III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-16164)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de Ford España, SL.
74 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 136102
a) El fondo de préstamos personales se destinará exclusivamente a atender
necesidades médicas, de estudios, reparaciones del hogar y situaciones de emergencia
personal p.e. gastos judiciales, embargos, etc.
b) En caso de extrema necesidad que se considerará por la Comisión, se podrá
incrementar el límite individual, de 1500 euros a 1800 euros.
c) Las cantidades solicitadas se devolverán en un período máximo de 2 años y sin
interés alguno.
d) Una vez alcanzadas las cifras de los fondos, las ayudas se irán concediendo de
acuerdo con las cantidades que se vayan amortizando.
Artículo 55. Ayuda de Estudios.
Para fomentar la formación del personal de la empresa se establece un beneficio
social, de carácter asistencial, denominado Ayuda de Estudios, que se regula por las
siguientes disposiciones:
1. La ayuda será de aplicación para el plan de estudios vigentes en cada momento
y que estén oficialmente reconocidos por el estado o comunidades autónomas.
2. Los estudios que realicen las personas empleadas deberán estar relacionados
con su puesto de trabajo o que puedan ser de aplicación práctica en cualquier otro
puesto de trabajo de los existentes en la empresa.
3. La ayuda consistirá, en caso de estudios superiores, en el pago de los créditos
aprobados durante el curso vigente. La justificación de las asignaturas aprobadas se
tendrá que entregar antes del comienzo del curso siguiente.
4. De conformidad con el procedimiento establecido al efecto por la Comisión
Paritaria de Formación (anexo número tres (3)), las cuantías máximas para el pago de
matrícula y gastos complementarios son las que a continuación se establecen:
2022
–
Euros
a) Estudios superiores:
850,39
b) Otros estudios; ESO, Bachillerato, Ciclos Formativos e Idiomas* 528,69
* Idiomas: Sólo serán reconocidos aquellos cursos de idiomas que se impartan en la Escuela Oficial de
Idiomas y centros homologados y reconocidos por el Centro de Formación de Ford España, S.L..
5. Se recibirá la ayuda económica en proporción a los créditos conseguidos en
cada curso, estableciendo como plazo máximo para superar el total de la carrera el doble
de los años recomendados para acabarla.
6. El plazo para solicitar la ayuda de estudios se deberá efectuar antes del 30 de
noviembre de cada curso.
7. Este plus se revalorizará cada año de vigencia del convenio de acuerdo con el
Incremento General
Artículo 56. Seguro de Vida.
El capital asegurado será de dos anualidades del salario bruto anual más el
complemento de antigüedad que tenga la persona empleada en la fecha del hecho
causante.
La contribución mensual de la persona empleada seguirá siendo del 0,009 por 100
del importe resultante de aplicar el doble del valor anual del salario bruto más el
complemento de antigüedad de la persona empleada, menos 601,01 euros.
cve: BOE-A-2022-16164
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 238
Martes 4 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 136102
a) El fondo de préstamos personales se destinará exclusivamente a atender
necesidades médicas, de estudios, reparaciones del hogar y situaciones de emergencia
personal p.e. gastos judiciales, embargos, etc.
b) En caso de extrema necesidad que se considerará por la Comisión, se podrá
incrementar el límite individual, de 1500 euros a 1800 euros.
c) Las cantidades solicitadas se devolverán en un período máximo de 2 años y sin
interés alguno.
d) Una vez alcanzadas las cifras de los fondos, las ayudas se irán concediendo de
acuerdo con las cantidades que se vayan amortizando.
Artículo 55. Ayuda de Estudios.
Para fomentar la formación del personal de la empresa se establece un beneficio
social, de carácter asistencial, denominado Ayuda de Estudios, que se regula por las
siguientes disposiciones:
1. La ayuda será de aplicación para el plan de estudios vigentes en cada momento
y que estén oficialmente reconocidos por el estado o comunidades autónomas.
2. Los estudios que realicen las personas empleadas deberán estar relacionados
con su puesto de trabajo o que puedan ser de aplicación práctica en cualquier otro
puesto de trabajo de los existentes en la empresa.
3. La ayuda consistirá, en caso de estudios superiores, en el pago de los créditos
aprobados durante el curso vigente. La justificación de las asignaturas aprobadas se
tendrá que entregar antes del comienzo del curso siguiente.
4. De conformidad con el procedimiento establecido al efecto por la Comisión
Paritaria de Formación (anexo número tres (3)), las cuantías máximas para el pago de
matrícula y gastos complementarios son las que a continuación se establecen:
2022
–
Euros
a) Estudios superiores:
850,39
b) Otros estudios; ESO, Bachillerato, Ciclos Formativos e Idiomas* 528,69
* Idiomas: Sólo serán reconocidos aquellos cursos de idiomas que se impartan en la Escuela Oficial de
Idiomas y centros homologados y reconocidos por el Centro de Formación de Ford España, S.L..
5. Se recibirá la ayuda económica en proporción a los créditos conseguidos en
cada curso, estableciendo como plazo máximo para superar el total de la carrera el doble
de los años recomendados para acabarla.
6. El plazo para solicitar la ayuda de estudios se deberá efectuar antes del 30 de
noviembre de cada curso.
7. Este plus se revalorizará cada año de vigencia del convenio de acuerdo con el
Incremento General
Artículo 56. Seguro de Vida.
El capital asegurado será de dos anualidades del salario bruto anual más el
complemento de antigüedad que tenga la persona empleada en la fecha del hecho
causante.
La contribución mensual de la persona empleada seguirá siendo del 0,009 por 100
del importe resultante de aplicar el doble del valor anual del salario bruto más el
complemento de antigüedad de la persona empleada, menos 601,01 euros.
cve: BOE-A-2022-16164
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 238