanza y Arlanzón.
Tras diversos informes emitidos sobre la documentación complementaria presentada por
el promotor, que concluye en la selección de la alternativa 3 –donde se suprimen 10
aerogeneradores y se soterran 40,52 km de línea de evacuación–, la DGPNyPF de la Junta
de Castilla y León considera viable ambientalmente el proyecto en su último informe, en lo
referente a la fauna, en tanto en cuanto se maximice el tramo soterrado de la línea de
evacuación y se incorporen medidas de mejora para el hábitat de aves esteparias.
El promotor, a la vista del anterior informe, analiza en el documento «Valoración del impacto
ambiental del optimizado del proyecto» la posibilidad de soterrar la totalidad del trazado de la
línea de evacuación y responde con diversas consideraciones técnicas y ambientales para
mantener el diseño aéreo de 10,65 km. Respecto de la incorporación de medidas de mejora para
el hábitat de aves esteparias, se remite al PAB referido con anterioridad.
Con posterioridad, el promotor concreta en la documentación final presentada
determinados aspectos del PAB. Expone que el plan, que tendrá cuatro años de
duración, se centrará en la zona donde se instalarán los aerogeneradores, ámbito en el
que se ha detectado la mayor densidad de aves esteparias, en especial de avutarda.
Para determinar el ámbito de compensación, toma en cuenta la pérdida de hábitat
directa e indirecta. Considera superficies de pérdida de hábitat directa las ocupadas de
forma permanente por los elementos del proyecto (aerogeneradores, plataformas, viales,
torre de medición y subestación) que ascienden a 20,78 ha. La pérdida de hábitat
indirecta integra las áreas más próximas a las infraestructuras del proyecto en la que
podrían generarse molestias sobre las especies esteparias por la circulación de
vehículos, presencia de personal de mantenimiento, el uso de los viales como senderos
o rutas por el público en general, etc. El promotor señala que, empleando un criterio
conservador, se estima un área de 300 m de radio alrededor de cada aerogenerador
como superficie de pérdida indirecta de hábitat, es decir un radio de cuatro veces la
longitud de la pala, equivalente a una superficie 16 veces superior al área de barrido.
Como resultado, el promotor indica que la superficie máxima, en las condiciones más
desfavorables, asciende a 597,5 ha que será el ámbito de actuación del PAB.
En el PAB se plantea un seguimiento que permita realizar estimas poblacionales
anuales y caracterizar las áreas de distribución de las especies avutarda, aguilucho
común y sisón con la finalidad de determinar el efecto real del proyecto sobre sus
poblaciones y valorar la eficacia de las medidas compensatoria adoptadas.
Adicionalmente, el promotor propone la captura y seguimiento de varios ejemplares de
avutarda en el ámbito del parque eólico con dispositivos GPS con objeto aumentar el
conocimiento sobre los efectos de los parques eólicos, muy limitado en la actualidad,
sobre esta especie.
En el PAB se incluye un programa de medidas agroambientales que persigue, por un
lado, compensar la pérdida de hábitat generada por el proyecto y, por otro, favorecer a
las poblaciones de aves esteparias para el mantenimiento de las poblaciones afectadas,
preferiblemente en zonas de menor riesgo de afección por las nuevas infraestructuras.
Entre las acciones a desarrollar, se encuentran las siguientes: prohibición de laboreo
durante los periodos de reproducción de las aves, con especial hincapié en el
mantenimiento de los barbechos y otros sustratos de reproducción de las especies
objetivo el mayor tiempo posible; eliminación de uso pesticidas para favorecer la
presencia de invertebrados necesarios en la alimentación de crías especies de aves
cve: BOE-A-2022-16172
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 238
Martes 4 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 136203
proyecto, dada la importancia de la comunidad de avifauna, destacando las aves
esteparias, rapaces y acuáticas. Destaca el riesgo de colisión y mortalidad con los
aerogeneradores de diversas especies protegidas como milano real, aguilucho cenizo,
avutarda, milano negro, buitre negro y otras especies, y señala que el modelo predictivo
empleado en el EsIA calcula un índice de colisión global de 18,86 aves/año de mediano
o gran tamaño. Resalta el riesgo de colisión de las líneas eléctricas aéreas y la pérdida
de hábitat para las aves esteparias del ámbito de actuación, especialmente para
avutarda que tiene una población estable en la zona del parque y reproductora en el
Cerrato burgalés por donde discurre la línea, y para águila imperial que tiene su zona de
dispersión por la ribera baja del Arlanza y Arlanzón.
Tras diversos informes emitidos sobre la documentación complementaria presentada por
el promotor, que concluye en la selección de la alternativa 3 –donde se suprimen 10
aerogeneradores y se soterran 40,52 km de línea de evacuación–, la DGPNyPF de la Junta
de Castilla y León considera viable ambientalmente el proyecto en su último informe, en lo
referente a la fauna, en tanto en cuanto se maximice el tramo soterrado de la línea de
evacuación y se incorporen medidas de mejora para el hábitat de aves esteparias.
El promotor, a la vista del anterior informe, analiza en el documento «Valoración del impacto
ambiental del optimizado del proyecto» la posibilidad de soterrar la totalidad del trazado de la
línea de evacuación y responde con diversas consideraciones técnicas y ambientales para
mantener el diseño aéreo de 10,65 km. Respecto de la incorporación de medidas de mejora para
el hábitat de aves esteparias, se remite al PAB referido con anterioridad.
Con posterioridad, el promotor concreta en la documentación final presentada
determinados aspectos del PAB. Expone que el plan, que tendrá cuatro años de
duración, se centrará en la zona donde se instalarán los aerogeneradores, ámbito en el
que se ha detectado la mayor densidad de aves esteparias, en especial de avutarda.
Para determinar el ámbito de compensación, toma en cuenta la pérdida de hábitat
directa e indirecta. Considera superficies de pérdida de hábitat directa las ocupadas de
forma permanente por los elementos del proyecto (aerogeneradores, plataformas, viales,
torre de medición y subestación) que ascienden a 20,78 ha. La pérdida de hábitat
indirecta integra las áreas más próximas a las infraestructuras del proyecto en la que
podrían generarse molestias sobre las especies esteparias por la circulación de
vehículos, presencia de personal de mantenimiento, el uso de los viales como senderos
o rutas por el público en general, etc. El promotor señala que, empleando un criterio
conservador, se estima un área de 300 m de radio alrededor de cada aerogenerador
como superficie de pérdida indirecta de hábitat, es decir un radio de cuatro veces la
longitud de la pala, equivalente a una superficie 16 veces superior al área de barrido.
Como resultado, el promotor indica que la superficie máxima, en las condiciones más
desfavorables, asciende a 597,5 ha que será el ámbito de actuación del PAB.
En el PAB se plantea un seguimiento que permita realizar estimas poblacionales
anuales y caracterizar las áreas de distribución de las especies avutarda, aguilucho
común y sisón con la finalidad de determinar el efecto real del proyecto sobre sus
poblaciones y valorar la eficacia de las medidas compensatoria adoptadas.
Adicionalmente, el promotor propone la captura y seguimiento de varios ejemplares de
avutarda en el ámbito del parque eólico con dispositivos GPS con objeto aumentar el
conocimiento sobre los efectos de los parques eólicos, muy limitado en la actualidad,
sobre esta especie.
En el PAB se incluye un programa de medidas agroambientales que persigue, por un
lado, compensar la pérdida de hábitat generada por el proyecto y, por otro, favorecer a
las poblaciones de aves esteparias para el mantenimiento de las poblaciones afectadas,
preferiblemente en zonas de menor riesgo de afección por las nuevas infraestructuras.
Entre las acciones a desarrollar, se encuentran las siguientes: prohibición de laboreo
durante los periodos de reproducción de las aves, con especial hincapié en el
mantenimiento de los barbechos y otros sustratos de reproducción de las especies
objetivo el mayor tiempo posible; eliminación de uso pesticidas para favorecer la
presencia de invertebrados necesarios en la alimentación de crías especies de aves
cve: BOE-A-2022-16172
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Núm. 238